Por un error en su sistema, la aerolínea Flybondi vendió pasajes a precios muy bajos y ayer anunció que cancelará esos tickets. En los últimos días también la web de Adidas ofertó camperas y zapatillas a valores que rondan los $3.000 y todavía está fresca en los portales la noticia del argentino que, por una falla de la plataforma eDreams, compró cuatro pasajes para el mundial de Qatar a $150.
En el caso de Flybondi, su CEO, Maricio Sana, informó a los clientes que no sería posible “usar” los pasajes comprados y les ofreció, a cambio de la cancelación de la reserva, un crédito de $3.000 para futuras compras. Según explicó, el problema fue que “quedó activado en la web un beneficio interno que es exclusivo para empleados”, por el que sólo se abonan las tasas impositivas, un componente que representa alrededor del 25% del costo final del ticket.
Frente a errores de las empresas, ¿los consumidores pueden exigir que se cumpla con el contrato y se les entregue el bien o el servicio que compraron?
Gerardo Gullelmotti, coordinador operativo de Consumidores de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, explicó a elDiarioAR que si se toma una posición “proconsumidor muy rígida”, se podría exigir la “ejecución forzada de la compra”, pero que no está garantizada y que los casos se resuelven uno a uno en la Justicia.
Según precisó, lo determinante para la resolución del conflicto será si el consumidor obró “de buena fe”. Si la compra se hizo con la idea de que podría tratarse de su valor real –idea permeada por la propia estrategia comercial de la empresa; si la firma tiene un historial de promociones agresivas, un precio muy bajo podría ser verosímil– tiene más chances de iniciar acciones legales y conseguir una resolución favorable.
Si, en cambio, es evidente que el consumidor quiso aprovechar un error, entonces la posibilidad de obtener el bien o servicio se reduce. Gullelmotti mencionó el ejemplo de la empresa Simmons, que por un error vendió colchones a precios muy baratos. Un consumidor compró 20, lo que se interpretó como una maniobra especulativa. Mientras que a algunos clientes que habían comprado uno solo se les reconoció la compra, a quien compró 20, no.
Un caso similar ocurrió con Jumbo, que vendió un televisor al 10% de su valor. El juez a cargo del proceso dispensó a la empresa de cumplir con la obligación de entregarlo, con el argumento de que “cualquier persona en cabal conocimiento sabía que ese no era el precio real de un televisor”.
En concreto, la cuestión fundamental es la “buena fe”, concepto que aparece tanto en la ley de Defensa al Consumidor como en el Código Civil y Comercial, pero está sujeto a la interpretación de cada magistrado o magistrada.
“Una buena salida a situaciones de este tipo es un esfuerzo compartido entre las partes”, apuntó. En el caso de Flybondi, Sana detalló que se les devolverá el dinero del pago a quienes compraron esos pasajes y, como compensación por el error de la compañía, se les otorgará un crédito de $3.000 para usar en pasajes. Si algún consumidor quisiera, y a riesgo de no obtener el resultado esperado, podría iniciar reclamos por otra vía.
DT