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Prepagas: la Justicia autorizó los aumentos de cuotas que había suspendido el Gobierno

Las prepagas pidieron ante la Justicia que el Gobierno autorice aumentos en las cuotas.

elDiarioAR

14 de julio de 2021 13:13 h

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El juez del fuero Contencioso Administrativo Federal, Pablo Cayssials, dio un paso en contrario a lo esperado por el Gobierno de Alberto Fernández y este miércoles hizo lugar, de manera parcial, a un recurso de amparo que presentaron el pasado 16 de junio las 17 empresas de medicina prepaga integrantes de la Unión Argentina de Salud, que preside Claudio Belocopitt, donde se había pedido autorización para aplicar un aumento del 9,77% a sus asociados.

Aunque este planteo, considerado como central por la UAS, no fue aún dirimido, el magistrado sí anuló dos resoluciones administrativas del Ministerio de Salud que habían retrotraído un incremento anterior, del 10% (para diciembre 2020), y otro, del 7% (para febrero 2021). Se trata de las Resoluciones 1787/20 (artículo 1°) y 2988/20, del Ministerio de Salud de la Nación. El juez dispuso suspenderlas hasta tanto se resuelva el reclamo interpuesto por las prepagas en sede administrativa.

Asimismo, Cayssials sostuvo en su escrito que el pedido de aumentar un 9,77% el valor actual de las cuotas de las Empresas de Medicina Prepagas “debe ser desestimado”.

Según el fallo, la solicitud se basaba en “un desfasaje entre el aumento de los costos y los escasos porcentajes de los aumentos que había autorizado el Ministerio; en que los aumentos autorizados fueron inferiores a los aconsejados en un informe técnico producido por la propia autoridad de aplicación que demostraba ese desfasaje; que ese atraso de las cuotas ponía en peligro el sistema de salud; que esta situación era particularmente grave en el contexto de la emergencia sanitaria producida por la pandemia del covid-19; que la situación no sólo afectaba a las empresas de medicina prepaga, sino también a los afiliados, a los trabajadores y a los prestadores; y a que el tema, en definitiva, comprometía a todo el sistema de salud nacional”.

El magistrado también expresó que la facultad de establecer los aumentos del valor de las cuotas de las Empresas de Medicinas Prepagas “constituye un resorte exclusivo del Poder Administrador” pero que “no es menos cierto que el Máximo Tribunal ha sostenido -en inveterada jurisprudencia- que ello no implica que el ejercicio de facultades discrecionales por parte del órgano administrativo sea ajeno al escrutinio judicial”.

Las idas y vueltas de los representantes del sistema privado de Salud y el Gobierno nacional tuvieron su punto más álgido cuando la vicepresidenta Cristina Fernández, avalada por el Presidente y por las autoridades de la cartera de Salud, insistió públicamente con la necesidad de reformar el sistema sanitario en la Argentina. Esto generó la reacción de los empresarios de la medicina prepaga, quienes plantearon ante la Justicia la urgencia de aumentar las cuotas de sus afiliados por la “grave crisis” que viven sus empresas, “para dotar de recursos genuinos al sistema” y, aclararon en sus argumentos expresados el mes pasado, que, en el sistema privado de salud, “los únicos recursos genuinos son las cuotas de los afiliados”.

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IG

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