En medio de la crisis económica y los cuestionamientos por los aumentos de las prepagas, el Gobierno oficializó este miércoles la decisión de que las empresas retrotraigan las cuotas a los montos de diciembre y que recalculen su valor ajustándolo por inflación (IPC).
La estimación oficial es que, a partir del tope de incrementos fijados por inflación, las cuotas deberían bajar un 33% promedio respecto de sus niveles actuales.
Cuáles son las prepagas apuntadas
Las empresas apuntadas son:
- Galeno
- Hospital Británico
- Hospital Alemán
- Medifé
- Swiss Medical
- Omint
- OSDE
Además, el Gobierno puso el foco en “la confederación que las agrupa, Unión Argentina de Salud (UAS); y el Sr. Claudio Fernando Belocopitt, en su carácter de actual presidente de la firma Swiss Medical S.A. y del entonces presidente de la UAS”.
Manuel Adorni dio a conocer la decisión del gobierno y precisó que “por disposición del Ministerio de Economía un grupo de empresas de medicina privada, que representa casi el 75% de los afiliados van a retrotraer el valor de sus cuotas a diciembre de 2023, ajustada por IPC a partir de allí”.
El vocero explicó que las empresas deberán aplicar como máximo el índice IPC por los próximos seis meses. “Es el resultado de tutela anticipada de una denuncia por presunta cartelización”, señaló Adorni antes de asegurar que el Gobierno de Milei “no va a convalidar maniobras especulativas bajo ningún punto de vista”.
Según los datos aportados por la Superintendencia de Seguros de Salud, Osde tiene 31,1% de la participación en términos de cantidad de afiliados; Swiss Medical el 14,8%; Galeno el 8,3%; Omint el 4,7%; y Medifé el 3,1%.
Además, de esos datos surge que el Hospital Alemán le brinda cobertura a 58.000 afiliados y el Hospital Británico a 36.000.
En su habitual conferencia de prensa en la Casa Rosada, Adorni también destacó que la medida es de aplicación inmediata y que “las cuotas que lleguen a los afiliados deben retrotraerse a diciembre de 2023, (ajustar) por el IPC hasta aquí y ver en tal caso la cuota que pagarán”.
“También es bueno aclarar que hay una presunción (de cartelización). Cuando esa presunción de confirmarse puede tener algún impacto severo de orden público, en este caso que afecta a millones de argentinos, se dicta esta medida de tutela anticipada, para evitar que ese daño se continúe realizado”, insistió el vocero.
¿Cómo se va a devolver la plata de los aumentos de estos meses y de qué meses serían?
La devolución de los aumentos no está dentro del ámbito de facultades de la Secretaría de Industria y Comercio. Eventualmente, puede impactar en el cálculo de la multa, de comprobarse que la práctica efectivamente se produjo.
¿A qué mes se retrotrae el aumento?
La medida retrotrae los aumentos operados a diciembre del año pasado y faculta a las prepagas a aplicar, como máximo, el índice de precios al consumidor para el cálculo de cualquier aumento.
¿Cómo van a ser los ajustes de ahora en adelante?
La medida retrotrae los aumentos operados desde diciembre del año pasado y faculta a las prepagas a aplicar, como máximo, el índice de precios al consumidor para el cálculo de cualquier aumento. Ese tope rige, en principio, durante los próximos seis meses.
¿Las empresas pueden apelar la medida?
Sí, pero es importante destacar que la medida entra en vigor de inmediato y no la suspende una eventual apelación.
¿Los clientes pueden recuperar el dinero cobrado en exceso?
La Ley de Defensa de la Competencia prevé la acción de daños y perjuicios contra las empresas que cometan prácticas anticompetitivas una vez que la sanción quede firme.
¿Cuál es el organismo que toma la medida y actúa en el caso?
La resolución la adopta la Secretaría de Industria y Comercio, por recomendación de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia. La investigación la lleva adelante la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia.
¿Cómo se aplica la multa?
Concluida la investigación y acreditada de manera independiente que la práctica colusiva denunciada se produjo, una infracción a la normativa de competencia puede importar una sanción de multa de hasta el 30% de la facturación de las empresas infractoras en Argentina, o hasta el doble del beneficio ilícitamente obtenido por la maniobra.
¿Qué evidencia encontró la Secretaría para hablar de presunción de cartelización?
La investigación se encuentra en curso, la prueba es aún preliminar, pero existen declaraciones, un paralelismo y simultaneidad de los aumentos aplicados y otros indicios de cartelización que el dictamen de la CNDC desarrolla en detalle.
Asumiendo que una inflación del 10% para abril, y tomando en cuenta que, en promedio, las cuotas de la medicina prepaga se incrementaron en un 151% desde diciembre, la medida logrará reducir la cuota de las empresas de medicina prepaga en un 33%.
Es decir, las empresas de medicina prepaga deberían cobrar una cuota en mayo que no fuera superior al 70% de la facturada en diciembre pasado.
NB