Con horas de diferencia, un voto unánime de los 9 miembros del Tribunal de Cuentas de la Unión (TCU) absolvió el miércoles a la expresidenta Dilma Rousseff de la acusación (e incluso de cualquier sospecha) de corrupción en la compra con sobreprecio de una refinería en EEUU por Petrobrás y un voto abrumadoramente mayoritario (8-3) del plenario del Supremo Tribunal Federal (STF) confirmó el jueves la incompetencia del juez Sérgio Moro para procesar (y por tanto para investigar y mucho más para condenar) al expresidente Luiz Inácio Lula da Silva por la compra de un tríplex en la playa paulista de Guarujá y otras operaciones crematísticas de todavía menor monta. Este mismo jueves, una vez más, Lula, como lo había expresado apenas había sido conocida la decisión liminar del juez Luiz Edson Fachin que el lunes 8 de marzo lo restituyó a la inocencia, ahora reconfirmada en colegiado, declaró entrevistado por el canal de noticias argentino C5N que estaba dispuesto a dar batalla. Y, lo dejó en claro Lula, decidido a enfrentar como candidato del PT a Jair Bolsonaro que buscará su reelección el 2 de octubre de 2022. Según una encuesta de Poder Data publicada el viernes, en un balotaje el 34% votaría por el actual presidente, vencido por el 52% que preferiría al petista.
La asociación ilícita que no fue y una primera absolución conjunta
En 2019, Dilma Rousseff y Luis Inázio Lula da Silva habían sido absueltos juntos en un proceso iniciado contra ambos en 2017, cuando el fiscal general Rodrigo Janot los había acusado de integrar una ‘asociación ilícita’ desde 2002 a 2016 para desviar fondos de Petrobras y otras empresas públicas y recaudar sobornos por 1480 millones de reales de empresas contratistas del Estado como Odebrecht, Andrade Gutierrez, OAS y UTC para financiar las campañas del PT. El miércoles 4 de diciembre, dos meses después de que los propios fiscales Raquel Dodge y Augusto Aras, sucesores de Janot, solicitaran la absolución sumaria por no existir los “elementos configuradores” del delito, el magistrado Marcus Vinicius Reis Bastos, del Juzgado Federal N°12 de Brasilia dictó la sentencia absolutoria de los dos ex presidentes, y también de dos ex ministros de Economía, Antonio Palocci y Guido Mantega, y del extesorero del PT, João Vaccari Neto. Además de coincidir en su fallo con el ministerio público sobre la ausencia de pruebas siquiera lejanamente incriminatorias para encausar al quinteto que había sido llamado quadrilhão do PT, el juez concluyó que la acusación había sido guiada por el propósito de “criminalizar la actividad política”.
Este miércoles y este jueves, al primer presidente obrero y a la primera mujer presidente de Brasil la inocencia les llegó sincrónica pero diversa, por separado y en decisiones plenarias de órganos jurisdiccionales máximos correspondientes a distintos Poderes del Estado. Sin que por ello ni de la acordada unánime del TCU ni de la sentencia irrefragablemente mayoritaria del STF resulte ilegítimo inferir como corolario aquella conclusión que en 2019 había sido explícita en la absolución conjunta del juez federal de Brasilia.
El proceder leal y la buena fe de Dilma Rousseff
El proceso al cual el TCU puso fin el miércoles con la absolución unánime de Dilma se remonta hechos de muy antigua data. A 2006, a los tiempos en que Rousseff era Jefa de Gabinete en la primera presidencia de Lula y presidía el Consejo de Administración de Petrobras. El asunto sobre el que fallaron los nueve magistrados del TCU concernía a la compra de una refinería en Pasadena (EEUU) por Petrobras en casi 1.200 millones de dólares. A fines de 2006, Petrobras hizo un primer pago de 360 millones de dólares por la refinería a la empresa belga Astra Oil, que un año antes la había comprado por 42,5 millones. Faltaba un pago aún mayor. Aun cuando Dilma presidió las sesiones del Consejo de Administración de Petrobras en las que se aprobó la compra, aun cuando el segundo pago se hizo en 2012, siendo ella presidenta, administradores de la petrolera estatal y técnicos a cargo de la operación habían escamoteado datos poco conspicuos aunque fundamentales, de modo de oscurecer el seguro perjuicio para la empresa y el presunto beneficio para determinados negociadores. La compra de la refinería fue investigada en el marco de la operación Lava Jato, pero los fiscales no encontraron pruebas o indicios que apuntaran contra Dilma. El STF y la Procuraduría General de la República (PGR) archivaron dos pedidos de investigación contra la ex presidenta en este caso.
Sin mérito ninguno para seguirle un proceso en sede judicial federal penal, sin embargo esa falta de mérito no le eximió de ser procesada por el TCU. Este Tribunal audita la legalidad, legitimidad y razonabilidad económica de los gestos del Estado, e investiga malversación y corrupción. Puede juzgar por su gestión y sancionar con multas a los funcionarios públicos. Sus nueve auditores-ministros son vitalicios y tienen la misma jerarquía que los 33 ministros del Tribunal Superior de Justicia (STJ). El nombre del TCU es engañoso, porque, a diferencia del STJ y del STF, no integra el Poder Judicial, sino que es un órgano administrativamente encuadrado en el Legislativo, al que asesora sin quedar subordinado, porque es independiente como el Ministerio Público de la Unión (MPU).
De un primer proceso abierto por el TCU fue absuelta en 2014. En 2017 le abrieron uno nuevo -las acordadas del TCU no hacen ‘cosa juzgada’-, aquel en el que fue absuelta el miércoles con su ministro de Economía Palocci. Resultaron condenados, por el perjuicio causado a Petrobras, el ex-presidente de la petrolera estatal José Sérgio Gabrielli, y los ex directores Paulo Roberto Costa y Nestor Cerveró, ambos ‘delatores premiados’ en el Lava Jato, a pagar multas de 110 millones de reales y a ocho años de inhabilitación para la función pública.
El texto del ministro Vital do Rêgo, relator del caso, que fue aprobado y votado en forma unánime por los nueve ministros del TCU, señala que no hubo muestra ni señal alguna de “mala fe” por parte de la expresidenta Rousseff, ni en lo que toca específicamente al pago por la compra de la refinería de Pasadena, ni en ninguna otra de las acciones de la acusada referidas en el proceso. Con este proceder (que hay que calificar de buena fe) contrasta “fuera de toda proporción” el proceder de “aquellos que obraron con deslealtad” al erario público y a la empresa patria. Si no había signos ningunos de mala fe en Dilma, y si las conductas de leales y desleales eran tan desproporcionadamente distintas e incomparables, ¿por qué se retuvo la imputación, y por qué se la imputó en primer lugar? Parece simplista pero inevitable responder con la conjetura que en 2019 formuló el juez de Brasilia que absolvió a Dilma junto a Lula del cargo de asociación ilícita.
Sérgio Moro, las incompetencias del magistrado y las parcialidades del cruzado de la causa
La votación que en el plenario del STF reconfirmó el jueves por 8 contra 3 votos la restauración de Lula en su prístina inocencia originaria anterior a los procesos abiertos en 2016 no significó cambio ni judicial ni jurídico en la situación de elegibilidad que ya había recuperado el expresidente que aspira a ser nuevamente el candidato presidencial triunfante del PT. Pero sí significó una garantía ya irreversible para su carrera política: ningún curso de acción le está vedado, y él abraza decidido los más ambiciosos. Es inocente a secas -ni siquiera presunto inocente, porque ya no está procesado-: no hay un status personal superior a la inocencia. Conceptualmente, sin embargo, la imagen y la historia (y aun leyenda) pueden mejorar mucho en el corto plazo. En cambio, para empeorar hacen falta plazos cada vez más largos, que restan margen al inicio de daño o deterioro.
El jueves, el plenario del STF votó para rechazar un recurso reglamentario de la PGR contra un habeas corpus presentado el 3 de noviembre por la defensa del ex presidente Lula y para así confirmar la decisión ‘monocrática’ liminar del ministro Luiz Edson Fachin del 8 de marzo, en la que el relator del ‘caso Lula’ en el Supremo Tribunal había hecho lugar al pedido de los defensores. Fachin declaraba nulos los cuatro procesos abiertos contra el ex presidente en el Juzgado Federal N°13 de Curitiba (estado de Paraná) porque su titular, Sérgio Moro, no era el juez natural y competente para iniciarlos y tramitarlos. Había sido violado el derecho de todo reo al debido proceso, al ser juzgado y condenado Lula por un juez incompetente. Moro había fundado su competencia extraterritorial (el reo era un ex presidente –en principio, correspondería Brasilia- y los hechos presuntamente delictivos habían ocurrido en otro estado –correspondería San Pablo-) para procesar a Lula en una cuestión de orden decidida en 2015 por el STF que atribuía competencia al Juzgado Federal de Curitiba en todos aquellos casos que en el marco de la operación Lava Jato presentaran vinculación con Petrobras. Ahora bien, como reclamó desde 2016 la defensa de Lula, como admitió Fachin al hacer lugar a su habeas corpus, como votó el jueves el plenario del STF, en ninguna de las cuatro causas hay nexo ninguno entre los delitos imputados y la petrolera estatal.
El juez Fachin anuló los cuatro procesos iniciados contra Lula: por un tríplex en el balneario paulista de Guarujá, por un terreno en Atibaia, paraje también paulista, y dos acciones penales referidas a fondos del Instituto Lula. Anuló todo lo actuado penalmente, incluso la recepción de denuncias: en los dos juicios que implican al Instituto Lula, no había condenas, sólo se había hecho lugar a denuncias. Pero no declaró inválidos o viciados los resultados obtenidos por la investigación de Moro, sobre cuya relevancia o valor probatorio no se pronunció, ni tampoco lo hizo en su confirmación el plenario del ST. Fachin propone enviar ese material a quienes serían, esta vez sí, jueces naturales de Lula, en los tribunales federales de Brasilia, para que decidan si abrir o no procesos penales contra el ex presidente. El ministro Alexandre de Moraes, que ratificó la decisión de Fachin, disiente en que el destino de los materiales recabados en Curitiba sea Brasilia, y sostiene que debe ser San Pablo, el lugar de los hechos. Para decidir esta cuestión se reunirá el plenario del STF el jueves 22. Entretanto, otro reloj corre: el de la prescripción de la acción penal. Una vez decidido si es Brasilia o San Pablo, una vez sorteado a qué juzgado federal corresponde recibir escuchas y otros frutos de la investigación de Moro, una vez que estudiado esto algún magistrado decida que hay indicios bastantes para iniciarle un nuevo proceso a Lula, es posible que los delitos que se le imputen ya hayan prescrito.
La decisión de Fachin de remitir los materiales que reunió el juez incompetente a un nuevo juez competente sufrió una severa restricción desde la primera semana de marzo. Porque la segunda sala del STF, en un voto dividido 3-3, haciendo lugar a otro habeas corpus de la defensa de Lula, había decidido que era legítimo el temor o sospecha de parcialidad del juez Moro en el caso del tríplex de Guarujá, proceso que sí había llevado a una condena, y que mantuvo al ex presidente por 580 días prisionero en la cárcel. El voto mayoritario concluyó que Moro había actuado con motivación política al encausar, investigar y sentenciar a Lula. Por lo tanto, todos los materiales probatorios obtenidos en el curso del proceso quedan viciados por la parcialidad del juez, y son inutilizables. El plenario del STF debe decidir, todavía, si la incompetencia en los cuatro procesos, ya confirmada, hace perder objeto procesal a la cuestión de la parcialidad. La Segunda Sala había decidido que no. Si la sospecha de parcialidad en un proceso contaminara a los otros con el mismo reo, ya todo lo investigado en Curitiba sería de insalvable inutilidad.
El candor de la inocencia de Luiz Inácio Lula da Silva
Un círculo parece cerrarse. La bandida del impeachment que esta semana cumple cinco años fue reivindicada por un Tribunal encuadrado en el Legislativo que la destituyó en 2016, y el bandido perseguido por corrupción vuelve a ser adalid de las batallas que quiere librar y el héroe de entonces es hoy un villano sin uso. Entretanto, en Brasil mueren 3000 personas por día de Covid-19, ha habido 350 mil muertos y hay 13 millones de infectados, para 211 millones de habitantes había 40,7 millones de dosis de CoronaVac (una vacuna china que disminuye un 50% las posibilidades de infectarnos), Dilma no ha salido ni un día de su casa en Porto Alegre desde que empezó la pandemia, y Lula tendrá 77 años en octubre de 2022.