ESPAÑA

Retrato de la revictimización 'en directo': qué desvela el interrogatorio del juez del caso Errejón sobre la violencia sexual

Marta Borraz

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No llegan a transcurrir ni dos minutos para que el juez interrumpa por primera vez a Elisa Mouliaá durante el interrogatorio que siguió la semana pasada en el Juzgado de Instrucción 47 de Madrid tras la denuncia que ella interpuso contra Iñigo Errejón por agresión sexual. Preguntas como '¿no sería que usted sí quería algo con él?', '¿cómo se va usted con este señor a su casa?' o '¿para qué se sacó (él) el miembro viril?' plagan una comparecencia en la que Adolfo Carretero no deja de cortar a la actriz con un tono severo e incisivo, le apremia a que termine el relato en múltiples ocasiones y llega a calificar de “extraña” una “parte” de su acusación.

Así se constata en el vídeo del interrogatorio, cuya filtración lamentan varias expertas en la materia debido a que contraviene lo dispuesto en la ley del 'solo sí es sí', pero al mismo tiempo la publicación de lo que ha ocurrido de puertas para dentro en sede judicial arroja luz sobre una cuestión a la que no en pocas ocasiones deben enfrentarse las denunciantes de violencia sexual. Así, el vídeo se ha convertido en algo parecido a un retrato 'en directo' de la revictimización a la que a veces somete la respuesta judicial a las mujeres que deciden denunciar.

Es algo a lo que se han referido varios miembros del Gobierno, entre ellos la ministra de Igualdad, Ana Redondo, que reclamaron a los jueces que “no cuestionen a las víctimas” y algo a lo que apuntan abogadas, juezas y asociaciones: “Esto es lo que llevamos mucho tiempo denunciando que ocurre. No pasa siempre, no es la respuesta que siempre tiene el sistema y afortunadamente hay mucha gente haciendo bien su trabajo, pero esto existe y no son ni uno ni dos casos”, esgrime Eva Pérez Nanclares, abogada de S&P Legal, que lleva habitualmente casos de violencias machistas.

“Por desgracia no es una excepción”, responde la abogada especializada en perspectiva de género María Martín, que se muestra contundente y afirma que el interrogatorio de Carretero, que es el que se está encargando de la instrucción del caso, “contradice lo establecido en nuestras leyes, que claramente obligan a tratar a la víctima con respeto y a no vulnerar su dignidad”, estima la abogada haciendo referencia al artículo 709 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que fue modificado por la ley del 'solo sí es sí' para evitar que en los procesos se hagan “preguntas o repreguntas capciosas, sugestivas o impertinentes”.

“Pero vamos a ver, usted es una persona acostumbrada a tratar con el público, su profesión es actriz. ¿No es capaz de decir a este señor que esas condiciones no son aceptables?”, le dice en un momento dado el juez a la denunciante. En otro le pregunta “¿pero usted le dijo que parara?” y ella responde que le manifestó a Errejón que se estaba sintiendo “muy violentada” y Carretero le comenta: “No, muy incómoda no, decir 'que me dejes en paz, que no me toques. ¿Le dijo algo?”. “Pero vamos a ver, señora, si ese señor la tenía en la cama, la puerta cerrada y estaba encima, ¿cómo dice usted que se zafa y se va?”, le cuestiona. Mouliaá explica en otro momento que “estaba muy ebria”, a lo que Carretero le responde: ¿Estaba ebria seguro?“. ”Es que no se entiende que continúe con este señor o no le diga algo“, expresa después.

Este tipo de cuestiones son para Martín, miembro de la asociación Abogadas por la Igualdad, una muestra de que la actitud del juez “refleja a alguien que tiene el prejuicio claro de que la víctima miente”, algo que conecta con los habituales estereotipos de género que en ocasiones recaen sobre las víctimas y que apuntan a que denuncian por motivos que no tienen que ver con el hecho en sí. “¿Y no sería que usted sí quería algo con ese señor y al no corresponderle, le denuncia?”, fue otra de las preguntas de Carretero, haciendo referencia a que pudo denunciar por despecho.

Víctimas que deben defenderse

“Hay que partir de que estamos ante un delito de agresión sexual, que se da en la intimidad y es muy complicado. En este sentido, hay que interrogar entrando en detalles, es lógico que se quiera ahondar y concretar lo máximo posible porque no se puede acusar a alguien de generalidades y hay preguntas que es necesario hacer, pero el tono que se usa en este caso es muy revelador. Es clave cómo hace las preguntas, qué fórmulas usa y qué lenguaje. Es cortante y es un interrogatorio que incluye un juicio previo”, cree Nanclares, que pone un ejemplo: “Se debe cumplir el requisito de que la víctima no tenga fines espurios, pero claro ¿cómo está formulada la pregunta de si denunció por despecho? Es inductiva, que busca como mínimo que ella deba defenderse. Para buscar la motivación basta con preguntar '¿Qué le llevó usted a formular la denuncia?”.

La jueza Cira Domínguez, miembro de la Asociación de Mujeres Juezas (AMJE) también apunta a esta diferencia entre las preguntas “necesarias” que deben hacerse en un proceso así y el tipo de interrogatorio que lleva a cabo el juez: “No estamos cuestionando que el instructor haga su trabajo porque cuantos más elementos se tenga, mejor, sino la forma de abordarlo: no se debe partir de una presunción de mentira de la víctima. Eso no quiere decir que lo que la víctima te diga tenga que ir a misa, su función es reunir el mayor número de indicios, pero tampoco cuestionar su testimonio e intentar desmontarlo”, sostiene la titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Getafe.

Por el contrario, las expertas apuntan a que hay formas de hacer interrogatorios “amables y respetuosos” con las denunciantes de violencia sexual y maneras de hacer las preguntas pertinentes de forma neutra y empática. “En este tipo de casos hay que dejar a las víctimas hablar, no se les puede estar interrumpiendo y matizando continuamente, sino permitirles que se expresen y después ahondar o incidir en cuestiones concretas. Además, se puede avisar al principio: 'Esté usted tranquila, le voy a hacer preguntas que pueden incomodarle, pero mi intención no es ofenderla, es para recabar los máximos elementos posibles'”, ejemplifica Domínguez, que pone el foco en cómo las intervenciones de Carretero “están enfocadas” en base al estereotipo de agresión sexual que se da con violencia física extrema y a un tipo de víctima único que debe resistirse y huir.

Un mensaje colectivo

El interrogatorio se une a una larga lista de casos que han trascendido por ahondar en la revictimización de las denunciantes de violencia sexual y que van desde el si había “cerrado bien las piernas” que una jueza le preguntó a una mujer en 2016 al “ambiente de jolgorio y regocijo” que vio el juez Ricardo González en la violación múltiple de 'la manada' de los Sanfermines. En Francia, el caso de Giséle Pelicot, sometida a preguntas y comentarios como “¿Tiene inclinaciones exhibicionistas?” evidenció por qué, al contrario de lo que hizo ella, pocas víctimas pueden dar la cara.

Y es algo que no es inocuo ni para las mujeres que afrontan estos procesos judiciales ni para las que han sido o pueden ser en algún momento víctimas: “El enfoque adoptado por el juez no solo vulnera la dignidad, sino que envía un mensaje disuasorio a otras mujeres”, se lamentó la asociación de mujeres juristas Themis.

“A nivel psicológico y emocional, las mujeres acaban destrozadas. Muchas tienen ganas de tirar la toalla y muchas tienen miedo de que les acusen de denuncia falsa. Las denunciantes no solo tienen que ser fuertes para vivir un proceso que per se es duro y complicado, sino que es posible que tengan que defenderse de la acusación de que denuncian por interés”, concluye Nanclares.

En un comunicado, Themis apunta también a la “carencia estructural de formación y sensibilización” del sistema judicial y hace un llamamiento “urgente” a “transformar las prácticas judiciales” que a veces se dan en estos juzgados, que son de instrucción sin formación especializada en violencias machistas. Algo que no será así por mucho tiempo, según la ley aprobada por el Gobierno en el último pleno del año y que establece un plazo de nueve meses para que los juzgados de violencia sobre la mujer asuman todos los casos de violencia sexual independientemente de que el presunto agresor sea pareja o expareja de la víctima.