Alberto Fernández firmó la noche del miércoles el decreto para incluir en el temario de Sesiones extraordinarias del Congreso el proyecto para subir el mínimo no imponible de Ganancias a $ 150.000, reforma que beneficiaría a 1,2 millones de contribuyentes, según el cálculo de la Administración Federal de Ingreso Públicos (AFIP).
El texto, que además lleva la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, se publicó en el Boletín Oficial de este jueves para que la iniciativa presentada hace diez días se pueda comenzar a discutir en el Parlamento durante febrero, antes de que se inicien las sesiones ordinarias el 1° de marzo. El decreto habilita esa discusión en particular al autorizar que se trate en extraordinarias el “Proyecto de Ley tendiente a sustituir el inciso c) del primer párrafo y el cuarto párrafo del artículo 30 de la Ley de Impuesto a las Ganancias (T.O. 2019) (Exp. 6960-D-2020)”, según el detalle del decreto.
El tratamiento comenzará en Comisiones la semana próxima y demandará, según confiaron a elDiarioAR fuentes del Congreso, al menos quince días. “El objetivo es empezar a analizar el texto, construir los mayores consensos posibles para que esté aprobado en marzo”, indicó un fuente oficial a este medio. De ese modo, la suba del mínimo no imponible entraría en vigencia en abril.
Entre el inicio del debate y la sanción definitiva, ocurrirá el mensaje presidencial ante la Asamblea Legislativa donde Fernández anunciará, además de la pronta sanción, otros proyectos y medidas en materia tributaria.
El detrás del anuncio
El anuncio de la suba del mínimo no imponible fue un proceso particular: no lo anunció el Presidente ni el ministro de Economía ni ningún funcionario del Poder Ejecutivo, sino que lo hizo el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, tras presentar un proyecto que antes había acordado con Fernández y Martín Guzmán. La presentación generó el respaldo de la CGT y los distintos gremios y tuvo, incluso, respaldo de dirigentes de la oposición.
El texto introduce un cambio en la escala del pago de Ganancias en la cuarta categoría, es decir los trabajadores. Hasta ahora, los solteros comienzan a pagar a partir de sueldos brutos de $ 90.000, mientras que los casados con dos hijos recién lo hacen desde los $ 120.000. Un soltero que cobra $ 100.000 tributa $ 7.000 por año, o $ 583 mensuales. Uno que gana $ 110.000 lo hace por $ 19.893 anuales, o $ 1.657 por mes. Los trabajadores con sueldo bruto de $ 120.000 pagan $ 38.643 por año, o $ 3.220 por mes, si son solteros, o apenas $ 413 anuales si son casados con dos hijos, lo que equivale a $ 34 pesos por mes.
En tanto, los empleados solteros en relación de dependencia con una remuneración de $ 130.000 abonan $ 60.863 por año, o $ 5.071 por mes. Con un salario de $ 140.000, tributan $ 86.552 anuales, o $ 7.212 mensuales. Con uno de $ 150.000, pagan $ 115.685 por año o $ 9.640 por mes.
Bajo el nuevo régimen, los que cobran $ 173.000 -que en la actualidad tributan, por mes. entre $ 11.993 si son solteros o $ 5.194 si son casados con dos hijos- podrán bajar la carga según sus deducciones y ya no pagarán el impuesto por el aguinaldo, según el estudio contable Lisicki, Litvin & Asociados, consultado por elDiarioAR. En cambio, los que ganan $ 175.000 seguirán abonando entre $ 16.180 y $ 8.645, según su condición familiar. Lo mismo les sucederá a los que cobren más que esa cifra. Por ejemplo, los de sueldos de $ 250.000 tributan y tributarán $ 39.394 si son solteros y $ 30.236 si son casados con dos hijos.
A los casados con dos hijos les va mejor, al menos en lo impositivo. Si cobran $ 130.000, deben soltar por el gravamen $ 7.874 por año, lo que supone sólo $ 656 por mes. Si ganan $ 140.000, son $ 21.350 anuales o $ 1.779 mensuales. Si embolsan $ 150.000, abonan $ 40.489 por año, o $ 3.374 por mes.
PI