La diputada nacional Graciela Camaño (Consenso Federal-Buenos Aires) consideró este jueves que el fallo dictado por la Corte Suprema de Justicia sobre la presencialidad de las clases en la Ciudad de Buenos Aires “intenta poner de resalto la necesidad de diálogo”.
“Me parece muy importante el pronunciamiento de la Corte Suprema, porque el tema en debate es cómo se interpreta la Constitución en cuanto a la división de poderes y el federalismo: a nadie se le escapa que las provincias anteceden a la Nación, en el sentido que la han constituido; y que en ese sentido se han resguardado ciertas potestades, como la educación”, apuntó el diálogo con Radio con Vos.
El fallo “dice algo que los políticos no señalan y que me parece un consejo interesante de la Corte: resalta la necesidad de diálogo e insta a la convivencia, la coordinación y la buena fe general... tanto pregona el diálogo el presidente de la Nación, pero a la mañana dice que hay que dialogar y a la tarde te apunta con el dedo”.
“El fallo dice que el instrumento que el Poder Ejecutivo tiene no cuenta con mucha motivación, no está bien sustanciado; y eso es un problema del grupo que asesora al presidente, que debiera darle números más interesantes para que pueda justificar las medidas que toma”.
“De ahí que la Corte insista en la convivencia, interacción, coordinación, lealtad o buena fe federal: en suma, en el federalismo de concertación sobre el que abogaba el jurista y constitucionalista cordobés Pedro Frías”, expresó la legisladora a través de sus redes sociales.
A continuación, la diputada remarcó que el fallo “no declara inconstitucional ni invalida el DNU (o sea, lo hacía al objeto de la acción, la pretensión procesal), sino que solo expresa que con su dictado se violó la autonomía de la Ciudad”.
“Queda claro que reivindica las competencias locales en materia de educación y salud, dejando a salvo las que si también corresponden a la Nación en las materias que la Constitución Nacional consigna”, precisó la legisladora.
La diputada añadió, al citar la sentencia, que “en su parecer (a la Corte) no le correspondía desplegar aquí en cuanto a definir la modalidad educativa (considerando 10, último párrafo), y que en lo sanitario (considerando 19) no toma seriamente en cuenta bajo el argumento de un serio déficit en cuanto a motivación y justificación, dando allí un meta mensaje que otro podría haber sido el sentido de la decisión si revestían mayor peso y calidad”.
Asimismo, entendió que la Corte “justificó el dictado vencida la vigencia del DNU en el (considerando 28) y mantiene el panorama abierto para dos posibilidades: Una, que la ciudad mantenga su política educativa en cuanto a tomar la opción por las distintas variantes y, la otra, que la Nación mejore la calidad del instrumento utilizado, así como las motivaciones, los justificativos y evidencias si pretende desde lo sanitario que opere la suspensión de las clases”.
“Cada político lo interpretó tratando de llevar agua a su molino. Así está la Argentina y los argentinos.. el molino de cada político conspira contra el bien común”, sentenció.
AB.