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Qué cambia para las billeteras virtuales con el mayor control de los pagos de AFIP

elDiarioAR

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) hará controles más estrictos acerca de las operaciones bancarias virtuales incorporando a proveedores de servicios de pago a un régimen de información, similar al que se ejerce sobre todos los otros agentes del sistema financiero y comercial.

La medida fue publicada en el Boletín Oficial, y dispone la incorporación de los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) al régimen de información previsto para las transacciones de activos efectuadas mediante herramientas y aplicaciones informáticas. Los nuevos sujetos alcanzados son los administradores de las billeteras virtuales y otras plataformas.

El objetivo es obtener información en detalle acerca de los movimientos de usuarios en billeteras digitales, poco regulados a nivel institucional, y prestos a maniobras de evasión impositiva al cheque y otros tributos.

Según aclaró la agencia a través de un comunicado, “la incorporación de los nuevos agentes de información al régimen informativo se realiza en el marco de las modificaciones efectuadas en la Ley del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias. Dichos cambios establecieron que estarán alcanzadas por el gravamen las personas jurídicas que realicen operaciones en cuentas de pago, debiendo actuar como agente de retención y liquidación los PSP”.

La resolución no cambia la normativa que corre respecto a los operadores de billeteras virtuales como Ualá, Moni, Nubi o Mercado Pago, entre otros, sino que aumenta el nivel de información con el que va a contar el fisco respecto de las operaciones virtuales. De manera que operar desde esos proveedores pasará a ser tan visible como hacerlo desde una cuenta bancaria. Desde mayo, el “Impuesto al Cheque” empezó a pesar también sobre las operaciones hechas con proveedores de servicio de pago.

“Se busca equiparar el tratamiento impositivo de las cuentas bancarias y no bancarias. La medida mejora las herramientas de control de un sector de los servicios financieros”, continuó el comunicado de la AFIP.

Los proveedores de servicios de pago deberán informar la nómina de cuentas con las que se identifica a cada uno de los clientes, así como las altas, bajas y modificaciones que se produzcan. Además de los montos totales expresados en pesos argentinos de los ingresos, egresos y saldo final mensual de las cuentas.

Las cuentas revisadas por el fisco serán aquellas que en un mes alcancen ingresos de $10.000 o más. Aparentemente, este monto está vigente desde 2019 y, por tanto, desactualizado por inflación. También se obligará a informar a quienes posean ahorros en criptomonedas.

Según detallaron, las operaciones en monedas digitales o criptomonedas, se deberán convertir a pesos considerando el último valor de cotización (tipo comprador).

MGF