La Cámara Nacional VI de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Ciudad de Buenos Aires ordenó a la Jefatura de Gabinete de Ministros que coordine las medidas necesarias que autoricen el regreso al país de una paciente oncológica que viajó, por prescripción médica, a los Estados Unidos a aplicarse las dos dosis de la vacuna contra el Covid-19.
La medida señala que la mujer, de 54 años, debido a su enfermedad, debe ser controlada cada seis meses y, debido a las restricciones migratorias que rigen en la Argentina, su vuelo de regreso fue reprogramado en cuatro oportunidades y continúa en la ciudad Phoenix, sin posibilidad de volver hasta, al menos, el 24 de agosto.
Según el fallo, que lleva la firma de los jueces Magdalena Laíño y Julio Marcelo Lucini, “una resolución contraria al reclamo, afectaría de manera irrazonable a los habitantes cuya permanencia en el extranjero implica un serio riesgo para su salud, porque no cuentan, en los lugares en que se hallan, con posibilidades de acceder al tratamiento médico o farmacológico que sus respectivos cuadros requieren, y considera que el regreso de tales personas no se vislumbra como un menoscabo del propósito de protección de la salud general de la población”. Y agrega: “Dicha conclusión no se ve modificada por la circunstancia de que las personas involucradas hubieran suscripto la declaración jurada implementada por el gobierno”.
El vuelo de regreso de la paciente oncológica referida en la resolución judicial, estaba programado para el 11 de julio pasado, pero Aerolíneas Argentinas se lo reprogramó cuatro veces y la última fecha prevista es para el 24 de agosto.
La mujer se encuentra en Phoenix, estado de Arizona. En la presentación que hizo ante la Justicia indicó que su situación se ve “agravada debido a que padece de hipertensión arterial, hipotiroidismo, insuficiencia renal y carcinoma de células claras (cáncer renal)”. El 20 de mayo de 2020, había sido sometida a una operación en la que le extirparon un riñón. Desde aquel momento, por indicación médica, debe someterse a control cada seis meses, según los argumentos que manifestó ante la Justicia.
Tras completar su esquema de vacunación al aplicarse las dos dosis de Pfizer el 29 de mayo y el 21 de junio, tenía fecha de regreso para el 11 de julio. Pero, debido a las medidas que tomó la Argentina para intentar demorar la circulación comunitaria de la variante Delta, fue reprogramada, primero, para el 12, y luego, para el 19 de julio, el 8 de agosto, y, finalmente, su vuelo quedó pautado recién para el próximo 24.
Como consecuencia de lo sucedido, la mujer debió cancelar turnos médicos de control, además de que se le venció el seguro de asistencia internacional al viajero y tuvo que comprar medicamentos “desconociendo si le producirán efectos colaterales”, según asegura el fallo.
Frente al pedido de regreso urgente, el 30 de julio participó de una audiencia con el fiscal Edgardo Rosende a cargo de la Fiscalía Criminal y Correccional n°48, y los abogados Iván Posternak y Leandro Salvi, de la Dirección Nacional de Migraciones, y Carolina Maidana, de la Jefatura de Gabinete de Ministros, en la que reiteró las razones para retornar de manera inmediata al país. Según consta en la Justicia, “propuso realizar una cuarentena más extensa a la dispuesta por las autoridades”.
En esa instancia, el Gobierno argentino insistió en que todas las personas que salieron del país sabían que podía verse dificultado su regreso y firmaron una declaración jurada en ese sentido y que no lo podía desconocer. Además, afirman que la urgencia del tratamiento crónico no surge “de la documental médica aportada”.
La Cámara de Apelaciones acreditó que la paciente “objetivamente requiere de controles clínicos periódicos, los que comprende el uso diario de medicamentos y sólo puede garantizarse en nuestro territorio”, al tiempo que consideró que debido a que “manifestó que no se oponía a realizarse los test que dispusiera la autoridad administrativa, tanto al egresar de Estados Unidos como al ingresar al país y propuso incluso someterse a una cuarentena más extensa a su costo” y con “la supervisión de sus médicos”, esto implica que “el peligro que eventualmente correría la población frente a su regreso sería morigerado por su propia conducta de protección”.
De esta manera, ordenó que “la Jefatura de Gabinete de Ministros, mediante la intervención de los organismos pertinentes y dentro del término de 24 horas de notificada, proceda a coordinar las medidas que autorice el urgente ingreso al territorio argentino” de la mujer.
El fallo completo
Con información de agencias.
IG