Este jueves habrá un acto oficial para promulgar la legalización de la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE). El Presidente, Alberto Fernández, firmará el texto legal en el Museo del Bicentenario, según confirmaron a elDiarioAR fuentes de la Casa Rosada.
En ese mismo acto se promulgará la ley de atención y cuidado integral de la salud durante el embarazo y la primera infancia, que se dio a conocer como Ley de los Mil Días y que fue aprobada en ambas cámaras legislativas a la par de la legalización de la IVE, luego de que el Poder Ejecutivo impulsara ambos proyectos.
El acto llega 9 días hábiles después de que ambas iniciativas fueran aprobadas como leyes en el Senado, tras obtener media sanción previamente en Diputados. Los plazos legales dan al Presidente 10 días hábiles para promulgar -o vetar- leyes, y si ese plazo se cumple la promulgación resulta automática.
Tras el acto de promulgación de este jueves, el texto -preparado por la Secretaría Legal y Técnica que encabeza Vilma Ibarra- se publicará en la siguiente edición del Boletín Oficial. El propio texto deberá determinar la fecha de entrada en vigencia de la ley: de no haber aclaraciones específicas, en la Argentina las leyes empiezan a regir 8 días después de publicarse en el Boletín pero podría establecerse su entrada en vigencia inmediata.
Según había explicado a este diario la ministra de Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación, Elizabeth Gómez Alcorta, cuando la legalización de la IVE entre en vigencia desplegará efecto inmediatos. “Desde ese momento la interrupción del embarazo hasta la semana 14 deja de ser un delito. Cualquier mujer o persona gestante que decida esa interrupción lo haría en el marco de un derecho”, sostuvo.
A la vez, las personas que hayan tenido una denuncia o causa judicial abierta por aborto deberán ser sobreseídas porque en la Argentina funciona, como regla general en materia jurídica, el principio de la aplicabilidad de la ley penal más benigna, que es retroactivo. Según un informe del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), hay 1.532 personas de 17 provincias alcanzadas por este tipo de causas.
Se espera que en la promulgación se efectivice el veto parcial al que el Poder Ejecutivo se había comprometido para lograr el consenso necesario de cara a que la legalización de la IVE avanzara en ambas cámaras. El proyecto describía las dos causales por las que el aborto es legal en cualquier instancia de la gestación desde 1921: cuando el embarazo es producto de una violación o cuando está en riesgo la salud integral de la persona que gesta. El veto parcial borraría la palabra “integral” del texto para que quede tal como figura en el Código Penal desde hace un siglo. Aún así, el enfoque por el que se evalúan esos casos en la actualidad contempla la definición de salud integral propuesta por la Organización Mundial de la Salud (OMS): el cambio es una formalidad.
El paso siguiente, en términos administrativos, es que ambas leyes sean reglamentadas. Para eso trabajan coordinadamente las áreas que encabezan Ibarra y Gómez Alcorta junto al Ministerio de Salud de la Nación. La reglamentación de la legalización de la IVE será la que efectivamente establezca las obligaciones que deberán cumplir el sistema de salud público, las obras sociales y las prepagas para que abortar hasta la semana 14 de gestación de forma segura y gratuita esté garantizado para la persona que lo requiera sin que pasen más de 10 días. Es decir, para que el derecho sea pleno.
JR