Con la llegada de la pandemia por coronavirus, hace dos años, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) sufrió varias modificaciones para adaptarse a la “nueva normalidad”. Uno de los cambios más significativos para los jubilados y pensionados fue que desde el 2020 se suspendió el requerimiento del trámite “fe de vida” también conocido como “supervivencia” para que puedan cobrar sus haberes sin problemas.
Ahora, a partir del 1 de marzo de 2022 volvería a ser obligatorio. Aunque desde la ANSES aún no informaron oficialmente sobre el retorno de este requisito, los bancos ya comenzaron a notificar a sus clientes del retorno del trámite.
El trámite de “fe de vida” va a ser obligatorio a partir de marzo y tendrá que ser renovado todos los meses, quien determina cómo se puede realizar la documentación en cuestión es el banco donde se cobra la jubilación y pensión.
El Banco de la Nación ha sido de los primeros en anunciar la vuelta de este “vuelve la acreditación de fe de vida (supervivencia). Se reanuda desde marzo y ahora también podés realizarla desde la app BNA+”, dice el anuncio.
Además, es importante saber que quienes se encuentran en una residencia fija o temporal en el exterior también deben hacerlo a través del consulado nacional de donde estén.
Cómo se hace el trámite
Para realizar dicho trámite no es necesario presentarse en las oficinas del banco donde cobran la prestación ya que brindarán varias opciones virtuales para evitar la presencialidad y para quienes se encuentran lejos de su domicilio.
Las distintas posibilidades de hacer el trámite fueron detalladas en la página web oficial del organismo previsional y son:
- Cobrar la jubilación o pensión por ventanilla en el banco;
- Realizar una compra con la tarjeta de débito o crédito asociada a la cuenta bancaria;
- Poner la huella digital en los diferentes tótems de los bancos;
- Acercándote a una Terminal de Autoconsulta Biométrica ubicada en las Oficinas de ANSES.
Si la medida se hace efectiva finalmente, quienes no lo presenten una vez que sea obligatorio tendrán una suspensión del cobro de haberes. Si lo reactiva, una vez que fue suspendido, la acreditación de sus haberes podrá tardar hasta 60 días.
NB