La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el programa “Compre sin IVA” a través de la Resolución General nº5418/2023. La medida establece un régimen de reintegros del 21% para las compras realizadas en comercios minoristas y/o mayoristas, con un tope de hasta $18.800. En su primer día de vigencia, se abrió una página web para que los potenciales beneficiarios corroboren si aplican para el reintegro.
El beneficio aplica a las compras con tarjetas de débito, débito en cuenta o transferencias inmediatas a través de códigos QR, asociadas a cuentas abiertas en entidades financieras. También abarca a las compras con Tarjeta Alimentar o tarjetas emitidas a través del programa Potenciar Trabajo.
Trabajadores con salarios de hasta $708.000, monotributistas, jubilados y pensionados que perciban hasta seis haberes mínimos y titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH), Tarjeta Alimentar o Potenciar Trabajo, recibirán el equivalente al 21% de sus compras con tarjeta de débito en bienes de primera necesidad. Se estima que habrá más de 20 millones de beneficiarios.
El programa está vigente para todos los rubros de alimentos y bebidas e higiene personal, con un tope mensual de $18.800 por persona. El monto a devolver se identificará según el CUIT o CUIL, y se acreditará en la cuenta bancaria del contribuyente entre 24 y 48 horas de realizada la operación. No hay necesidad de realizar ningún tipo de trámite, ya que se activa de manera automática.
¿Cómo saber si aplico para la devolución del IVA?
Este lunes, el ente recaudador puso en funcionamiento una página web que permite saber si una persona aplica para el beneficio de Compre sin IVA. Una vez allí, debe ingresarse el CUIT/CUIL sin guiones ni espacios en el primer recuadro y copiar un código de seguridad en el siguiente. El mismo es provisto en el momento por la propia página, y debe copiarse correctamente teniendo en cuenta mayúsculas y minúsculas.
Una vez completado el formulario, debe hacerse click en “consultar”.
La devolución del 21% del monto total de la compra está vigente en comercios minoristas y/o mayoristas de frutas, verduras, lácteos, panificados, carnes y el resto de los productos que componen la canasta básica. El mismo se aplica sobre el ticket final, por lo que no es excluyente de otras promociones.
La medida aplica para más de 2,3 millones de monotributistas “puros”, que no perciben ningún otro ingreso adicional, para 440.000 trabajadoras de Casas Particulares, 7 millones de jubilados, pensionados y 2,5 millones de beneficiarios de la AUH. Además, el universo de contribuyentes beneficiados abarca a 9 millones de personas en relación de dependencia con sueldos menores a $708.000, titulares de la Tarjeta Alimentar y de Potenciar Trabajo.
Quedarán excluidos los contribuyentes inscriptos en la AFIP como autónomos, o que estén obligados a tributar el Impuesto a las Ganancias o a Bienes Personales, siempre que no surja exclusivamente de la tenencia de un inmueble para vivienda única.
LC