Luego de varias idas y venidas, el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) comunicó que los servicios de telefonía fija y móvil, TV por cable e Internet tendrán un incremento del 3% en el mes de junio y del 5% en e julio de 2021. Además, anticipó que habrá una nueva revisión de tarifas el 1 de diciembre de 2021, por lo que los precios de los servicios de julio estarán vigentes hasta el 30 de noviembre de 2021 inclusive. Terminado ese período, se implementará una fórmula de ajuste que se aplicará tres veces al año.
Con esta definición, los aumentos autorizados desde el 1 de enero de 2021 hasta el 30 de noviembre de 2021 no podrán ser superiores al 23%. Según lo establecido en el Decreto de Necesidad y Urgencia 690/20 cualquier modificación de los precios de los servicios telecomunicaciones debe contar con su aprobación previa, lo que desde su entrada en vigencia ha generado tensiones con las compañías proveedoras de los servicios.
De hecho, muchas grandes empresas anunciaron aumentos por encima de los autorizados y Telecom obtuvo una cautelar favorable que lo eximió de cumplir con el decreto durante seis meses. En el comunicado oficial difundido hoy, Enacom recordó que en abril de este año se notificó a las empresas prestadoras que no se habían autorizado incrementos para los meses de mayo y junio de 2021. “Cualquier aumento dispuesto unilateralmente por parte de ellas deberá ser refacturado en julio, con devolución de los importes más el interés punitorio correspondiente, y sin posibilidad de corte de los servicios a las y los clientes que no hayan abonado hasta tanto no se efectúe la refacturación”, advirtió.
Si bien el Enacom y la Jefatura de Gabinete habían hablado de la posibilidad de instrumentarlo antes, finalmente se decidió que luego de la revisión de diciembre de 2021 se elaborará una fórmula orientativa de ajuste de tarifas “que contemplará precio justo, equitativo y razonable, que nunca podrá ser superior a las subas salariales y deberá encontrarse por debajo de las mismas”. Además, el Gobierno anticipó que únicamente se autorizarán incrementos en los valores de los meses de abril, agosto y diciembre de cada año.
DT