El ministro de Trabajo, Claudio Moroni, explicó este jueves que el objetivo del Gobierno es “mantener una población gravada por el Impuesto a las Ganancias cercano al 10% de los asalariados”, al dar detalles ante la prensa acerca de la suba a $175.000 del piso del tributo.
“Esta modificación entra en vigencia a partir del 1 de septiembre, no es retroactiva. Este valor aplica solo a los salarios a partir del 1 de septiembre. Resta que la AFIP saque la resolución respectiva para especificar los detalles. Hay empresas que pueden ya haber liquidado los salarios de septiembres, si es así lo devengado será devuelto por la AFIP.”, afirmó Moroni, en conferencia de prensa en la Casa Rosada, al término de una reunión que mantuvo con el presidente Alberto Fernández.
Según el Ministro, “el sueldo anual complementario (aguinaldo) de diciembre no va a ser alcanzado para trabajadores con salarios promedio inferiores a $175.000” y remarcó que el gobierno quiere “mantener el impuesto a las ganancias para el 10 por ciento de los mayores salarios de los argentinos, pero que representan entre el 25 y el 26% de la masa salarial total”.
Asimismo, Moroni salió al cruce de las críticas recibidas por parte de la oposición y aseguró que “ninguna de estas medidas es electoralista”, al referirse a la suba del salario mínimo, que “venía muy retrasado y se lo está haciendo crecer por arriba de la inflación. Pueden fijarse en las actas que en marzo ya teníamos anunciada una revisión para septiembre”, explicó.
De acuerdo a la mirada del funcionario, “la gente pide trabajo, no asistencia. Tenemos que responder a las demandas de la gente”, sostuvo.
Más tarde, en declaraciones a Radio con vos, el Ministro puntualizó que el salario mínimo vital y móvil “actúa para referencia en algunos sectores. Es probable que incentive”, al tiempo que aclaró que las paritarias, “en su mayoría, han fijado valores que de acuerdo a la inflación proyectada por el Ministerio van a estar por encima de la inflación y tienen mecanismos de revisión. Confío mucho en la negociación paritaria. La peor crisis que tuvo la Argentina, la del año pasado, el mecanismo de negociación siguió funcionando a pleno y pese a haber caído 10 puntos del PBI, el salario de bolsillo de los trabajadores cayó menos de un punto”, concluyó.
La Ley 27.617 estableció la aplicación de un incremento de la deducción especial para los empleados cuyas remuneraciones brutas mensuales fueron mayores a $150.000 y hasta $173.000.
A través del Decreto 620, se elevó el rango a más de $175.000 y hasta $ 203.000. Y exime del pago del Sueldo Anual Complementario a los trabajadores cuya remuneración promedio del segundo semestre no supere los $175.000. Toma solo el promedio del segundo semestre para el SAC de diciembre, mientras que el de junio se tomaba el promedio anual. Para los bonos de productividad se mantiene el tope en $300.000. Todas las deducciones y las escalas del impuesto volverán a actualizarse a partir del 1º de enero del 2022, en función de la evolución de los salarios.
Exenciones a instrumentos financieros
Asimismo, el Gobierno incluyó a fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros en la exención del impuesto a Ganancias para instrumentos financieros denominados en pesos, a través del Decreto 621/2021 publicado este jueves en el Boletín Oficial.
La norma puntualiza que “el objetivo es promover integralmente el ahorro en pesos y eliminar la discriminación tributaria que tenían ciertos instrumentos financieros”. Para ello, “resulta necesario que las personas que confían en el peso con depósitos con cláusulas ajuste también tengan beneficios impositivos similares”.
Se establecen también “nuevas herramientas para que, mediante la política fiscal, incentiven el desarrollo de un mercado de capitales robusto que, al no estar dolarizado, canalice de manera estable y sostenida el ahorro financiero hacia el sector productivo del país, para crecer más y generar más y mejor empleo y también más divisas genuinas a través de exportaciones”.
El decreto indica que “se establecen en esta oportunidad las pautas y requisitos que deben cumplimentar los instrumentos financieros que se liquiden en moneda nacional”. Estas pautas tienen por objeto “fomentar la inversión en cuotapartes de fondos comunes de inversión y certificados de participación o valores representativos de deuda fiduciaria de fideicomisos financieros, que hubiesen sido colocados por oferta pública con autorización de la Comisión Nacional de Valores (CNV)”.
Además, la norma determina que “existe un activo subyacente principal cuando una misma clase de depósitos o bienes, o el conjunto de estos, representen, como mínimo, un 75% del total de las inversiones del fondo común de inversión o del fideicomiso financiero”.
El decreto fija que, para ser alcanzados por la exención, estos instrumentos deben estar destinados “al fomento de la inversión productiva”, lo cual incluye “la inversión o el financiamiento directo o indirecto en proyectos productivos, inmobiliarios y de infraestructura”.
Los proyectos deben destinarse “a actividades económicas comprendidas en los sectores productores de bienes y servicios, tales como agropecuarios, ganaderos, forestales, inmobiliarios, telecomunicaciones, infraestructura, energía, logística, economías sustentables, promoción del capital emprendedor, pesca, desarrollo de tecnología y bienes de capital, investigación y aplicación de tecnología a la medicina y salud, ciencia e investigación aplicada, extracción, producción, procesamiento y transporte de materias primas, desarrollo de productos y servicios informáticos”.
La normativa comprende “al financiamiento de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes)”, como así también “aquellos instrumentos en moneda nacional adquiridos en mercados autorizados por la CNV, bajo segmentos que aseguren la prioridad precio tiempo y por interferencia de ofertas, destinados al financiamiento de las mipymes”.
IG