EL CASO DEL EXJUEZ FERRO

Casación define el destino de una investigación sobre presunta corrupción judicial que marcará un antecedente clave

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La Cámara Federal de Casación deberá decidir el destino de uno de los casos de presunta corrupción judicial más resonantes de los últimos años, confirmaron fuentes judiciales y de la defensa ante la consulta de elDiarioAR. Un prostíbulo solicitado por hombres del poder en Mar del Plata, trata de personas, supuesto tráfico de influencias y la presunta complicidad de uno de los jueces otrora más poderosos de la ciudad atlántica forman parte de la trama del caso contra el exjuez federal Jorge Daniel Ferro.

En agosto último, Ferro fue procesado por el juez federal de Mar del Plata Santiago Martín por el supuesto incumplimiento de los deberes de funcionario público. Otros dos acusados, sus presuntos cómplices, quedaron procesados por tráfico de influencias agravado. Sin embargo, en marzo, tres jueces convocados exclusivamente para integrar la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata en este caso revocaron los procesamientos del excamarista y el resto de los imputados. Por eso, el equipo de fiscales federales a cargo del caso recurrió ante el máximo tribunal penal del país para que revise esta decisión de los jueces Alfredo López, Pablo Candisano Mera y Federico Villena. El expediente pende de un hilo por el paso del tiempo, la posible prescripción y la decisión de los camaristas. Los tres magistrados les negaron el recurso, por lo que los fiscales presentaron una queja ante Casación.

Desde abril, la Sala IV de Casación, integrada por los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Javier Carbajo, tiene pendiente resolver el recurso de queja presentado por Daniel Adler, fiscal general ante la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata; y sus pares Diego Velasco y Laura Roteta, cotitulares de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac). La investigación contra Ferro estaba a cargo de la fiscal federal de Mar del Plata, Laura Mazzaferri.

Borinsky, Hornos y Carbajo deberán determinar primero si admiten la presentación de los fiscales. Luego, de admitirla, si la conducta del exjuez y sus supuestos cómplices implicó delitos penales o meras “faltas disciplinarias”, lo que marcará precedentes para futuros casos de presunta corrupción de jueces y fiscales.

El caso implica una supuesta red de tráfico de influencias en torno a una causa de trata de mujeres en uno de los territorios más complejos de la provincia de Buenos Aires: Mar del Plata.

La causa contra el prostíbulo Madaho's comenzó en 2013. En plena investigación, en septiembre de 2014, la Justicia corroboró que el inmueble de la calle Alem en el que funcionaba la organización dedicada a la trata de mujeres estaba a nombre de Alejandro Ferrarello, cabeza de un estudio jurídico de Mar del Plata, aunque no es abogado.

La prueba colectada solo alimenta suspicacias y el nivel de subjetividad de los instructores

En un primer tramo de la causa del prostíbulo, Ferrarello quedó imputado como partícipe necesario de la trata de personas, aunque finalmente fue sobreseído. Sí está procesado en un segundo expediente del caso por el presunto lavado de dinero, que actualmente se encuentra en juicio.

Ferrarello y el juez Ferro se conocían desde 1989 y el primero fue empleado en el juzgado número 2 de Mar Del Plata cuando el segundo era el juez titular. Además de los asiduos llamados, mensajes y correos entre los investigados que demostraban extrema confianza entre ambos, según la investigación, Ferrarello tuvo cinco extensiones de la tarjeta de crédito American Express de Ferro entre 2003 y 2016, de acuerdo a los dictámenes fiscales analizados por elDiarioAR.

En abril de 2015, se allanaron las oficinas de Ferrarello de la calle Colón, donde funcionaba el estudio Games & Asociados. Si bien Ferrarello no es abogado, la investigación determinó que era quien manejaba el bufete. Allí, secuestraron dos teléfonos celulares y una notebook de Ferrarello que fueron peritados. De esa pericia informática, surgieron las conexiones con el entonces camarista Ferro, que intervenía al mismo tiempo en la causa revisando las decisiones de juez de primera instancia, Santiago Inchausti.

Ferrarello

Además de ser el propietario del inmueble donde funcionaba el prostíbulo, los investigadores también hallaron que, entre 2011 y 2014, el estudio de Ferrarello había funcionado en otra dirección en donde también funcionaba el estudio contable que administraba la sociedad anónima que explotaba el prostíbulo: Rolafa SRL. La defensa de Ferrarello rechazó las acusaciones de que éste estaría vinculado a la explotación sexuales de las mujeres que permanecían en Madaho’s.

El 1° de septiembre de 2016, los fiscales denunciaron a Ferro por sus nexos con Ferrarello y solicitaron que se apartara de la causa de Madaho's, cuando descubrieron la estrecha relación entre el juez y el imputado, a quien Ferro, según la investigación, favorecía en sus decisiones desde la Cámara Federal: aprobar las salidas del país del acusado; votar por la nulidad de la causa de trata; intervenir en el incidente de devolución de los teléfonos y aparatos informáticos cuya apertura permitió descubrir “el vínculo de corrupción existente entre ambos”; y votar a favor de apartar al juez Inchausti, quien avanzaba con la investigación contra el prostíbulo.

Ferro recién se apartó casi tres meses después de la denuncia en su contra, a finales de diciembre de 2016.

Los fiscales también denunciaron que en los correos y mensajes analizados surgía cómo el magistrado y su amigo habrían actuado en tándem durante trece años en distintos expedientes. Se abrió entonces un nuevo expediente en Mar del Plata contra el juez y Ferrarello, que quedó a cargo de la fiscal Mazzaferri.

La magistrada determinó que Ferrarello habría utilizado su amistad y relaciones económicas con el entonces juez Ferro para “influir” en sus decisiones judiciales en las causas que llevaba adelante el estudio jurídico a cambio de “beneficios económicos”, y a las que “el juez accedió en reiteradas ocasiones” a través de “colaboración y asesoramiento”, “dictado de decisiones judiciales ventajosas, decretos y resoluciones siempre favorables al estudio jurídico, que coinciden con los expresos pedidos que efectuaran” no sólo Ferrarello sino otros dos abogados de su estudio.

Estas meras infracciones no constituyen per se el delito

Ferro

La investigación de la fiscalía acusó a Ferro desde planificar la estrategia de un divorcio que llevaba adelante el estudio Ferrarello hasta adelantarle fallos por e-mail que no habían sido firmados; habilitar la feria para quitarle un expediente a otro juez de la Cámara Federal de Mar del Plata para lograr tener control de la causa; y recomendar a su amigo cómo debía hacer para apartar a ese magistrado; o incluso “aplazar deliberadamente” el tratamiento de un expediente que había llegado a la Cámara Federal de Mar del Plata por una deuda de dinero iniciada por una cooperativa contra dos particulares que eran clientes del estudio de Ferrarello “al ocultarlo en su caja de seguridad durante seis años” hasta que la fiscalía solicitó el expediente, según surge de los dictámenes de la fiscalía analizados por elDiarioAR.

Los correos electrónicos también “demostrarían que Ferro derivó clientela al estudio de Alejandro Ferrarello, participando inclusive del asesoramiento y la estrategia del proceso”, según la investigación fiscal.

Esta red de influencias habría funcionado entre 2002 y 2018, cuando Ferro finalmente presenta su renuncia al cargo, ante un proceso para removerlo por juicio político.

Esconder un expediente en la caja fuerte durante seis años (…); informar la posición de las partes en los acuerdos de jueces que son secretos; y omitir inhibirse para favorecer a Alejandro Ferrarello (…) resultan hechos ilícitos (…)

César Sivo, abogado de Ferrarello y los otros abogados investigados, sostuvo que “la prueba colectada solo alimenta suspicacias y el nivel de subjetividad de los instructores”; que los fiscales y juez Martín no tuvieron en cuenta los descargos de los acusados que explicarían las razones “inocuas” de los correos y mensajes que intercambiaron; que las pruebas recolectadas no constituyen la comisión de delitos, según un escrito presentado ante la Cámara. “Una abierta connotación moralista en el decisorio, rayano al derecho natural, pero por fuera del ordenamiento penal vigente”, dijo Sivo.

 La defensa de Ferro, a cargo de Mariano Fragueiro Frías, también negó las acusaciones ante la consulta de elDiarioAR y sostuvo que se trató de un “hostigamiento” a su cliente. Además, el abogado afirmó que la causa “ya está prescripta” y que realizó dicho planteo ante el juzgado de Martín para que el juez de primera instancia dicte el sobreseimiento y cierre del expediente.

El fallo de la Cámara

Para tratar este caso, se debió constituir una nueva integración de la Cámara Federal de Mar del Plata, ya que es el tribunal que integraba Ferro. Se convocó a tres jueces que intervinieron para revisar los procesamientos: Alfredo López, Candisano Mera y Villena. En marzo, los tres les dieron la razón a las defensas de Ferro y Ferrarello.

¿Qué dijeron los jueces de la Cámara? Que las conductas cometidas por Ferro y los abogados “importarían la infracción de deberes institucionales”, del ámbito disciplinario y no penal, y que debían ser tratadas en el Consejo de la Magistratura. “Estas meras infracciones no constituyen per se el delito”, afirmaron. “De hecho, bajo la premisa de que el vínculo entre los aquí imputados podría poseer contenido económico y que las conductas investigadas podrían tener impacto en los patrimonios de los investigados, se creó un legajo patrimonial para cada uno, del que no surgió –en principio– tal circunstancia”, indicaron. “El contenido de una resolución judicial no puede, en principio, ser delito”, agregaron.

Ante la Casación, los fiscales replicaron: “Esconder un expediente en la caja fuerte durante seis años (…); incitar a la denuncia de sus propios colegas jueces y compartir modelos de escritos para presentar en contra de aquellos en el Consejo de la Magistratura; informar a las partes acerca de cuál es la posición de las partes en los acuerdos de jueces que son secretos; y omitir inhibirse para favorecer a Alejandro Ferrarello (…) resultan hechos ilícitos (…)”.

Si la causa se cierra o avanza, dependerá de la Sala IV de Casación.

ED