Los supremos porteños le volvieron a dar la razón al gobierno de Horacio Rodríguez Larreta. El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) falló en contra del pedido de una familia que reclamaba una vacante para su hija de tres años en un jardín de infantes porteño. Al igual que en el fallo difundido la semana pasada, el TSJ consideró que en el período en que la educación no es obligatoria, es decir, desde los 45 días hasta los cuatro años, no existe una responsabilidad del Estado local de ofrecer vacantes a todas las niñas y los niños que lo requieran. El máximo tribunal determinó nuevamente que las vacantes disponibles deben asignarse con prioridad a las familias en condiciones vulnerables.
“Coincido con la interpretación del marco normativo aplicable al caso que realiza mi colega la Dra. Marcela De Langhe en el punto 2 de su voto, sobre el cual distingue las obligaciones estatales respecto del servicio de educación inicial obligatoria y no obligatoria”, argumentó la jueza Inés Weinberg de Roca.
Jurista especializada en derecho internacional y derechos humanos, Weinberg de Roca fue la candidata fallida de Mauricio Macri para ocupar la Procuración Nacional. Tiene 72 años y Alberto Fernández la incluyó dentro del Consejo que propuso una reforma judicial integral.
Su colega Marcela de Langhe era una camarista de origen radical, apoyada por el nosiglismo. Cuando fue propuesta por Rodríguez Larreta, era la presidenta del Instituto de Seguridad Pública, donde se entrena la Policía de la Ciudad.
El resultado de la votación fue el mismo que en la sentencia anterior: cuatro contra uno. Además de Weinberg de Roca y Marcela de Langhe, Santiago Otamendi y Luis Lozano fallaron a favor del larretismo. En soledad absoluta, con un voto contrario al de sus cuatro colegas, quedó Alicia Ruiz. Se trata de una sobreviviente de los tiempos en que Fernando de la Rúa era alcalde. Ex simpatizante aliancista, Ruiz es una exponente fiel del progresismo porteño. Con sus fallos contrarios a los intereses del PRO, suele quedar a contramano del clima instalado en el TSJ.
Así, el tribunal contradijo las resoluciones previas de un juez de primera instancia y de la Cámara de Apelaciones porteña. En el primer fallo, se instaba al Estado a garantizar “en el plazo de diez días” el ingreso de la niña a un jardín ubicado en Caballito, “en el turno requerido o en su defecto en alguna de las escuelas seleccionadas por la actora o en alguna escuela que se encuentre dentro del radio de su domicilio”. Ahora el TSJ rechazó esa decisión.
Los tribunales inferiores, sin embargo, no parecen dispuestos a incorporar ese criterio. De hecho, el magistrado Darío Reynoso falló a favor de una madre y su hijo. Días después de que el Tribunal Superior de Justicia rechazara el reclamo de una familia por su hijo, Reynoso recordó al gobierno porteño la “obligación constitucional” de asegurar la educación pública desde los 45 días de vida. Y según supo elDiarioAR, otro juez está por conceder otro amparo para que el gobierno de la ciudad garantice vacantes para tres chicos.
“En los últimos cinco años, presenté 600 amparos por falta de vacantes. Y la enorme mayoría fueron concedidos y confirmados por los camaristas. En el Tribunal Superior hay una mirada política”, afirma el abogado Eduardo Barreyro, integrante del colectivo “Vacantes para todxs”. Barreyro representa a las dos familias cuyos casos fueron tomados (y rechazados) por el TSJ. En ambas situaciones Barreyro reclamó vacantes en la escuela pública para chicos de menos de cuatro años. De esos 600 amparos, unos veinte fueron tomados por el TSJ. Por goteo, el Tribunal empezó a tratarlos y definir en favor de la apelación presentada por el gobierno porteño.
“Si la familia quiere, vamos a ir a la Corte. Nuestro planteo está fundamentado. El TSJ no tiene razón. Si la familia no quiere litigar, no quiere exponerse, habrá que ver. Pero si siguen fallando así, vamos a ir con algún recurso extraordinario a la Corte Suprema de la Nación. Tarde o temprano va a pasar”, anticipa Barreyro.
El abogado a su vez le discute especialmente a uno de los argumentos del TSJ. El que plantea que el Ejecutivo porteño no tiene obligación de brindarles educación pública a aquellas personas que puedan pagar un jardín privado. La prioridad en el nivel inicial, antes de la edad obligatoria, es para las familias de menores recursos. “Incurre en discriminación. Porque la consecuencia de esta bestial interpretación es que según lo que ganan los padres o pueda afrontar la familia, se les dará o no acceso a la educación. Yo mando a mis dos nenes a una escuela pública porque quiero, prefiero eso a la privada. No es de segunda la educación pública”, opina el abogado más activo en la pulseada por las vacantes escolares.
AF