El juez Andrés Basso pasará parte de la feria judicial escribiendo sus argumentos sobre por qué el Tribunal Oral Federal número 2 debería haber condenado a la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner por asociación ilícita y elevar su pena por encima de los seis años de prisión, confirmó a elDiarioAR una fuente cercana al magistrado.
Basso integra el tribunal que juzgó a la expresidenta y a otros doce acusados por el caso Vialidad y que determinó que la vicepresidenta administró de forma fraudulenta en perjuicio de la administración pública durante sus dos presidencias al formar parte de una maniobra para direccionar 51 obras viales a su socio comercial, el empresario Lázaro Báez. Por este delito, los tres jueces del tribunal estuvieron de acuerdo en imponer la pena máxima a Fernández de Kirchner: 6 años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargo públicos.
Sin embargo, los otros dos jueces, Jorge Gorini y Rodrigo Giménez Uriburu, consideraron que la fiscalía no había demostrado que la vicepresidenta haya sido la jefa de una asociación ilícita o que los hechos incluso probaran la conformación de una organización especialmente pensada para delinquir.
Por esa razón, el tribunal condenó a 9 de los 13 acusados a penas de entre 3 y 6 años y por dos votos a uno absolvió a todos por la presunta asociación ilícita.
El fiscal Diego Luciani, que llevó adelante la acusación junto a su colega Sergio Mola, había solicitado en agosto último penas de entre 2 y 12 años de prisión para los trece acusados por dos delitos: asociación ilícita y defraudación a la administración pública.
A partir del 9 de marzo, cuando los jueces presenten los argumentos del fallo, Luciani acudirá a un tribunal superior para recurrir (apelar) la absolución de la vicepresidente y del resto de los enjuiciados por asociación ilícita, lo que implica reclamar al tribunal revisor de la sentencia que eleve las penas.
voto Basso
“El delito de asociación ilícita que estimó comprobado esta fiscalía a lo largo del juicio confirma la existencia de un sistema corrupto que se ha enquistado en la contratación pública argentina”, sostuvieron los fiscales Luciani y Mola en un artículo publicado tras la sentencia en el sitio oficial del Ministerio Público Fiscal. “Al mismo tiempo, interpela a toda la clase dirigente para depurar el sistema de contratación pública, tan contaminado de abusos, arbitrariedades, discrecionalidad, intereses ilegales y mezquindades”, aseguraron en relación al delito por el cual el tribunal absolvió a todos los acusados.
“En virtud del criterio escogido por la mayoría del Tribunal Oral Federal n° 2 en su sentencia, el Ministerio Público Fiscal, luego de analizar sus fundamentos y el voto en disidencia, recurrirá esa decisión en defensa de los intereses de la sociedad que representa, para que un tribunal superior revise esa parte del fallo y la revoque”, anunció la fiscalía en el mismo artículo.
Fernández de Kirchner, López (ex secretario de Obras Públicas), Nelson Periotti (ex director de Vialidad Nacional) y el empresario Báez (beneficiado en el direccionamiento de las obras) fueron condenados a la pena de seis años de prisión, como autores del delito de administración fraudulenta agravada por haber sido cometida en perjuicio de la Administración pública.
Los jueces condenaron por el mismo delito a Juan Carlos Villafañe y Rául Gilberto Pavesi ( ex directores generales de la Administración General de Vialidad Provincial de Santa Cruz) recibieron penas de 5 años y de 4 años y 6 meses de prisión, respectivamente. José Rául Santibáñez (otro ex director general del organismo provincial) y Raúl Osvaldo Daruich (ex jefe del distrito en Vialidad) recibieron condenas de 4 años y 3 años de prisión.
Todos los funcionarios públicos condenados recibieron la inhabilitación especial y perpetua para el ejercicio de cargos públicos.
Cómo sigue
¿Quiénes son los jueces que deberán revisar la sentencia? Los integrantes de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación, el máximo tribunal penal del país que se encarga de revisar las decisiones de los tribunales orales federales, entre otras cuestiones. Es el paso previo a la Corte Suprema.
La Sala IV está integrada por Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Javier Carbajo. Los dos primeros han sido denunciados públicamente por la vicepresidenta y acumulan presentaciones en su contra por haber visitado al expresidente Mauricio Macri en la Casa de Gobierno (en el caso de Hornos) o por haber compartido partidos de tenis en la Quinta de Olivos (en el caso de Borinsky).
La defensa de la vicepresidenta ha realizado planteos en los que sostiene que el caso Vialidad debe ser analizado por otra sala de la Casación, integrada por otros jueces, pero la Corte ya falló sobre esa disputa y confirmó a la Sala IV. Beraldi ya planteó que los dos jueces cuestionados por CFK deberían apartarse del caso. Si lo hicieran, otros integrantes de la Casación deberán acompañar a Carbajo en el caso.
De Vido
Además, los fiscales recurrirán la absolución por ambos delitos del exministro de Planificación, Julio De Vido. El ex titular de la cartera que dirigió las políticas de obras públicas entre 2003 y 2015 no sólo fue absuelto por la presunta asociación ilícita sino también por defraudación a la Administración pública.
Después de Fernández de Kirchner, el tribunal atribuyó la mayor responsabilidad penal por el direccionamiento de las obras viales de Santa Cruz al ex secretario de Obras Públicas José López (en la práctica, el segundo de De Vido) en el ministerio. Sin embargo, la fiscalía le había asignado a De Vido un rol central en la maniobra. Sólo entre 2007 y 2009, el exministro firmó 25 resoluciones que terminaron garantizando a las empresas de Báez obras por $509 millones de ese momento, de acuerdo con la documentación pública analizada por la fiscalía y a la que accedió elDiarioAR.
Los fiscales analizarán también los argumentos de los jueces para absolver de este último delito a otros exfuncionarios de menor rango: Abel Fatala (ex subsecretario de Obra Pública) y Héctor René Garro (uno de los cuatro exdirectores generales de la Administración General de Vialidad Provincial de Santa Cruz juzgados por este caso.); y para declarar prescripta la acción penal respecto de Carlos Santiago Kirchner. El exfuncionario encargado del control de las operaciones fue sobreseído por el incumplimiento de sus deberes.
La absolución de De Vido es una carta central para la defensa de Fernández de Kirchner, según explicó el principal abogado de la vicepresidenta, Carlos Alberto Beraldi, en una entrevista con C5N. Si el ministro a cargo del diseño de la obra pública a nivel nacional durante 15 años no es considerado culpable por el direccionamiento de las obras a Báez, ¿cómo puede el tribunal encontrar culpable del mismo hecho a la Presidenta, quien supuestamente, por su función, no intervenía directamente en la toma de decisiones del ministerio?
La defensa solicitará que Fernández de Kirchner sea también sobreseída por el delito de administración fraudulenta, como De Vido, y evitará así que la sentencia quede firme.
La principal diferencia entre la acusación contra De Vido y la de Fernández de Kirchner es que el exministro fue acusado por sus decisiones en el cargo que habrían estado dirigidas a beneficiar al empresario Báez. Pero en el caso de la expresidenta, los fiscales resaltaron que, entonces, la unía a Báez un vínculo directo comercial, a través de los negocios hoteleros e inmobiliarios de su familia.
“Eran negocios legales”, afirmó Beraldi durante su alegato en el juicio. ¿Con qué argumento? “Estaba todo bancarizado”. Sin embargo, el resultado más evidente de esa relación es que el empresario más beneficiado en la provincia de los Kirchner por la asignación de licitaciones públicas en obras viales era el socio de la Presidenta en ejercicio, sin contar las explicadas irregularidades en la asignación de esos contratos: procesos públicos en los que Báez competía contra Báez, por ejemplo.
La fiscalía tuvo bajo la lupa varios Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) firmados por Fernández de Kirchner para fondear a Vialidad o para la designación de un hombre de Báez en el organismo. Entre septiembre de 2008 y noviembre de 2009, Fernández de Kirchner firmó siete DNU que permitieron el movimiento de al menos $1.447 millones investigados por la maniobra, según la información que analiza la fiscalía para su recurso ante Casación.
Beraldi también sostuvo que, técnicamente, la fiscalía no debería recurrir la sentencia, basándose en el artículo 458 del Código Procesal Penal. “Pidió 12 años de pena y el tribunal le impuso 6 años. Entonces como sólo puede recurrir cuando la pena que se le impone es inferior a la mitad de la solicitada, no puede recurrir. Pero si quiere recurrir, que recurra”, dijo Beraldi tras la sentencia.
En el noveno piso de los tribunales de Comodoro Py, donde se encuentra el despacho del fiscal Luciani, hacen una interpretación muy diferente ante la consulta de elDiarioAR sobre las declaraciones de Beraldi. Sostienen que la fiscalía sí puede recurrir al tribunal revisor de la sentencia por los jueces dictaron absoluciones.
ED