Tras la polémica que generó el aumento de las dietas de los senadores nacionales a más de $9 millones, la Cámara alta aprobó por unanimidad retrotraer esa suba. En términos concretos lo que votaron los legisladores fue “desenganchar” su sueldo de la paritaria de los empleados legislativos.
Todas las bancadas, desde el kirchnerismo a los libertarios, dieron su consentimiento este jueves por la tarde al final de la sesión en que se sancionó la nueva fórmula jubilatoria. Buscaron así tapar la ola de críticas que comenzó a principios de semana cuando se supo la noticia del aumento. Llegó incluso a haber fuertes críticas del presidente Javier Milei.
La votación unánime contempla que se congelen los ingresos de los senadores al menos hasta diciembre. Posteriormente, el Senado votó pasar a comisión una iniciativa que busca tocar al resto de los poderes del Estado, poniendo un límite de 20 salarios mínimos a los cargos más altos tanto del poder Legislativo, como del Ejecutivo y del Judicial. Sugestivamente no estuvo en el palco de la presidencia del cuerpo Victoria Villarruel, a modo de desligarse de la polémica.
“Esta suspensión de la actualización del módulo funciona como transición hasta fin de año para que encontremos una verdadera solución para todos los cargos de los poderes del Estado. Hay una gran disparidad, hay desconocimiento. No hemos recibido felicitaciones, sino críticas”, reclamó el senador salteño Juan Carlos Romero (Cambio Federal), aliado a La Libertad Avanza.
La iniciativa que presentó Unión por la Patria establece fijar un tope máximo de los sueldos de las autoridades superiores aunque también de los órganos extrapoderes, organismos descentralizados de la Administración Pública Nacional y empresas y sociedades del Estado. Establece como límite los 20 salarios mínimos, vitales y móviles (actualmente de $262.432,93).
A su vez, para ministros, secretarios, subsecretarios y cargos equivalentes del Poder Ejecutivo, funcionarios y cargos jerárquicos de todas las jurisdicciones y entidades del Sector Público Nacional, el límite es de 15 SMVM. Esa iniciativa será discutida en comisión por los legisladores.
Fue Villarruel quien convocó a la sesión especial con el objetivo de retrotraer los aumentos en las dietas de los senadores, en medio de la interna que atraviesa con la Casa Rosada y tras las críticas que recibió por el incremento en los sueldos de los representantes provinciales. En su mensaje en redes sociales buscó despegarse de la polémica: “Como Presidente del Senado convoqué a sesión especial el jueves a las 10 para que los senadores debatan sobre el aumento de sus sueldos. De frente y en forma pública. Nominalmente y exponiendo sus posiciones. Así terminamos con las sobreactuaciones que parasitan a la política argentina en todos los órdenes y que nos tienen angustiados a los argentinos”, expresó Villarruel en Twitter.
La vice ya había tomado distancia de los últimos aumentos en las dietas de los senadores que generaron otra discusión y la furia de Milei al aclarar que tiene injerencia solo “sobre las paritarias a los empleados”. “Es facultad de los senadores desengancharse o no de las paritarias de los trabajadores. Yo solo decido sobre las paritarias a los empleados”, planteó la titular del Senado desde una historia de su cuenta de Instagram tras el cuestionamiento de un usuario. Milei, a su vez, calificó de “estafadores” a los senadores.
Claves del tope de los sueldos públicos
â Deï¬ne como objeto ï¬jar un tope máximo a la percepción de haberes de las autoridades superiores de los tres poderes del Estado, órganos extrapoderes, organismos descentralizados de la Administración Pública Nacional y empresas y sociedades del Estado.
â Dispone que las remuneraciones mensuales del presidente, vicepresidente, jueces de la Corte Suprema de Justicia, senadores, diputados, procurador general, defensor general, consejeros de la Magistratura, auditores generales, defensor del Pueblo de la Nación y personal del Servicio Exterior de la Nación no pueden superar a los 20 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, por todo concepto.
â Establece que las remuneraciones mensuales de los ministros, secretarios, subsecretarios y cargos equivalentes del Poder Ejecutivo Nacional, funcionarios y cargos jerárquicos de todas las jurisdicciones y entidades comprendidas en los incisos a), b), c) y d) del artículo 8º de la ley 24.156, incluyendo al Instituto Nacional de Servicios Sociales Para Jubilados y Pensionados (INSSJP), el Banco Central de la República Argentina, la AFIP, los magistrados y funcionarios del Poder Judicial de la Nación, Ministerio Público de la Defensa, Ministerio Público Fiscal y Poder Legislativo, no pueden superar los 15 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, por todo concepto.
â Dispone que las remuneraciones de los agentes comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo para el Personal del Sistema Nacional de Empleo Público y los agentes en regímenes análogos en otras reparticiones estatales se rigen por lo establecido en sus correspondientes convenios colectivos.
â Establece que el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil debe emitir dictamen ï¬jando las escalas salariales que correspondan a las remuneraciones mensuales de los sujetos establecidos en los puntos 2 y 3.
MC/JJD