Desde que se reglamentó la eutanasia en Colombia, hace siete años, una persona sin diagnóstico terminal accedió a la eutanasia. Se trata de Martha Sepúlveda, de 51 años, que padecía esclerosis múltiple amiotrófica la enfermedad conocida como ELA. Sepúlveda murió el sábado, en una clínica de Medellín. El procedimiento iba a realizarse en octubre, cuando su historia se mediatizó y el Comité Científico Interdisciplinario para el Derecho a Morir con Dignidad pidió cancelarlo.
“Estoy más tranquila, me río más”, había dicho Sepúlveda a la Cadena Caracol. En 2019 la diagnosticaron con ELA, una enfermedad neurológica, degenerativa, rápida y violenta. A fines del año pasado, la mujer perdió movilidad en las piernas. No precisaba silla de ruedas, pero tenía dificultades para caminar. “Desde el plano espiritual estoy tranquila. Soy una persona católica, muy creyente de Dios. Pero Dios no me quiere ver sufrir. ¿Qué padre quiere ver sufrir a sus hijos?”, planteaba Sepúlveda. En julio pasado, la Justicia colombiana amplió el derecho a morir a pacientes no terminales. Sin embargo, tras la publicación de ese reportaje, la Conferencia Episcopal de Colombia invitó a Sepúlveda a “a reflexionar serenamente sobre su decisión”.
Por las idas y vueltas en la Justicia, la historia de Sepúlveda tuvo peso mediático. Pero el suyo no es el primer caso en el que uno persona sin diagnóstico terminal accede al derecho a morir. Un día antes, el viernes, murió Víctor Escobar, de 60 años. Padecía EPOC, enfermedad pulmonar obstructiva crónica, y sus consecuencias: presión pulmonar alta, fibrosis, diabetes e hipertensión. De acuerdo a esta nota publicada en El País, Escobar optó porque sus últimas horas fueran más tranquilas y canceló la rueda de prensa que había anunciado para despedirse de los colombianos. En su lugar, se reunió con su familia y el abogado, y grabó un video para medios de comunicación.
La eutanasia fue despenalizada en Colombia en 1997 y reglamentada en 2015. Es el primer país sudamericano en habilitar el procedimiento. Desde entonces, 157 personas optaron por el derecho a morir. La cantidad es baja teniendo en cuenta que en el año 2019, pre-pandemia, fallecieron 244.355 colombianos, de acuerdo a datos oficiales. De ese total, 17.003 por tumores malignos, es decir, con diagnóstico terminal. Esos datos anulan el argumento de los sectores conservadores que aducen que si la eutanasia es legal, un aluvión de personas querrá terminar con su vida.
En diciembre pasado, y en apenas diez días, ingresaron en el Congreso tres proyectos de ley que buscan legalizar la eutanasia en la Argentina. El primero fue llamado “Ley de Buena Muerte” y fue presentado por tres diputados radicales, Alfredo Cornejo, Jimena Latorre -en representación de Mendoza- y Alejandro Cacace -por San Luis-. El segundo es del senador radical Julio Cobos, que representa a Mendoza, y lo nombraron “Interrupción Voluntaria de la Vida”. “Ley de Derecho a la Prestación de Ayuda para Morir Dignamente”, por la historia de vida que la inspiró se la conocerá como “Ley Alfonso”, es el tercero y lo firma la diputada cordobesa Gabriela Estévez, del Frente de Todos.
Todos tienen el mismo objetivo: que una persona que sufre una enfermedad grave, crónica e irreversible, sin pronóstico vital ni cura, y cuya dignidad se vea afectada, pueda decidir cuándo morir. Pero hay diferencias, en algunos casos marcadas, sobre el paso a paso previo al procedimiento, que es médico y voluntario. El proyecto del radical Cobos establece, en principio, la figura del médico responsable y la del médico consultor, al igual que el del Frente de Todos. Y contemplan un tercer interventor en el proceso, figuras parecidas con nombres diferentes: una comisión, en el primer caso, y una consejería, en el segundo. Son el último eslabón en la cadena y tienen poder aprobatorio sobre la decisión que ya haya tomado el paciente.
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