El Juzgado de Garantías 2 de Resistencia rechazó hoy los planteos de nulidad de las declaraciones testimoniales que César Sena y su madre Marcela Acuña, ambos imputados por el femicidio de Cecilia Strzyzowski, presentaron en junio. Así lo determinó el juez Héctor Sandoval, quien sostuvo que los pedidos de los abogados defensores resultan “manifiestamente improcedentes” de conformidad con el Código Procesal Penal del Chaco.
“No se ha precisado en manera alguna cuál sería el agravio que la supuesta irregularidad habría ocasionado a los imputados ni cuál habría sido el derecho o garantía que se habrían visto impedido de ejercer”, afirmó. Para rechazar el pedido, el magistrado también recordó el criterio de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre la violación de la garantía de autoincriminación, la cual “sólo podría producirse si el imputado, al declarar, por omisión de informarle sus derechos, hubiera efectuado una manifestación autoincriminante que lo conduzca, en el caso, a su prisión preventiva, juicio y posterior condena”. Este no es el caso de César Sena y su madre.
En este marco, Sandoval recordó que en su primera declaración de imputados, ambos fueron relevados de los juramentos prestados al momento de declarar en calidad de testigos y también fueron informados de todos los derechos que les corresponden como imputados como abstenerse de declarar. Así, dado que los imputados eran conscientes de sus derechos, la garantía de autoincriminación se encuentra respetada y resguardada, según indicó el juez.
Con información de agencias.