El mercado de apps de delivery gana terreno desde hace años y dio un salto amplificador durante la pandemia, período en el que aumentó la demanda de envíos de comida a domicilio: se estima que en la Argentina 6 de cada 10 personas optaron por estas apps de delivery para comprar alimentos. Sin embargo, la regulación de los trabajadores de las plataformas sigue siendo una pregunta abierta.
No se trata solo de la discusión en torno a si deberían considerarse empleados o no de las plataformas, sino que esta actividad plantea otros debates. Por ejemplo, si es correcto que los repartidores y repartidoras trabajen bajo las reglas de un algoritmo que desconocen y, por lo tanto, sin tener claro qué es lo que se espera de ellos o por qué son premiados o castigados. Bajo las órdenes de un patrón opaco al que tampoco es posible hacerle preguntas ni reclamos.
En este marco, un grupo de investigadores del centro de estudios Fundar elaboró un informe en el que se resalta la importancia de transparentar las plataformas y abrir esas cajas negras que ordenan el trabajo diario como un elemento fundamental para mejorar las condiciones laborales de las y los repartidores.
No es tan importante auditar los algoritmos, sino acceder a su explicabilidad: que le digan al repartidor qué es es considerado bueno y malo
“Uno cuando trabaja sabe lo que tiene que hacer: cuáles son las condiciones de trabajo, que si falta al trabajo hay una sanción, que si llega tarde repetidamente probablemente lo echen. Pero cuando se conecta a la aplicación el trabajador no sabe lo que la plataforma espera de él. No es tan importante auditar los algoritmos, sino acceder a su explicabilidad: que le digan al repartidor qué es es considerado bueno y malo, porque si no trabaja en la sombra”, afirma la economista e investigadora de Fundar Sofía Scasserra.
La falta de transparencia de estos sistemas hace que las suposiciones sobre el análisis de datos puedan ser inexactas. Por ejemplo, al momento de hacer un pedido se cree que el repartidor que va a buscarlo es aquel que está más próximo al comercio. “Esto no es necesariamente así porque el algoritmo contempla otras variables: cuántas horas se conectó ese repartidor en los últimos días, si se conectó en hora de alta demanda, si finalizó sus entregas”, aclara el abogado laboralista Juan Manuel Ottaviano, otro de los autores de la investigación.
En agosto de 2021 entró en vigencia la “Ley Rider” en España para imponer regulaciones al sector. De acuerdo a la normativa, los trabajadores son considerados asalariados y obliga a las empresas a garantizar los derechos laborales de las personas dedicadas al reparto en el ámbito de plataformas digitales y habla explícitamente de “gestión algorítmica del trabajo”. “La ley Rider dice que las empresas de plataformas le tienen que declarar a los trabajadores, a los sindicatos y a los estados la composición de los algoritmos que organizan el trabajo”, explica Ottaviano.
Para los investigadores, el rumbo a seguir tiene que ir en dirección de garantizar una serie de derechos, que se resignifican a la luz de la organización algorítmica del trabajo: derecho a la información y protección no discriminatoria sobre extracción de datos; garantía básica de horas de trabajo, turnos y pedidos básicos asignados por hora; libertad de rechazo de pedidos según franjas horarias o previsibilidad sobre las sanciones o impacto del rechazo de pedidos asignados; libertad de selección de horas o previsibilidad sobre las sanciones o impacto del rechazo de horas asignadas; remuneración por tiempo de conexión/atención; y remuneración adicional por tiempo de conexión/espera.
El argumento principal de las empresas ante posibles regulaciones es la baja de rentabilidad que pueden acarrear los cambios propuestos en nuevas regulaciones laborales. Para Ottaviano, es posible lograr una compatibilidad entre el modelo de negocios con algunos cambios adaptados a los derechos de los trabajadores en relación a la seguridad social y los riesgos laborales. Considera que, por ejemplo, “sería lógico que a los repartidores no se les exija que hagan una entrega en cinco minutos, lo que les obliga a ir por contramano a alta velocidad por las calles de una ciudad y accidentarse” por lo que debería “estar escrito en la norma o en la negociación colectiva”.
Por otra parte, los investigadores consideran que hay un gris en medio de la dicotomía relación de dependencia/trabajo autónomo constituido por “figuras intermedias”, como el trabajo autónomo económicamente dependiente: las personas “cuasiempleadas” en Alemania o las “parasubordinadas” en Italia. En este marco, proponen una nueva forma de estructura jurídica para el sector, que no se referencia en el modelo laboral tradicional fordista ni en “la falsa autonomía que niega derechos”.
Postulan al “estatuto” como la herramienta más adecuada en la Argentina para la protección de los derechos laborales de las personas trabajadoras en la economía de plataformas, y para incorporar la soberanía del tiempo de trabajo como una aspiración a tener en cuenta en cualquier norma por redactar. “Es una herramienta jurídica que permite aplicar regulaciones tradicionales de orden público laboral conjugadas con técnicas de protección propias de la organización algorítmica del trabajo”, detalla el documento.
Entre otras cosas, consideran que un estatuto especial para el sector permitiría clasificar la actividad, precisar los términos de trabajo, las protecciones que le corresponden por ley y sus obligaciones al tiempo que abriría la posibilidad de conformar unidades de negociación colectiva.
En Argentina Pedidos Ya, propiedad del cluster internacional Delivery Hero, empezó a operar en 2010 y controla el 76% del mercado con 35.000 repartidores activos en 80 ciudades. En su proceso de expansión en América Latina, adquirió en 2020 las operaciones de la española Glovo. En 2018 se lanzó Rappi, compañía de capitales colombianos, que detenta aproximadamente el 22% del mercado local con 23.000 repartidores en 8 ciudades.
DT