Los primeros días de junio miles de monotribustas se sorprendieron al ver que, incluso si se habían mantenido al día con las cuotas, acumulaban una deuda con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Las deudas, que en algunos casos superaban los $25.000, se explicaban por un aumento del 35,5% retroactivo a enero dispuesto por una ley que sancionó el Congreso en abril, por iniciativa del Ejecutivo.
La reacción de los contribuyentes, a los que se les ofreció saldar sus deudas en cuotas con un interés del 3%, obligó al Gobierno a dar marcha atrás. A última hora del 10 de junio Sergio Massa envió por instrucción del presidente Alberto Fernández un nuevo proyecto al Congreso para desactivar esos pasivos e introducir otras medidas de “alivio” para los monotributistas. Ese proyecto será debatido este jueves en Diputados, donde se buscará conseguir media sanción.
Se trata de un proyecto de ley de “fortalecimiento y alivio fiscal para pequeños contribuyentes”. Fuentes oficiales aseguran que la iniciativa viene a “complementar” el flamante Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes impulsado por el Gobierno tan solo algunas semanas atrás y a dar mayor alivio a un universo de 4 millones de monotributistas.
Desactivación de deudas
Como primer punto, el proyecto presentado por el presidente de la Cámara Baja desactiva las deudas que se le habían generado a miles de contribuyentes al eliminar el aumento de las cuotas retroactivo a enero. La suba del 35,3% aplicará desde julio de 2021 y no se extenderá hacia atrás, lo que le había generado a muchos contribuyentes pasivos de entre $3.452 y $25.981.
Según informó AFIP, los pequeños contribuyentes que ya hubieran cumplido con sus obligaciones del mes contarán con un saldo a favor para imputar a próximos vencimientos. Esta posibilidad estará disponible una vez sancionada e instrumentada la iniciativa parlamentaria de alivio.
Actualización de escalas
El proyecto firmado por Massa propone un esquema excepcional de actualización de escalas sin aumentar el valor mensual de la categoría (la cuota mensual) del monotributo. En concreto, se fijan a partir del 1 de julio nuevos parámetros de facturación o ingresos brutos anuales, sobre el 35% de ajuste ya previsto en el régimen vigente. Por ejemplo, para la categoría más baja pasa de $282.424 (valor que ya tiene aplicado un 35% respecto de diciembre de 2020) a $370.000 y para la más alta, de $3.530.303 a $3.700.000.
Por otro lado, la nueva norma dispone que los contribuyentes inscriptos al 30 de junio de 2021 que hayan excedido el límite superior de facturación mantendrán de todos modos la condición de monotributistas. Para evitar “abusos”, solo quedarán excluidos quienes registren ingresos que superen el monto equivalente 1,5 veces los ingresos brutos máximos de la categoría máxima o tengan bienes dentro y fuera del país superiores a los $6,5 millones.
Cuota especial
Los monotributistas de las categorías más altas deberán pagar una cuota especial para poder mantenerse en el régimen, que se destinará al Fondo de Emergencia y Asistencia que administra la Superintendencia de Servicios de Salud para cubrir la diferencia de recaudación de los aportes de obra social.
Financiación de deudas
El proyecto también contempla que los contribuyentes que tengan deudas de monotributo podrán refinanciarlas con nuevos planes de hasta 60 cuotas mensuales y un interés no mayor al 1,5% mensual. De acuerdo a lo que dispuso la AFIP en la reglamentación de la norma actualmente vigente, las deudas generadas por el aumento retroactivo podían ser saldadas al contado o en hasta 20 cuotas, pero con un interés de entre el 2,9% y el 3% mensual.
Prórroga de vencimiento de junio
Por fuera del proyecto, la AFIP informó que se prorrogó el vencimiento del monotributo del 25 de junio al 5 de agosto para garantizar que las y los pequeños contribuyentes puedan pagar sus obligaciones con los valores previstos en el proyecto de ley de alivio fiscal para monotributistas que se discute en el Congreso.
La AFIP instruyó a las entidades bancarias y tarjetas de crédito a que suspendan en junio los débitos automáticos previstos para este viernes a los monotributistas adheridos a dichas modalidades de pago.
Extensión de plazo para facturar a monotributistas con IVA discriminado
En el mismo día que se comenzará a debatir el “alivio” para monotributistas, la AFIP oficializó la extensión hasta el 31 de diciembre del plazo para que los responsables inscriptos en el IVA adecúen sus sistemas de facturación, de forma que puedan emitir comprobantes “A” a los monotributistas.
Lo hizo a través de la resolución general 5022/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial, que busca garantizar que las y los contribuyentes accedan a los beneficios de la Ley de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes, que armonizan la transición hacia el régimen general (autónomos), tanto en términos administrativos como en los montos de las obligaciones que deben afrontar los contribuyentes.
Además, permite que mientras avanzan con el proceso de adaptación de sus sistemas de facturación, los responsables Inscriptos en IVA emitan facturas tipo B a los monotributistas incorporando al comprobante la leyenda “Receptor del comprobante - Responsable Monotributo”.
Dichos comprobantes permitirán a los pequeños contribuyentes que se conviertan en autónomos contar con crédito fiscal, que amortiguará su carga tributaria al cambiar de régimen, como prevé la Ley de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes.
DTC