La indemnización por despido improcedente está bajo el foco. Su costo, que no se abordó en la reforma laboral de la coalición, ha llegado ahora a la mesa del Ministerio de Trabajo gracias a los sindicatos mayoritarios. Primero UGT y más tarde CCOO han llevado a España ante el Comité Europeo de Derechos Sociales por lo que entienden que se trata de una baja indemnización que no cumple con la legislación comunitaria. La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha recogido el guante y este miércoles ha afirmado que considera que el despido es “demasiado barato”. Además, ha apuntado hacia un concepto que deslizó hace meses: el despido “reparativo” o “restaurativo”.
Aunque sin nombrarlo expresamente este miércoles, como sí ha hecho en el pasado, Yolanda Díaz ha apuntado hacia este nuevo enfoque de la indemnización por despido. Con la misión de “reparar” o “restaurar” el daño causado por el despido improcedente en la persona trabajadora, la responsable de Trabajo ha abierto el debate sobre posibles indemnizaciones diferenciadas según la situación del afectado, ya que los perjuicios son también diferentes según los casos.
El despido improcedente tiene lugar cuando el empresario no cumple con las causas o las formalidades legales para despedir, como probar los incumplimientos que se achaquen al trabajador. Es decir, que echa a una persona de su puesto sin cumplir con los mínimos legales.
Como castigo, los tribunales ordenan la readmisión del trabajador en su puesto, pagándole el salario dejado de percibir tras el despido, o la extinción de la relación laboral con el abono de una indemnización al empleado, que alcanza los 33 días de salario por año trabajado, con el límite de 24 mensualidades.
Esta cuantía fue rebajada por la reforma laboral del PP de 2012, ya que antes alcanzaba los 45 días de salario por año con un máximo de 42 mensualidades. Además, se eliminó la obligación de que los empresarios pagaran los salarios dejados de percibir (salarios de tramitación) si optaban por no readmitir al trabajador y pagarle la indemnización.
Los sindicatos insisten en que el marco actual no respeta la legalidad europea sobre los despidos improcedentes, que requiere medidas que cumplan dos funciones: proteger y reparar adecuadamente a las personas trabajadoras, más ejercer una función disuasoria sobre las empresas a este tipo de prácticas.
Tener en cuenta la edad o “situación familiar”
Yolanda Díaz ha subrayado que el despido improcedente es una vulneración de la legalidad laboral y por tanto “no se puede consentir”. El despido “debe reparar el daño causado, claro que debe ser así. No es lo mismo las condiciones de una persona próxima a la vejez que de una persona joven. O no es lo mismo las situaciones familiares que se tengan. Por lo tanto creo que es muy importante este debate”, ha afirmado este miércoles en el Congreso como respuesta a una interpelación de ERC, defendida por el diputado Jordi Salvador.
La vicepresidenta segunda ha mantenido durante su mandato que el problema del despido no era la indemnización, sino las causas que permiten despedir. No obstante, y a raíz de la demanda presentada por UGT en Europa, Yolanda Díaz se abría hace unos meses a revisar su coste desde un enfoque “europeo” del “despido restaurativo”, adelantó.
Díaz señaló entonces la posibilidad de definir un pago “diferente en función del impacto que el despido pueda tener en las personas”, teniendo en cuenta varios elementos posibles, entre los que mencionó la edad, la antigüedad y el género. Este miércoles, ha señalado también “las situaciones familiares” y ha subrayado que España es una “anomalía” en Europa por tener una indemnización fija tasada.
La idea de su Ministerio era que el despido fuera analizado en la reforma más amplia de la totalidad del Estatuto de los Trabajadores para adaptarlo “al siglo XXI”. Sin embargo, la demanda presentada por los sindicatos mayoritarios ante el Comité Europeo de Derechos Sociales podría adelantar esta revisión legal. El órgano ha fallado en contra del sistema de Francia, que ha destacado Yolanda Díaz, ya que el país galo “copió” su modelo a España, ha sostenido.
“Este Ministerio cumplirá con el Comité Europeo”, ha reafirmado Yolanda Díaz en el Congreso, donde ha apuntado que la institución resolverá “pronto” el caso de España. Esto podría demorarse aún varios meses, temen expertos en derecho laboral consultados por este medio, y dados los tiempos parece difícil que pueda aprobarse esta legislatura.
Salarios de tramitación o readmitir en el puesto
Mientras Yolanda Díaz se ha pronunciado sobre este “despido restaurativo” diferenciado según los casos, los sindicatos mayoritarios insisten más en figuras que ya había en España antes de los recortes de la reforma laboral del PP. Sobre todo, recuperar la obligación de pagar los salarios de tramitación junto a la indemnización por despido improcedente, una medida que consideran que desalentaba a muchos empresarios a acordar despidos fuera de la ley.
CCOO también planteó en su demanda en Europa otras medidas específicas, como “la posibilidad de que el órgano judicial pueda imponer la readmisión obligatoria como reparación adecuada en determinados casos de despido abusivo o fraudulento”, “una cuantía mínima indemnizatoria que garantice una reparación adecuada de los trabajadores con contrato de muy corta duración” y “posibilitar el reconocimiento de una compensación por los daños sufridos que no se limite al pago de los 33 días” de indemnización.
UGT ha emplazado este miércoles al Ministerio de Trabajo a abordar ya esta cuestión, sin esperar al pronunciamiento del Comité Europeo de Derecho Sociales. “Entendería que el Gobierno debería de ser coherente con sus compromisos. Primero, porque la vicepresidenta segunda ha dicho que comprende y comparte que el despido en España no tiene las condiciones de la Carta Social Europea revisada, que dice que debe ser disuasorio y resarcitorio. España no lo cumple y ha sido constatado por la vicepresidenta segunda”, afirmó Fernando Luján, vicesecretario general de Política Sindical de UGT, en una rueda de prensa.