¿Río Paraná o Hidrovía?
El río Paraná y el río Paraguay son utilizados como un corredor fluvial de transporte que une los puertos de Argentina, Brasil, Bolivia, Paraguay y Uruguay. Además, por allí sale hacia el mundo la mayor parte de la producción agroexportadora de granos y subproductos a través de puertos privados. Son venas de desangrado, donde la ausencia de control es la regla y mediante las cuales se saquean a los países de nuestra región. Es por ello que existe una confusión cada vez más generalizada de nombrar al río Paraná como “Hidrovía”. En nuestro país, a este término lo utilizan medios de comunicación, funcionarios, gobernadores y dirigentes de casi todas las fuerzas políticas. La confusión surge porque el nombre de la empresa que hace años tiene el manejo económico-fluvial del río es Hidrovía S.A., una sociedad integrada por la empresa belga Jan de Nul y la local Emepa (ya retirada). Fue en la década menemista (año 1995) cuando el gobierno nacional le concedió las tareas de dragado y balizamiento del río y, desde entonces, cobra un peaje a las embarcaciones de ultramar que pasan por allí. En el año 2010, la concesión se renovó hasta abril de 2021, siendo hoy una gran oportunidad para que el Estado recupere algo de control sobre una de las cuencas más importantes de América Latina.
Pero en épocas donde manda el dios mercado, el Gobierno pretende licitar nuevamente el control de la navegabilidad del río, con un fuerte lobby de Eduardo Eurnekian y Mauricio Macri a favor del consorcio holandés Boskalis Dredging International. El plan del Gobierno también prevé la eliminación del “Consejo Federal de la Hidrovía”, creado en el 2020, y en el que estaban representadas las provincias ribereñas. Sumado a esto, este plan pretende transferir el manejo del proceso mencionado al Ministerio de Economía y quitársela a la Administración General de Puertos Sociedad del Estado, a quien el gobierno de Alberto Fernandez se lo había otorgado en el año 2021. Todo un procedimiento en el que no se prevén mecanismos de contralor estatal.
El Paraná es un río de vida
En la reciente estrenada película “Por el Paraná” (di Risio & Gonzalez 2023) se retrata una travesía a lo largo del río y en la cual se evidencian las tensiones entre los proyectos exportadores globales, la naturaleza y las comunidades humanas que habitan una de las la cuencas hídricas más importante de Sudamérica.
Es que el Paraná, ese majestuoso río, es mucho más que un canal de navegación de grandes buques exportadores. Cualquier litoraleño lo sabe, en sus orillas sucede de todo: este complejísimo ecosistema es hogar, fuente de trabajo y recreación de las 12 millones de personas que viven en su cuenca. Grandes ciudades como Corrientes, Paraná, Rosario, Resistencia, entre muchas otras, tienen a este río como centro de sus vidas. No por casualidad el arte le ha dedicado tantas obras a este río: canciones, pinturas, poemas y cuentos. ¿Alguna vez viste un atardecer a su vera? ¿Alguna vez te adentraste en alguno de los bosques ribereños de sus afluentes, donde la naturaleza te toca y te transforma? Hacelo y vas a ver que el Paraná no es solo una vía fluvial para el transporte de materias primas.
Como seres sensibles a la diversidad de expresiones de la vida y atravesados por la magnitud de este caudal, estamos convencidos de la necesidad de conformación del Comité de Cuenca del río Paraná en el tramo nacional, a los efectos de un ejercicio de visión y gestión generalizada e integral, tal como el río se merece. Esto debe darse respetando su biodiversidad, mucho más allá de aquella mirada limitada y focalizada en una mera vía de circulación de mercaderías. Debemos entender nuestro impacto como seres humanos en la heterogeneidad de ambientes naturales que existen en una cuenca como la del Paraná. A lo largo de su recorrido encontramos distintas comunidades de bosques, pastizales y humedales que son utilizados por bacterias, animales y funga como fuente de alimento y refugio. En conjunto, las asociaciones de plantas y quienes las habitan, han evolucionado en relación directa con las variables ambientales locales como los regímenes de lluvia, temperatura, humedad y tipo de suelo, y contribuyen a crear las condiciones ambientales que nos favorecen como seres humanos y de las cuales hacemos uso.
Recientemente la Asociación Argentina de Abogadas/dos Ambientalistas, el Colectivo de Acción para la Justicia Ecosocial y la Fundación la Hendija lanzaron el informe “Propuestas urgentes hacia la sanación del Delta Argentino. Un núcleo de propuestas para recuperar los ecosistemas afectados del Delta del Paraná tras las múltiples afectaciones recibidas en los últimos años, como los devastadores incendios, la bajante de la cuenca del Paraná o los procesos de pampeanización. El informe plantea una hoja de ruta en las políticas públicas necesarias y propuestas que buscan el desarrollo de una transición ecosocial destinada a lograr la restauración y recomposición integral del Delta, su sanación. La utilización del término sanación se asienta sobre la necesidad y urgencia de un tratamiento humilde, de igualación con los otros seres que intentan aún habitar, sobrevivir, perdurar.
El Paraná tiene derechos
Con este contexto, el desafío del momento es abandonar la hegemónica idea de conquista, colonización y explotación de la Madre Tierra, en el marco de un cambio civilizatorio profundo que implique el pasaje de un paradigma antropocéntrico a otro de carácter sociobiocéntrico. Es que el río Paraná (y sus afluentes) tiene derechos: el primero y fundamental es que se respete integralmente su existencia, funciones y procesos evolutivos. También, entre otros, a vivir libre de actividades y obras que alteren su capacidad de sostener y recomponer a los ciclos vitales y ecosistemas que de él dependen.
Y hay antecedentes en el mundo sobre esto:
- Río Atrato, su cuenca y afluentes en Colombia: una entidad sujeto de derechos.
Mediante la sentencia T-622 de 2016, la Corte Constitucional de Colombia reconoció al río Atrato como sujeto de derechos, con miras a garantizar su conservación y protección. Para ello, se le ordenó al gobierno nacional que eligiera un representante legal de los derechos del río. Y dijo: “En síntesis, sólo a partir de una actitud de profundo respeto y humildad con la naturaleza, sus integrantes y su cultura es posible entrar a relacionarse con ellos en términos justos y equitativos, dejando de lado todo concepto que se limite a lo simplemente utilitario, económico o eficientista.”
Sobre la base de estos argumentos, la Corte colombiana no solo consideró los derechos fundamentales de las personas afectadas por las actividades desarrolladas en torno al río Atrato sino que también evaluó su propia vida, no en términos de explotación económica, sino en términos de su valor intrínseco. Anotemos también que en Colombia cinco ríos ya han adquirido derechos propios.
Otro fallo histórico de la Corte Suprema de Colombia data del 5 de abril de 2018 y reconoce a la Amazonía como sujeto de derechos.
En Europa también hay antecedentes, el Senado español aprobó una ley histórica en septiembre de 2022: convirtió a la laguna del Mar Menor en el primer ecosistema de Europa con personalidad jurídica propia, al igual que las personas humanas o las empresas.
La necesidad de un ordenamiento ambiental de los territorios
La ausencia de ordenamiento ambiental de los territorios es una constante en nuestro país.
Los actuales ordenamientos territoriales que se realizan en gran parte de nuestro país nada tienen que ver con un enfoque del desarrollo territorial integral, que contemple tanto la satisfacción de las necesidades sociales y económicas de la población como la sustentabilidad ambiental de los territorios. En realidad son los grandes intereses económicos los que terminan definiendo la normativa y perfil territorial en el país, a medida de sus incumbencias lucrativas.
Y todo ello está exacerbado en las provincias atravesadas por el Paraná. En Corrientes, Chaco, Santa Fe, Entre Ríos, Buenos Aires, quien decide que se impone en los territorios son los sectores concentrados del agronegocio (agricultura y ganadería extensiva y forestales) y no el interés general a través de procesos participativos-vinculantes y en base a conocimientos científicos sobre los ecosistemas. La sistemática ausencia de un proceso verdaderamente participativo para el ordenamiento y diseño territorial, acorde con las leyes de la naturaleza lleva a pasivos socio-ambientales que paga toda la población con inundaciones, incendios, sequías, contaminación del aire, la tierra y cuerpos de agua, mortandad de animales, falta de acompañamiento de estado a las propuestas alternativas de producción, éxodo rural, etc.
Un ejemplo paradigmático de cómo los negocios son los que “ordenan” el territorio es el proyecto de Ley que el Poder Ejecutivo de la provincia de Entre Ríos envió recientemente a la Legislatura provincial que posibilitará la venta de bienes inmuebles del Estado Provincial a través de la conformación de una Agencia Administradora de Bienes. El Estado provincial es titular de aproximadamente 188.773 hectáreas de islas en el sistema de humedales del Delta entrerriano. El proyecto no otorga ningún tipo de excepciones por lo que podrían venderse para su transformación lo que provocaría un daño ecológico inimaginable. No podemos habilitar su mercantilización: el Delta, con todos sus bienes públicos, están fuera del comercio y las islas como sistema son inalienables e imprescriptibles conforme a sentencias de la propia Corte Suprema de Justicia de la Nación. Debemos proteger sus esenciales funciones ecológicas y sociales, garantizando la conservación de este complejo sistema de humedales, considerando sus especiales funciones ecosistémicas y resguardando su integridad ecológica, la calidad del agua, biodiversidad y paisajes, así como sus valores culturales y los derechos de sus pobladores.
Por su parte, en la provincia de Corrientes, la industria forestal de especies exóticas (pino y eucalipto) ya superan las 500.000 hectáreas convirtiéndola en la provincia más forestada del país (con un crecimiento del 84% con relación al año 2013). Este crecimiento vertiginoso se hizo sin ninguna planificación territorial que contemple algo más que la obtención de ganancias extraordinarias por parte de las poderosas corporaciones forestales. Existe sobrada evidencia científica y empírica de que la transformación de los pastizales naturales de esta provincia por monocultivos forestales, son los que facilitan la ocurrencia y propagación de incendios que aquejan a este sector de la cuenca del Paraná.
Cruzando el puente, la provincia de Chaco, acaba de recibir un (re) ordenamiento territorial a medida del agronegocio, modificando el mapa de la Ley de Bosques Nativos para permitir el desmonte de cientos de miles de hectáreas de monte nativo. Los ambientes naturales sanos y conectados entre sí, son fundamentales para afrontar los eventos climáticos extremos como épocas de sequías e inundaciones.
No es casual que los lobbies más fuertes en contra el proyecto de Ley de Humedales (que pretende ordenar ambientalmente el territorio para su protección y uso racional) sean de la poderosa industria forestal y del resto del agronegocio (sojeros, arroceros y ganaderos). Una característica común de todas las figuras extremas del extractivismo es la invisibilización de la diversidad biológica y cultural que existe en los territorios donde pretende avanzar, desestimando -deliberadamente- su importancia, para poder así imponerse.
Con una vertiginosa lógica de mercado se consolida un modelo de acumulación por desposesión, que conduce a la concentración de la propiedad de la tierra (el territorio) e implica el desprecio por el ambiente, la naturaleza y los bienes comunes. Paralelamente se va dando un proceso de extranjerización de la tierra que, por ejemplo en Corrientes, ya se acerca al millón de hectáreas de las aproximadamente 9 millones totales de la superficie rural total de la provincia.
Debemos avanzar en un correcto ordenamiento territorial, con parámetros ecosistémicos y biológicos y participación ciudadana. Es fundamental cumplir y promover procesos de ordenamiento territorial ambiental en todo el territorio de la cuenca del Paraná, en base a los principios ambientales y con participación ciudadana permanente (artículos 9 y 10 de la Ley General del Ambiente). Ese ejercicio de planeamiento estratégico participativo ambiental será un mecanismo de fortalecimiento de la democracia en la materia y prevendría fragmentadas (e interesadas) decisiones legislativas y administrativas que van generando daños ambientales graves y acumulativos irreversiblemente.
Insistimos, debemos batallar por el cambio de la mirada simplificada, utilitarista, de provecho inmediato que el ser humano tiene sobre la Naturaleza, y más en nuestras latitudes cooptadas por el extractivismo desde inicio de la conquista por parte de los pueblos septentrionales, desde hace ya 5 siglos. Esa sesgada mirada que se tiene hacia la Naturaleza sólo como fuente de extracción, como objeto a ser explotado hasta el infinito (como si eso fuese posible). En palabras del gran teólogo Leonardo Boff, “de amos y señores, a ser hermanos y hermanas entre nosotros y con todas las criaturas”. Esta nueva óptica implica una nueva ética de responsabilidad compartida, de cuidado y de sinergia para con la Tierra“.
El río Paraná no es la Hidrovía… es la fuente de vida de nuestros territorios.
EV/DTC
0