Después de más de una semana sin actividad en X (ex Twitter) reapareció Cristina Kirchner con un reposteo a la senadora Nacional por Mendoza Anabel Fernández Sagasti sobre la decisión del juez Pablo Cayssials, a cargo del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 9, que declaró inconstitucional el Impuesto a las Ganancias para los magistrados nombrados a partir del 2017, en el marco de una demanda impulsada por José Luis Agüero Iturbe, Fiscal General Adjunto.
“Mientras tanto, el juez Cayssials, del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°9 e integrante del comando 'Lago Escondido' declara la inconstitucionalidad del Imp a las Ganancias para jueces nombrados desde el 2017. Acá no entiende el que no quiere”, escribió Fernández Sagasti apenas después de las 16. Al instante, la vicepresidenta de la Nación y expresidenta, Cristina Kirchner, se hizo eco de esto.
La modificación de la Ley de Impuesto a las Ganancias que fue declarada inconstitucional por el juez Pablo Cayssials dispone que estarán alcanzados por ese tributo los magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Nación y de las provincias y del Ministerio Público de la Nación cuando su nombramiento hubiera ocurrido a partir de ese año, inclusive.
La declaración de inconstitucionalidad se dio en el marco de una demanda impulsada por José Luis Agüero Iturbe, Fiscal General Adjunto, que promovió una acción declarativa. Según Agüero Irtube, que fue nombrado en el 2018, durante todo el proceso de designación como fiscal nunca firmó nada relativo a la modificación del impuesto a las Ganancias y sólo se mencionó el tema en la Audiencia Pública celebrada en el Senado. Para él, durante esta jornada el tema quedó abierto para el caso de que se realizara un planteo de inconstitucionalidad, como ocurre en esa acción.
Por otro lado argumentó que “tanto la Acordada 20 /96, de la Corte Suprema de Justicia, como la Resolución de la PGN 13/96 -de intangibilidad de las remuneraciones-, se encuentran vigentes y se aplican a todos los magistrados”, señaló el sitio Palabras del Derecho, y sumó que “destaca que las normas referidas jamás tuvieron objeciones o impugnaciones por parte del Fisco y agrega que la intangibilidad de la remuneración de los magistrados constituye una garantía de la independencia del Poder Judicial y del Ministerio Público, requisito indispensable del régimen republicano”.