La ministra de Trabajo, Raquel “Kelly Olmos”, aclaró este martes los montos salariales para que los trabajadores tengan derecho a cobrar la suma fija otorgada por el Gobierno Nacional y advirtió que quienes la perciban no podrán acceder al mercado de cambio oficial.
Olmos indicó que los $400.000 son un tope salarial incluyendo el bono, por lo cual lo cobrarán completo aquellos trabajadores con salarios de agosto de hasta $370.000 incluidos también eventuales aumentos ya acordados.
Esto implica que un trabajador con sueldo de julio de $350.000 cobrará los $30.000 completos si no tiene ningún aumento pactado para agosto.
Si tuviese un ajuste de 10% su sueldo pasará a ser de $385.000 y sólo cobrará de bono $15.000 hasta completar el tope de $400.000.
“Se completa hasta el tope de $400.000”, aclaró Olmos en declaraciones radiales.
La información inicial suponía que los $30.000 serían para todos los trabajadores con sueldos de hasta $400.000 pero esta precisión cambia el concepto de esa cifra que ahora pasa a ser un tope.
Por otro lado, Olmos advirtió que quienes cobren este bono quedarán excluidos del mercado de cambio oficial, o sea que no podrán acceder al “Dólar Ahorro” al precio de $642,25.
“Queremos que el dinero vaya al consumo no a la brecha”, afirmó Olmos al dar a conocer la decisión.
Las restricciones para comprar dólar ahorro
- Beneficiarios subsidios energéticos y de agua.
- Beneficiarios de planes sociales o programas de ANSES como la Asignación Universal por Hijo.
- Personas sin ingresos declarados o consistentes, por lo que incluye tanto a personas que no tienen trabajo o trabajan de manera informal/en negro.
- Cotitulares de cuentas bancarias.
- Quienes refinanciaron algún saldo de la tarjeta de crédito en los últimos 12 meses.
- Monotributistas que pidieron préstamos a tasa 0.
- Las personas que accedieron al tipo de cambio “MEP”.
- Los titulares de créditos UVA que se beneficiaron del congelamiento de tarifas durante la pandemia.
- Los dueños de pequeñas y medianas empresas que hayan accedido a préstamos a tasas preferenciales.
- Personas que se beneficiaron del “refuerzo de ingresos”.
- Personas que hayan operado Cedears, criptomonedas u obligaciones negociables en los últimos 90 días. En caso de acceder al dólar ahorro, se impide acceder a dichos activos durante los 90 días posteriores a la última compra del dólar ahorro.
- Personas incluidas en la moratoria previsional.
Con información de agencias.
IG