Luego de aplicarle una serie de modificaciones, el Senado aprobó ayer el proyecto que modifica la ley de Movilidad Jubilatoria, y giró el expediente nuevamente a Diputados, ya que introdujo cambios en el texto original. La norma aprobada establece cuatro aumentos anuales, con un índice basado en la suba de la recaudación de la Anses y los ajustes salariales. Pese a los cambios, que flexibilizaron los términos sugeridos inicialmente por el Ministerio de Economía, la consultora Ecolatina calcula que generará un ahorro de 1% del PBI para 2021.
El proyecto obtuvo 41 votos a favor y 26 en contra, gracias al apoyo del Frente de Todos y de sus aliados, en tanto que Juntos por el Cambio rechazó la medida tras un debate que duró más de cuatro horas. El texto aprobado dista del enviado inicialmente por el Poder Ejecutivo, que fue redactado por el equipo de Martín Guzmán en simultáneo con la última visita del FMI al país. La Argentina negocia un programa de facilidades extendidas por la deuda de US$44.000 millones adquirida durante la gestión anterior, para lo que el organismo internacional demanda ordenar las cuentas públicas y reducir el déficit, calculado para 2021 en 4,5% del PBI.
Los gastos en seguridad social se llevan más de la mitad del presupuesto nacional, por lo que no hay mucho margen para una reducción del gasto sin afectar lo destinado a las jubilaciones, algo en lo que coinciden muchos economistas de diferentes vertientes. Según lo definido en el Presupuesto 2021, se invertirá el 51,5% de los fondos públicos en atender a 8,6 millones de jubilados, pensionados y retirados, y 4,4 millones de niños con la Asignación Universal por Hijo, entre otras prestaciones.
Los componentes de la fórmula
El texto aprobado el jueves, en simultáneo con el debate en Diputados por el aborto legal, prevé que en la actualización de las remuneraciones del sector pasivo se aplique un índice compuesto en partes iguales por la recaudación de los impuestos destinados a financiar a la Anses y el indicador que arroje el resultado más alto entre la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte) y el índice de evolución salarial que elabora el Indec. Sin embargo, la recaudación total de la Anses fijará un tope de los aumentos de los haberes.
Según los argumentos oficiales, este tope estuvo vigente entre 2009 y 2017, y es clave para “garantizar la sustentabilidad del sistema de seguridad social, evitando que los gastos crezcan sistemáticamente más que los recursos y el déficit previsional crezca sin control, como sucedió entre 2016 y 2019”.
El proyecto recibió dictamen favorable la semana pasada, durante una reunión de las Comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Presupuesto y Hacienda a la que asistieron el ministro de Trabajo, Claudio Moroni, y la titular de ANSES, Fernanda Raverta. En esa oportunidad, Raverta refutó las críticas de los legisladores de Juntos por el Cambio, que advirtieron que la aplicación de esta fórmula redundará en una pérdida del poder adquisitivo de los haberes jubilatorios al excluir la inflación. “Si la Argentina no crece, no hay fórmula de movilidad, ni fórmula de la Coca Cola que pueda favorecer a nadie. Nuestro gobierno vino a hacer crecer la Argentina. Esta fórmula es la que permitió que cuando creció la Argentina los jubilados también crecieran”, señaló.
La fórmula presentada comparte la esencia con aquella que se aplicó entre 2009 y 2017, y se diferencia de la impulsada por el gobierno de Mauricio Macri, que integraba a la inflación como elemento principal de cálculo, y cuya aplicación estuvo suspendida durante todo este año por un decreto del presidente Alberto Fernández. En el transcurso del año, la Casa Rosada implementó aumentos discrecionales, que, en el caso de las jubilaciones más bajas (más de la mitad), compensaron la inflación.
Según un informe de economistas del Ieral, de Fundación Mediterránea, el efecto fiscal alcanzado por el Gobierno al mantener suspendida durante todo este año la fórmula de movilidad jubilatoria fue una reducción del gasto público de más de $98.700 millones. Según calcularon, de haberse mantenido la fórmula anterior, los haberes de los jubilados serían, al finalizar el año, un 42% superiores, en términos nominales, a los vigentes al inicio de 2020. Por los decretos que establecieron subas según decisiones discrecionales, los pasivos recibirán una suba acumulada de entre 24,3% y 35,3%, dependiendo del nivel de ingresos. Por el contrario, el cambio del cálculo dispuesto por el Ejecutivo a cargo de Macri en diciembre de 2017 ocasionó una pérdida del salario real de los jubilados de 20 puntos porcentuales en dos años, según fuentes del ministerio de Guzmán.
Los cambios respecto del proyecto original
La iniciativa fue enviada al Congreso por el Poder Ejecutivo y, a sugerencia del Frente de Todos, se le hicieron cambios sustanciales. En el proyecto original. los aumentos con la fórmula de movilidad se iban a producir cada seis meses; ahora se definió que sean trimestrales, con lo cual habrá cuatro incrementos por año. Con el cambio de frecuencia, la recomposición de marzo próximo será inferior a la establecida en la iniciativa original, de manera que el Gobierno logrará su objetivo de moderar en marzo el gasto referido a la actualización de los haberes.
A cambio, la bancada oficialista impulsó que el incremento previsional del 5% otorgado discrecionalmente en diciembre no fuera a cuenta del aumento que se otorgará en marzo, tal como estaba previsto originalmente. De tal modo, habrá dos aumentos, en marzo y en diciembre.
Entrada en vigencia y agenda de aumentos
El proyecto de ley comenzará a utilizarse desde 2021, cuando venza el actual período de emergencia en la materia. Las actualizaciones se darán en los mismos meses en que se daban durante la vigencia de la fórmula de la ley 27.426 aprobada a fines de 2017, es decir, en marzo, junio, septiembre y diciembre. Así, la primera actualización sobre la base de esta fórmula de movilidad se hará efectiva a partir del 1° de marzo de 2021.
La Anses será la encargada de elaborar y aprobar el índice trimestral de la movilidad y realizará su posterior publicación. La norma establece, además, que la movilidad dispuesta será aplicable a las prestaciones de los regímenes especiales a las que no se les aplique un incremento específico.
DT