La jueza argentina María Servini de Cubría, quien investiga desde hace años los crímenes del franquismo ante la omisión de investigación judicial en España, procesó al exministro Rodolfo Martín Villa por homicidio y torturas durante el franquismo. En concreto dicta para él prisión preventiva que no se hará efectiva “en virtud de la eximición de la prisión dispuesta oportunamente por la Alzada” y un embargo de sus bienes hasta cubrir una suma de $1.134 millones, equivalente a casi diez millones de euros.
La base central del procesamiento son los asesinatos del 3 de marzo de 1976 en Vitoria-Gasteiz y el asesinato en los sucesos de Sanfermines en 1978.
Martín Villa ocupó una posición preponderante en esa estructura organizada de poder a través de la cual se propagaron las órdenes hacia quienes resultaron los ejecutores directos de los delitos
En el auto de procesamiento, de 970 páginas y al que tuvo acceso elDiario.es, la magistrada recuerda que “Martín Villa fue ministro de Relaciones Sindicales, integró el Consejo de ministros y ocupó una posición preponderante en esa estructura organizada de poder, para la época de los sucesos de Vitoria en marzo de 1976, donde resultaron muertos Pedro María Martínez Ocio, Rotulado Barroso Chaparro y Francisco Aznar Clemente, entre otros. Luego desempeñó el cargo de Ministro de la Gobernación o Interior, máxima autoridad de la estructura jerárquica del Orden Público, para el tiempo en que tuvieron lugar los hechos de los Sanfermines de Pamplona, el 8 de julio de 1978, en los que fuera asesinado Germán Rodríguez Saíz”.
Y prosigue: “Toda la estructura represiva montada por el régimen franquista siguió funcionando bajo la dirección ahora de la nueva dirigencia política a cargo del proceso de transición. Durante los primeros años se mantuvieron las normas, estructuras, agentes y las prácticas represivas propias de aquel y se les aseguró a las fuerzas del orden público la impunidad de su actuación por todos los medios a su alcance”.
En tal sentido, la jueza considera que Rodolfo Martín Villa “ocupó una posición preponderante en esa estructura jerarquizada de poder a través de la cual se propagaron las órdenes hacia quienes resultaron los ejecutores directos de los delitos”.
Otro elemento que permite reafirmar la responsabilidad del acusado es la garantía de impunidad de los ejecutores de las órdenes de represión
Y señala que “fue, como máxima autoridad del Orden Público -Ministro del Interior- que Villa impartió las directivas generales y a veces particulares en esa materia, respecto de cuáles eran las manifestaciones o reuniones que no debían tolerarse o que debían disolverse, pasando por los estamentos intermedios que retransmitían las órdenes superiores (Dirección General de Seguridad, Gobernadores Civiles, etc) hasta los ejecutores de las acciones concretas”.
También indica que “su intervención resultó central para la configuración de este acontecimiento, pues aquel no habría podido llevarse a cabo si el imputado, en calidad de Ministro del Interior, no hubiese brindado los medios necesarios a dichos efectos. Este es un aspecto más en el que se refleja el dominio que tuvo el nombrado del aparato de poder a través del cual se perpetraron los sucesos de Pamplona de 1978”.
Otro elemento que permite reafirmar la responsabilidad -en calidad de autor inmediato- del nombrado con respecto de los hechos ejecutados por el personal de las fuerzas de seguridad sometidas funcionalmente a él, es la garantía de impunidad de los ejecutores de las órdenes de represión (el sobreseimiento sistemático de las causas donde se denunciaron sucesos de esta índole).
“Sin que les importara matar o seguir matando”
“En efecto, para que el personal reprimiera las manifestaciones, reuniones, etc, de la manera que lo hacían, con la utilización sistemática de armas de fuego y sin que 'les importara matar' o 'seguir matando', exigía que desde los estratos superiores de la estructura de poder se otorgaran todas la seguridades acerca de que las acciones que iban a desarrollar sin ninguna interferencia y consecuencia para ellos”, prosigue el auto.
La magistrada añade que “Rodolfo Martín Villa retuvo -al menos en parte- el dominio de cada uno de los hechos verificados lo que lo convierte en autor (mediato) de esos sucesos criminales”.
Resuelvo decretar el procesamiento de Rodolfo Martín Villa (...) por considerarlo prima facie autor penalmente responsable del delito de homicidio agravado, reiterado en al menos 4 oportunidades.
La jueza considera a Martín Villa “prima facie autor penalmente responsable del delito de homicidio agravado, reiterado en al menos cuatro oportunidades, del que resultaran víctimas Pedro María Martínez Ocio, Rotulado Barroso Chaparro, Francisco Aznar Clemente, y Germán Rodríguez Saíz”.
Los tres primeros murieron asesinados durante la masacre de Vitoria el 3 de marzo de 1976, a consecuencia del ataque de la Policía Armada, que gaseó y disparó a manifestantes. Germán Rodríguez Saíz fue asesinado en los sucesos de los Sanfermines de Pamplona en julio de 1978, cuando las fuerzas de seguridad cargaron tras el despliegue de una pancarta en favor de la amnistía total. Rodríguez Saíz recibió un tiro en la frente y más de 150 personas resultaron heridas.
Por lo demás, la jueza indica que habrá que profundizar en la investigación de otros homicidios por los que está imputado Martín Villa, como el de Arturo Ruiz, quien fue asesinado de dos tiros por la espalda en Madrid en enero de 1977, “por ultraderechistas que colaboraban con la policía o la Guardia Civil”. Martín Villa era entonces ministro del Interior.