Hoy la Cámara de Diputados discute el proyecto de Ficha Limpia, enviado por el Poder Ejecutivo. Lo que está en discusión es la posibilidad de las personas condenadas penalmente de presentarse a elecciones. Actualmente, el Código Electoral impide que sean candidatos quienes hayan sido condenados a prisión, por una sentencia firme, por delitos dolosos. El proyecto de Ficha Limpia propone que para imposibilitar la candidatura de los condenados por ciertos delitos de “corrupción” no se requiera que la condena esté firme, sino que haya sido confirmada en “segunda instancia”. Esto implicaría que no podrían competir electoralmente personas cuyas condenas todavía pueden ser revocadas (lo que no sucede si la sentencia está firme).
En abstracto, o desde lo normativo, la discusión tiene cierta complejidad. Por un lado, aparece la presunción de inocencia. Una postura plantea que este principio, que rige hasta que una sentencia esté firme, hace inconstitucional negar los derechos electorales de una persona cuya condena todavía puede ser revocada. Otra postura arguye que la presunción de inocencia tiene alcances ceñidos al derecho penal, por lo que adelantar la inhabilitación electoral no vulneraría derechos constitucionales. Por otro lado, aparece la democracia. Para algunos, adelantar el momento en el que se impide que alguien sea electo supondría debilitar la calidad democrática. Para otros, disminuir la probabilidad de que gobiernen personas penalmente culpables puede verse como un fortalecimiento de la democracia.
El principal problema del proyecto de Ficha Limpia es que no se trata en abstracto: el momento histórico en el que se debate, las personas que lo debaten y las personas que potencialmente lo aplicarían parecen ser especialmente inadecuados para que se de una discusión de esta índole. Ficha Limpia llega al Congreso dos meses después de que la condena a Cristina Fernández de Kirchner en el caso Vialidad haya sido confirmada por la Cámara de Casación y poco antes de que se oficialicen las listas de candidatos a las elecciones legislativas de 2025. Con la normativa vigente y en su situación actual, CFK podría participar de esos comicios. Si se aprobara la ley de Ficha Limpia, no. Esta temporalidad hace que la discusión, con razón, sea percibida por todas las partes como una disputa sobre el destino político de CFK. En diciembre, el diputado Juan Manuel López, al señalar los riesgos de que no se aprobara el proyecto de ley no se refirió a las consecuencias institucionales generales, sino a los peligros de un triunfo de Cristina: “Ae van a tener que hacer cargo ustedes si la señora de Kirchner gana la elección”, sostuvo.
Algunos detalles del texto del proyecto también dan la imagen de una ley “anti Cristina” hecha a medida. La Constitución, en su artículo 36, habla de que quedarán inhabilitados electoralmente quienes cometan un delito contra el Estado que “conlleve enriquecimiento”. La Ley de Ficha Limpia, al enumerar los delitos por los que alcanzará una confirmación de condena para impedir una candidatura, incluye (pocas) figuras que no implican enriquecimiento. Entre ellas está la administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. No hay inconvenientes con que la ley vaya más allá que la Constitución, pero es llamativo que la adición sea, precisamente, la del delito por la que se condenó a CFK en la causa Vialidad. La redacción original del proyecto, que establecía que la nueva normativa “se aplicará únicamente en los casos en que la condena impuesta hubiera sido confirmada en segunda instancia, dictada antes del 31 de diciembre del año anterior al proceso electoral”, también calzaba justo para incluir a la expresidenta. Finalmente, lejos de ampliarse temporalmente (por ejemplo, a dictada antes de los dos años previos a las elecciones, para enviar suspicacias), esa parte del texto fue eliminada, con lo que también podría ser proscrito alguien condenado el día antes de un comicio.
Al momento que se eligió para presentar y debatir el proyecto se le agregan las crisis institucionales que atraviesan tanto el Congreso como la Justicia. La detención de Eduardo Kueider, quien cambió su voto al tratarse la Ley Bases, o la situación de Lucía Crexell, quien obtuvo una embajada antes de votar esa misma norma, generan la percepción de un Poder Legislativo que decide según intereses personales. Acusaciones como las que enfrentan Cristian Ritondo, a partir de una investigación de este diario, y Diego Santilli por operaciones millonarias en el exterior generan dudas sobre la probidad de quienes impulsan este proyecto para opinar y decidir sobre el combate a la corrupción. La situación de la Justicia, que de aprobarse el proyecto tendría una voz todavía más determinante en la definición de los escenarios democráticos, es todavía peor.
El Poder Judicial se encuentra desde hace varios años en su piso histórico de imagen positiva. El Índice de Confianza en la Justicia (ICJ) publicado semestralmente por la Universidad Torcuato Di Tella y el Foro de Estudios sobre la Administración de la Justicia reflejó que la falta de confianza es especialmente pronunciada cuando se valora su deber de control respecto de los poderes político y económico. Frente a la pregunta de si el Poder Judicial es confiable a la hora de tratar a todos por igual, el 88% señaló que, a la hora de decidir, la Justicia se ve influida por los medios económicos, los contactos o la afiliación política de las personas. A la hora de valorar sobre la honestidad y honradez del Poder Judicial, el 90% lo hizo de manera negativa.
Esta desconfianza es especialmente pronunciada en el caso específico por el que CFK no podría competir si se aprueba Ficha Limpia: que los jueces y el Fiscal que la condenaron jugaran juntos al fútbol, que durante el juicio uno de ellos mostrara, provocativamente, una taza del equipo que compartían, o que dos de los miembros de la Cámara que confirmó la condena visitaran a Mauricio Macri en Olivos hacen todavía más problemática una eventual proscripción. A esto se suma un momento casi sin precedentes de “rebelión judicial”, en el que los superiores tribunales de la Justicia Nacional se niegan a cumplir una sentencia de la Corte Suprema, por considerarla inconstitucional. ¿Cómo explicarle a la gente que no puede votar a una persona que la representa porque la condenó una Cámara, cuando muchas Cámaras no cumplen siquiera un fallo de la Corte?
Tal vez, en otro momento, con legisladores probos y un Poder Judicial intachable, podría discutirse la posibilidad de restringir las posibilidades electorales de quienes tengan una condena confirmada por segunda instancia. El contexto actual, en un año electoral, con una de las candidatas más populares del país en riesgo de no poder competir si se aprueba el proyecto, y con un Poder Judicial diezmado, parece el peor posible.
Ya hoy, sin una condena firme, hay mecanismos para que una persona presuntamente corrupta no acceda un cargo: desde la declaración de inhabilidad moral por parte del Congreso, utilizada en los casos de Bussi y Patti, hasta la más llana negativa del pueblo a votar a candidatos que considere corruptos. La experiencia de Brasil, recordada hoy por el Diputado Pichetto, es el mejor ejemplo de las consecuencias de otorgarle poder a jueces deslegitimados en contextos electorales complejos y de judicialización de la política. A Lula se le negó la posibilidad de competir por la confirmación de una condena en segunda instancia, exactamente lo que propone Ficha Limpia. Cuando la causa llegó al Tribunal Supremo Federal de Brasil, que la consideró “un error histórico”, el daño ya estaba hecho: Lula no pudo presentarse y millones de personas no pudieron votar a quien más los representaba. Repetir ese escenario sólo aumentaría la polarización, la desconfianza en el Poder Judicial y la crisis de representación que hoy definen a nuestro país.
Nota editorial: uno de los autores, Marcos Aldazábal, es abogado de CFK en la causa por el intento de homicidio de septiembre de 2022.