Aunque ocho de cada diez detenidos por investigaciones sobre delitos de lesa humanidad gozan de prisión domiciliaria, el reclamo de que los represores mayores de 70 años cumplan sus arrestos en sus casas vuelve a aparecer como la punta de lanza de los defensores de militares acusados por crímenes durante la última dictadura. La llegada al poder de La Libertad Avanza le da nuevo espesor a un pedido histórico de grupos que reivindican la “lucha contra la subversión” y a la vez esgrimen argumentos humanitarios en favor de los exmiembros de las fuerzas armadas y de seguridad, cuya liberación se plantean como verdadero objetivo de fondo.
En una carta de lectores enviada al diario La Nación, la activista prodictadura Cecilia Pando y varias familiares de represores condenados −entre ellas, las hermanas de Alfredo Astiz− presionaron públicamente al nuevo gobierno para que opere en favor de su reclamo: “¿Por qué las autoridades no cumplen con las promesas hechas a los familiares de las víctimas del terrorismo judicial de hoy y abandonan a quienes lucharon también por las vidas de ellos y los retienen presos hasta los 100 años sufriendo tratos crueles y degradantes?”.
En enero Pando afirmó en una entrevista con Radio Con Vos que durante la campaña electoral hubo contactos por ese tema con la vicepresidenta Victoria Villarruel, otra defensora de la “guerra contra el terrorismo” que está distanciada con Pando desde hace años. “Hubo personas [que firmaron la carta a La Nación] que hablaron con Victoria −dijo Pando−. Ella se dedica a solucionar el tema de las víctimas del terrorismo y después se le habrá planteado el tema jurídico de los militares”. Consultada sobre las “promesas” incumplidas del gobierno, Pando aseguró que fueron hechas por el “entorno” de Villarruel, aunque se negó a dar nombres.
Según estadísticas de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad, actualizadas a diciembre de 2023, actualmente sólo el 18% de las personas investigadas por delitos de lesa humanidad atraviesa el proceso judicial bajo arresto. De ese total, el 77% está en prisión domiciliaria, el 14% permanece en dependencias penitenciarias federales o provinciales y el 9% se aloja en la unidad penal de Campo de Mayo. La proporción de detenidos en sus hogares viene creciendo sin interrupciones desde hace casi una década.
Aun así, el asunto perdura como uno de los principales caballos de batalla de los grupos prorepresores, y acaso como el que ven más realizable. La prisión domiciliaria para adultos mayores es un beneficio previsto en la ley argentina que contempla las dificultades médicas que la cárcel común puede acarrearles. Aunque se trata de una prerrogativa exclusiva de los jueces, Pando y compañía se mueven con la idea de que la vía para motorizar su exigencia es la política.
Ya durante el gobierno de Mauricio Macri, el reclamo había encontrado eco entre funcionarios como el entonces jefe de Gabinete, Marcos Peña, y el ministro de Justicia, Germán Garavano, quienes en público o en privado sostenían que la domiciliaria para adultos mayores debía correr también en casos de lesa humanidad. “A priori entendemos que tiene criterio que una persona mayor, ya que la cárcel está planteada como lugar de rehabilitación, esté detenida en su casa”, dijo Peña en 2016, cuando le preguntaron sobre la excarcelación del represor Miguel Etchecolatz.
Con La Libertad Avanza en el gobierno, el tema reaparece no sólo en la agenda política sino también judicial. La primera reunión del nuevo ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, con un órgano de la Justicia ocurrió el pasado 19 de diciembre, cuando visitó sin agenda a los jueces de la Cámara Federal de Casación, máximo tribunal penal del país. Un día antes de recibir al ministro, la sala IV de la Cámara, integrada por Mariano Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo Hornos, le dio trámite a un recurso de la defensa de Diego Chemes, represor del centro clandestino de detención El Vesubio, para que la Casación celebrara un plenario para unificar su doctrina en torno a la concesión de domiciliarias para mayores de 70 años.
El planteo se elevó al presidente de la Cámara, el propio Borinsky, quien lo metió por fuera del orden del día en una reunión con los presidentes de las cuatro salas que estaba prevista para la mañana del 19, es decir, un rato antes del encuentro con Cúneo Libarona. La maniobra tomó desprevenido e irritó al presidente de la sala II, Guillermo Yacobucci, quien se opuso a fijar el plenario y forzó a que quedara en suspenso. Curiosamente, Yacobucci suele ser propenso a conceder domiciliarias a represores, mientras que Borinsky suele votar en contra.
Aunque Cúneo ni mencionó el tema en la reunión con los magistrados, en la propia Casación hay quienes se preguntan si no hubo una intención frustrada de “ofrendarle” un gesto al ministro. “La carta de protesta a La Nación la mandaron justo después de Año Nuevo −observa un funcionario judicial−. ¿Y si la ‘promesa incumplida’ era que los presos pasaran las fiestas en casa?”.
Con la composición actual de jueces, hoy ninguna sala de la Casación tendría mayoría a favor de la domiciliaria automática para represores. Dos días antes de la polémica por el plenario, la Corte Suprema también había dado una fuerte señal en contra al anular las domiciliarias concedidas a dos ex policías santafesinos condenados por crímenes de lesa humanidad. La Corte ratificó su criterio de que no basta con que un detenido sea mayor de 70 años, sino que también debe acreditarse que la permanencia en la cárcel común puede impedir su adecuada atención médica.
Se trata de un tema sensible y dentro del propio movimiento de derechos humanos hay voces que admiten el argumento humanitario como criterio general. Sin embargo, la mayoría de los organismos defiende que el beneficio no es automático, sino que se trata de una potestad de cada juez y que las circunstancias de cada preso deben revisarse de modo particular.
Las querellas de H.I.J.O.S., Abuelas de Plaza de Mayo y otros organismos advierten que el arresto domiciliario implica un menor control del Estado, lo que conlleva un mayor riesgo de incumplimiento de las penas, fuga de los presos y obstaculización de las investigaciones. “Esto es fundamental en los casos de prisión preventiva, porque hablamos de personas que formaron parte de un aparato organizado de poder con cobertura estatal −dice Anabella Montaner, abogada de H.I.J.O.S.−. Esas estructuras aún pueden ser funcionales a fugas, destrucción de pruebas o amenazas contra la integridad de los testigos, como ocurrió con Jorge Julio López”.
Según Montaner, en los casos de represores condenados, “la cárcel común se fundamenta además en la necesidad de que la sanción sea proporcional a los crímenes: estamos hablando de delitos contra la humanidad que se siguen perpetuando hasta hoy, porque los responsables siguen sin decir dónde están las y los nietos apropiados y los cuerpos de los desaparecidos”.
FFB/JJD