Todas las personas que tienen DNI argentino y domicilio en el exterior están automáticamente habilitadas para votar en las elecciones generales del próximo 22 de octubre. Para quienes viven fuera del país el voto es optativo, a diferencia de lo que ocurre con quienes residen en la Argentina, donde es obligatorio. Además, se utiliza el sistema de boleta única.
El voto se realiza de forma presencial en la representación consular correspondiente al lugar donde el elector resida, siempre que figure en el Registro de Electores Residentes en el Exterior. Solamente podrá votar en la mesa en la que esté inscripto.
En esta web oficial todos los electores, tanto los que viven en el país como los que viven fuera, pueden averiguar su sede de votación. Además, ingresando en la página oficial de Embajadas y Consulados los electores radicados en el exterior pueden acceder a las direcciones de las embajadas y los consulados argentinos en el mundo.
A diferencia de los extranjeros que viven en el país, que pueden votar únicamente a cargos locales como gobernador, legisladores provinciales, intendentes y concejales, entre otros, los argentinos que viven fuera del país únicamente pueden elegir presidente, diputados y senadores. El distrito al cual el votante elige legisladores nacionales se asigna de acuerdo con su último distrito de residencia acreditado en la Argentina y, si no lo tiene, el lugar del país donde nació.
Para poder votar, además de tener DNI y domicilio en el exterior, hay que ser mayor de 16 años. El horario es siempre de 8 a 18 de la ciudad en la que se encuentre el votante.
El instrumento de votación es una boleta única diseñada por la Cámara Nacional Electoral, idéntica para todos los países, que destaca el distrito electoral, la categoría de los candidatos, la fecha de la elección y la leyenda “Voto por los candidatos oficializados del partido”.
La papeleta contiene tantas divisiones como agrupaciones políticas compiten y esas divisiones contienen el nombre y número de identificación de la agrupación política, ordenadas de manera creciente, y un espacio para la emisión del voto. Estas divisiones pueden incluir el logotipo de la agrupación política y el nombre del primer candidato o candidata.
La autoridad de mesa entrega al votante una boleta oficial correspondiente al distrito en el que debe votar, firmada en el acto de su puño y letra. Luego, el elector pasa al cuarto oscuro para marcar en la boleta el espacio correspondiente al partido de su preferencia. Finalmente dobla la boleta, la cierra y la introduce en la urna.
Con información de Reverso y la Cámara Nacional Electoral.
IG