Mediante el Decreto 1083/24, publicado el martes pasado en Boletín Oficial, quedó sin efecto la ley 26.160. Esta norma, vigente desde hace 18 años, declaraba la emergencia territorial, ordenaba el relevamiento de comunidades indígenas y prohibía los desalojos hasta que completarse el relevamiento de las tierras ancestrales.
El decreto dio por “finalizada la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas originarias del país”. Entre los argumentos utilizados por el Ejecutivo para derogar la norma, aparence las sucesivas prórrogas a la situación de emergencia que terminaron generando “inseguridad jurídica y una grave afectación al derecho de propiedad de los legítimos dueños, o los derechos de sus arrendatarios”, “un uso abusivo, subjetivo y discrecional del reconocimiento previsto por la ley en cuestión, por parte de las comunidades indígenas”.
El decreto refiere a empresas y particulares como “legítimos propietarios”. Federico Sturzenegger, Ministro de Desregulación y Transformación del Estado, celebró la medida, aludiendo a una supuesta lesión al “derecho a la propiedad” (privada). Sin embargo, para organizaciones, activistas y expertos, esta decisión representa un triunfo del modelo extractivista a través de la confiscación a los pueblos originarios. Se espera que al menos 250 causas judiciales puedan reactivarse, lo cual afectaría la permanencia y subsistencia de comunidades, a lo largo y ancho del país.
“Desde 1492, los pueblos originarios, sujetos preexistentes a los Estados, venimos sufriendo un atropello sistemático de genocidio y etnocidio por parte de la empresa colonizadora e imperialista. Hoy, el Gobierno retoma ese camino de persecución, odio y racismo”, aseguran desde el Encuentro Nacional de Organizaciones Territoriales de Pueblos Originarios (ENOTPO).
“Derogar derechos por decreto es propio de un gobierno autoritario. Negar la registración comunitaria y la delimitación territorial es violentar los derechos adquiridos, contradiciendo la Constitución Nacional y los derechos internacionales”, agregan.
La Constitución reconoce en su artículo 75 “la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas”. Asimismo, establece la obligación de garantizar “la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que ocupan” y “regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano”.
El Convenio 169 de la OIT, incorporado mediante la ley 24.071, es considerado el marco más completo para el reconocimiento de los derechos indígenas. Argentina, además, ha adherido a múltiples declaraciones de la ONU y la Organización de Estados Americanos en esta materia.
ENOTPO denuncia que el país busca “congraciarse con las élites del poder concentrado mundial, poniendo al país en un estado de inseguridad jurídica muy peligrosa”. Y que el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas se ha convertido en “una oficina libertaria que convalida los atropellos, saqueos y usurpaciones”.
Uno de los conflictos más resonantes fue el que la comunidad mapuche Paicil Antriao de Bariloche mantuvo con el ex basquetbolista Emanuel Ginóbil por 12 hectáreas de las 625 que el Estado nacional le reconoció a esa comunidad a principios del siglo XX. Ginóbili había denuniciado por usurpación a la comunidad, pero la justicia acabó dándole la razón a los mapuches cuyas tierras habían sido relevadas en el marco de la ley 26.160.
Impacto en los derechos indígenas
María José Venancio, abogada del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), explica que la ley 26.160, de 2006, venía siendo “vaciada en su contenido y vulnerada en sus principios de protección de los territorios indígenas”. Muchos relevamientos territoriales habían sido suspendidos y se emitieron decenas de órdenes de desalojo, incluso contra comunidades con relevamientos concluidos y aprobados.
El CELS va a informar de la reciente derogación a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a la Relatoría de pueblos indígenas y al Alto Comisionado de derechos humanos de Naciones Unidas.
La letrada destaca que la mayoría de las disputas actuales se concentran en la Patagonia –con fuerte presencia mapuche– y en el norte. Ambas regiones fueron las primeras en adherir al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), que favorece las industrias extractivas.
En estas provincias se vulnera el derecho a la consulta y al consentimiento de los pueblos indígenas. Se han promovido protocolos y modificaciones legislativas, como en Jujuy, para simular procesos de consulta, sin respetar los órganos de representación histórica. Esto ocurre especialmente en territorios vinculados a la minería, hidrocarburos, litio y negocios inmobiliarios“, señaló la letrada. Además, afirma: ”Los derechos humanos se convierten en un obstáculo para el desarrollo de estos modelos productivos, sustentados en discursos racistas y discriminatorios“.
Sin ir más lejos, en 2023, el gobernador de Mendoza Alfredo Cornejo afirmó que “no hay ni hubo mapuches en Mendoza”. En enero de este año, el gobernador de Chubut, Ignacio Torres, apuntó, sin pruebas, contra el pueblo mapuche por un incendio en el Parque Nacional “Los Alerces”, cuestionando su identidad. Al enfrentamiento contra el pueblo mapuche se suma la Ministra de Seguridad Patricia Bullrich, responsable de frases como “basta de terroristas disfrazados de mapuches en Argentina”.
Una ¿segunda “campaña al desierto”?
Gabriel Jofre, profesor de historia y autoridad de la organización Identidad Territorial Malalweche (perteneciente al pueblo mapuche en la provincia de Mendoza), enfatiza que no se debe hablar de “retroceso” como un hecho consumado. En cambio, sugiere que se vive un momento de enfrentamiento de modelos, con lugar para la resistencia.
Jofre señala que la sanción de la ahora derogada ley 26.160 había representado un punto cúlmine en el derecho indígena en Argentina. “El proceso de relevamiento visibilizó disputas en áreas donde las comunidades luchaban por permanecer en sus territorios ancestrales o recuperar aquellos de donde habían sido desplazadas. También mostró los intereses económicos en zonas ricas en bienes naturales”.
“El actual gobierno nacional ha profundizado esta tensión, avanzando en políticas que priorizan los intereses corporativos”, alega Jofre. En este contexto, enmarca la cada vez mayor convergencia de las demandas indígenas y ambientalistas.
Para Jofre, el modelo impulsado por el gobierno nacional de desarrollo perpetúa las lógicas de “neocolonialismo”; una nueva “campaña al desierto”. “Históricamente, los pueblos indígenas han sido acusados de fragmentar los Estados nacionales o promover el separatismo. Sin embargo, no buscan dividir, sino replantear la relación entre las comunidades y los territorios, considerando una cosmovisión donde el vínculo espiritual y cultural con la tierra trasciende las divisiones geopolíticas modernas”, concluye.
La posición de La Libertad Avanza quedó evidenciada en noviembre, cuando Argentina votó en contra de una resolución de la ONU para fortalecer el marco normativo internacional de protección a los derechos humanos de los pueblos indígenas. “Hay una campaña de estigmatización y persecución del gobierno, y tiene que ver con los recursos naturales. Solo en Mendoza, hay 34 proyectos mineros que no han sido consultados”, indica Sandra Silva. Ella es werkén del Lof mapuche Pewel Katuwe, de San Rafael Mendoza, y referente de la Organización Nacional Mujeres Originarias en Lucha por el Territorio (MOEL).
De acuerdo con MOEL, los derechos conquistados peligran, de la mano del “cambio climático, la situación económica, el avasallamiento a los pueblos”. La cuestión de género se mezcla con la ambiental e indígena. “Creemos en la dualidad, pero nuestra cultura es matriarcal”. Insiste en que la presencia de las mujeres originarias es fundamental para defender el territorio.
Derechos de la naturaleza y comunidades originarias
Diversos tratados vinculados a la protección del medioambiente también resguardan los derechos de los pueblos originarios. Ana Di Pangracio, directora ejecutiva adjunta de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), detalla que el rol de los pueblos originarios como custodios de la biodiversidad fue reconocido hace más de dos décadas, en el texto del Convenio sobre la Diversidad Biológica de 1992, ratificado en el país mediante la ley 24.375.
Este año, durante la Conferencia sobre Biodiversidad (COP16) en Cali, se creó un órgano subsidiario para proteger los conocimiento tradicionales de los pueblos indígenas y las comunidades locales asociados a la biodiversidad. Sin embargo, hay una gran brecha entre el texto y la implementación.
Pía Marchegiani, también directora ejecutiva adjunta de FARN, destacó que el Acuerdo de Escazú exige proteger a quienes defienden el ecosistema. “El gobierno está ignorando estas obligaciones”, advirtió. La especialista enfatizó que el modelo extractivista actual promueve una explotación de recursos sin criterios responsables ni evaluaciones de impacto ambiental, lo que pone en riesgo tanto el medio ambiente como el diálogo democrático e intercultural que el país debería consolidar.
JB/MG
Este artículo contó con el apoyo de la Fellowship impulsada por Earth Journalism Network en el marco de la COP16.