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Disminuye la recaudación
Paquete fiscal de la ley Bases: ¿cómo quedan el impuesto a las Ganancias y a los Bienes Personales?

En el caso de los casados con dos hijos, el impuesto a las ganacias comenzaría a correr a partir de los $2.400.000.

Ivo Cortazzo

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La aprobación de la ley bases trajo euforia política en el oficialismo y fuerte optimismo en los mercados. Sin embargo, algunos capítulos del paquete fiscal le impidieron al Gobierno asegurarse una victoria total. La no restitución de ganancias y no modificar Bienes Personales estarán en el centro del debate cuando el proyecto vuelva a Diputados.

A la espera de una posible modificación en la Cámara de Diputados, el capítulo fiscal de la Ley Bases –aprobada el miércoles por la noche por el Senado–, presupone un triunfo en particular más moderado para el oficialismo, en comparación con la aprobación del proyecto en general. La no aprobación de la restitución del impuesto a las ganancias –algo esperado– para la cuarta categoría, si bien no destiñe la victoria política, sí disminuye la recaudación potencial futura necesaria para seguir sosteniendo el equilibrio fiscal.

Por su parte, la no elevación del piso para el pago de Bienes Personales y el mantenimiento de la alícuota –2,25%– para los bienes declarados en el exterior sí generaron sorpresa en el oficialismo. Este es un punto controversial ya que si bien, Bienes Personales es un impuesto progresivo, el Gobierno argumenta que, una reducción en este tributo, incentivará el blanqueo de activos externos e internos no declarados. 

Por otro lado, el hecho de que la ley se haya aprobado recién a mitad de año –cuando el objetivo inicial era aprobarla en enero– le supone una pérdida tal de recursos fiscales al Gobierno por el lado de los ingresos que lo obliga a ser mucho más agresivo fiscalmente que en su plan original. 

Nadin Argañaraz, economista del IARAF argumentó que “el análisis de impacto fiscal del Paquete fiscal aprobado en el Senado debe hacerse integralmente y comparando la situación con aprobación versus la situación sin aprobación. Con la aprobación, el obierno obtiene la posibilidad de la moratoria y de la regularización de activos, lo que seguramente va a generar, entre otros objetivos, un ingreso fiscal neto, tanto para la Nación como para las provincias. Con la sanción de anoche, el Gobierno nacional y las provincias resignarían la posibilidad de tener un aumento anual de ingresos del orden de 0,4% del PBI, un 0,24% para provincias y CABA y un 0,16% para Nación”.

“Desde el punto de vista de los ingresos fiscales potenciales, lo ideal para Nación y Provincias era que el paquete fiscal se apruebe completo. La realidad es que tuvo una aprobación parcial, con menores ingresos potenciales. Dado que en mayo la recaudación de ganancias, debido al aumento de ingresos de capital originados en la devaluación del peso de diciembre, tuvo un salto extraordinario del orden del 0,4% del PBI, el impacto de esta sanción del Senado llega en una situación muy distinta a la que se tendría sin esta recaudación extra. Se podría decir que la Nación y las provincias resignan por ahora, un ingreso anual extra de 0,4% del PBI, prácticamente igual al ingreso extra que tuvo este año mayo por la liquidación de ganancias de balances de empresas que cerraron el 31 de diciembre”, concluyó el especialista.

Roberto Arias, director ejecutivo del Centro de Asuntos Fiscales, ponderó el resultado fiscal alcanzado hasta ahora por el oficialismo y dijo que “el Gobierno del lado fiscal está bastante cómodo ya que durante el primer cuatrimestre tuvo un resultado muy positivo y, durante mayo, tuvieron una recaudación por encima de la inflación, lo cual seguirá impactando de manera positiva en el resultado fiscal. Sosteniendo este nivel de ajuste en jubilaciones, salarios públicos, obra pública y subsidios, creo que van a estar muy bien en lo que resta del año, en términos fiscales. Por estos motivos no me parece que sea un tema grave que no se apruebe lo de ganancias ni lo de bienes personales, de hecho, el ministro Caputo había dicho que si se aprobaban estas modificaciones iban a bajar el impuesto país, que es un impuesto muy distorsivo y que, al igual que derechos de exportaciones, deberían ser los dos primeros a bajar”.

Para finalizar agregó que “un punto específico es lo de bienes personales ya que eso afectaría al blanqueo porque nadie va a traer dinero para pagar las alícuotas vigentes. Igualmente, imagino, que diputados va a insistir con estas modificaciones, con lo cual deberían quedar vigentes. Me sorprende que, tanto ganancias como bienes personales no se hayan aprobado porque es algo que beneficia mucho a las provincias porque son impuestos coparticipables”.

Ganancias y Bienes Personales: Dos impuestos progresivos.

Ambos impuestos tienen la característica –en su espíritu– de gravar a las personas de mayores recursos e ir aumentando las alícuotas a medida que los ingresos –en el caso del impuesto a las ganancias– y los activos patrimoniales -en el caso de los bienes personales- van incrementándose. Esta cualidad hace que dichos impuestos estén catalogados como progresivos ya que paga más el que más tiene. 

La iniciativa aprobada por Diputados -que no fue aprobada en el Senado- respecto a la restitución del impuesto a las ganancias para la cuarta categoría establecía un piso de $1.800.000 a partir del cual, el porcentaje de pago mínimo alcanzaba el 5%. En el caso de los casados con dos hijos, el impuesto comenzaría a correr a partir de los $2.400.000. 

En un momento de crisis socioeconómica tan fuerte, además del impacto en términos fiscales de la restitución del impuesto a las ganancias, se encuentra el impacto distributivo. Si bien, un piso de $1.800.000 no parece ser un alto ingreso en términos históricos y/o comparativos con otros países de ingreso similar al de Argentina, hoy sí está por encima de la gran mayoría de los ingresos de la población en general. Si el equilibrio fiscal es la regla, es importante diseñar esquemas que permitan llegar a dicho equilibrio minimizando, lo máximo posible, el sufrimiento de la población en general y, de los que menos tienen en particular.

IC/MG

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