ALGO EN COMÚN Opinión

La dignidad, ese anhelo

18 de enero de 2024 10:02 h

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En un discurso que un sector de la prensa no duda en calificar de sorprendente, desmedido, que causa estupor y desconcierto, el presidente Milei presentó en Davos su particular mirada de las razones para el progreso económico en el mundo descargando su bronca sobre oponente geopolíticos con datos incomprobables de periodos históricos en los que no existían los registros estadísticos. 

En un discurso de más de 3.500 palabras en el que solo menciona dos veces a las mujeres, atribuye a una teoría conspirativa del “socialismo” y de los “modelos colectivistas” los intentos por instalar una agenda con “supuestos conflictos sociales nocivos para la vida en comunidad y para el crecimiento económico” tal como “la pelea ridícula y anti natural entre el hombre y la mujer”.  

En dos párrafos declama que “el libertarismo ya establece la igualdad entre los sexos” y que “la piedra fundamental de nuestro credo dice que todos los hombres somos creados iguales, que todos tenemos los mismos derechos inalienables”. A continuación, ignorando las distintas corrientes y teorías políticas feministas, califica de “feminismo radical” al que atribuye promover una mayor intervención del Estado “para entorpecer el proceso económico, darle trabajo a burócratas que no le aportan nada a la sociedad, sea en formato de ministerios de la mujer u organismos internacionales dedicados a promover esta agenda”. 

El discurso en Davos es solo una muestra de su mirada despectiva respecto del feminismo y las mujeres, su desconocimiento del rol de los organismos nacionales e internacionales que promueven el respeto y los derechos de las mujeres y que tienen como misión contribuir a generar las condiciones para que la promesa de igualdad pueda ser una realidad en las vidas concretas de tantas personas, en particular de las niñas y mujeres. Si revisara las estadísticas (científicas, documentadas, públicas) en las que se muestra el impacto de las distintas formas de violencia en la salud, las condiciones de vida, las oportunidades de inserción laboral de las mujeres, tal vez se podría empezar a explicar por qué las instituciones y profesionales que dedican su trabajo a ese esfuerzo están muy lejos de ser “burócratas que no le aportan nada a la sociedad”.  El impacto positivo de muchos de los programas que se han implementado en Argentina y en la región está documentado. Ese impacto es positivo aunque todavía insuficiente y no precisamente por un exceso de intervención estatal. 

En todo caso, es curioso que el presidente señale como ridícula la reivindicación de la igualdad de género porque “el libertarismo ya establece la igualdad entre los sexos” y al mismo tiempo avance en la Cámara de Diputados el proyecto de ley presentado por el Poder Ejecutivo con más de 600 artículos en el que, entre una marea de temas diversos escudados detrás de una declaración de emergencia, propone eliminar el respeto por la dignidad de las personas.

Son tantos los temas que toca este proyecto de Ley ómnibus y tan vertiginosos los tiempos que el Poder Ejecutivo pretende imprimir al proceso de debate, que es imposible tratar con seriedad ninguna de las dimensiones que busca reformar. A lo largo de tres días, con una pincelada de acercamiento a la participación ciudadana, pasaron por el Plenario de Comisiones de la Cámara de Diputados más de 150 personas representando a sectores muy diversos. Se escucharon allí las voces de distintas organizaciones de derechos humanos, referentes de economías regionales, asociaciones profesionales, referentes de la cultura, organismos públicos de defensa de derechos.

Entre tantos temas, pasó un poco desapercibido un hilo conductor que vincula algunos aspectos de la propuesta de reforma con esa mirada del mundo presentada en Davos: la falta de consideración de los seres humanos como seres libres e iguales en dignidad y respeto. 

El artículo 361 del proyecto denominado “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos” propone reformar el artículo 1004 del Código Civil y Comercial sobre el objeto prohibido en los contratos. En su redacción actual, el Código Civil y Comercial dice que “No pueden ser objeto de los contratos los hechos que son imposibles o están prohibidos por las leyes, son contrarios a la moral, al orden público, a la dignidad de la persona humana, o lesivos de los derechos ajenos”. 

En el proyecto se propone eliminar la prohibición de celebrar contratos que sean contrarios a la dignidad humana. La propuesta es dejar como único límite a la libertad de contratación los hechos imposibles (porque son materialmente de imposible cumplimiento, como contratar a una persona para construir un edificio en Marte) o contrarios a “derechos ajenos”.  Pero ya no sería un problema contratar con un objetivo que sea contrario a la moral y al orden público, o a la dignidad de la persona humana. 

El concepto de dignidad humana deriva del derecho internacional de los derechos humanos, más precisamente, del artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos que es parte de nuestra Constitución Nacional a partir de la reforma de 1994: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”.

La Declaración Universal de Derechos Humanos comienza con esa unívoca afirmación de un sentido compartido de humanidad. El documento fue aprobado por las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948 como respuesta a los “actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad” que se habían cometido durante la Segunda Guerra Mundial. Adoptar ese documento fundante de los derechos humanos, cimentados en los valores de la libertad, la justicia y la paz, implicaba para la Organización de las Naciones Unidas ofrecer un plan de acción global para la libertad y la igualdad, protegiendo a todas las personas en todos los lugares. 

Dejar como único límite a la libertad de contratación los hechos imposibles o contrarios a “derechos ajenos” es alarmante pero consistente con la forma en que el titular del Poder Ejecutivo y quienes se identifican como referentes de su pensamiento, evitan reiteradamente toda referencia a la Constitución nacional reformada en 1994. En numersosas oportunidades han reivindicado exclusivamente la sanción de la Constitución de 1853. 

Hay un hilo conductor que permite comprender el vínculo entre esta propuesta y otras reformas incluidas en la Ley Ómnibus. 

En los Arts. 504 y siguientes del proyecto proponen eliminar de la Ley de los 1000 dias (una ley que busca articular las políticas sociales disponibles durante la primera infancia) toda referencia a las “mujeres” que pasan a ser “madres”, convirtiéndolas en el medio que sirve a un objetivo distinto de sí mismas. De igual forma, se eliminan las referencias a la autonomía progresiva de niños, niñas y adolescentes, contradiciendo otras leyes vigentes y la Convención de derechos del niño. En defensa de la propuesta de reforma, el Secretario de Niñez, Adolescencia y Familia de la Nación sostuvo reiteradamente ante el Plenario de Comisiones que los niños y niñas merecen protección porque “son el futuro de la patria”. 

Con más de la mitad de los niños y niñas del país sumidos en la pobreza, es indispensable afirmar que ellos no son el futuro de la patria: son el presente de sus vidas. Ese es el compromiso y la obligación que el Estado tiene con con cada uno de ellos. De la misma forma, las mujeres no se definen por su rol materno sino que llegan a ejercerlo si esa ha sido su decisión, autónoma, libre e informada tal como también les reconocen las leyes vigentes.

Proponer una política pública para defender el futuro de la patria es instrumentalizar a las personas afectando su dignidad. Allí se entiende el hilo conductor al que me refería: la dignidad no es un valor a proteger para este proyecto. 

Lejos de “ampliar derechos” como argumentó el Secretario de Niñez, Adolescencia y Familia en su presentación ante el Plenario de Comisiones de Diputados, esta reforma incorpora una política focalizada en las poblaciones que identifica como “vulnerables” (un concepto impreciso y no jurídico) a quienes se propone “buscar activamente y detectar” (art. 523), reemplazando una política universal que se ha implementado de manera exitosa (en cojunto con el Plan ENIA para la prevención del embarazo no intencional en la adolescencia) por otra política focalizada, más cara e ineficiente que avasalla la autonomía de sus destinatarias. 

En un sentido similar, en la Ley Micaela (Arts. 535 y siguientes) se propone modificar el sentido de una política que no mide sus resultados por la cantidad de femicidios evitados (porque no es ese su objetivo), sino por la calidad de la atención que esos agentes públicos con mayor sensibilización y capacitación puedan haber brindado a mujeres y otras personas que interactuaron con el Estado, sin revictimizarlas, sin menoscabar su dignidad y derechos. Es más, el proyecto propone eliminar el último párrafo de la Ley Micaela en el que se indica que el Estado debe publicar “una reseña biográfica de la vida de Micaela García y su compromiso social, así como las acciones del Estado vinculadas a la causa penal por su femicidio”.  Se propone eliminar así un acto de reparación, de dignidad. Pero claro, la dignidad no es un valor a proteger para este proyecto. 

En todo caso, ni en el mensaje que acompaña la presentación del proyecto ante la Cámara de Diputados ni en las intervenciones de los distintos funcionarios, se ha logrado explicar el vínculo entre las medidas regresivas que proponen y aquellas necesarias para reducir la inflación, el déficil fiscal o comenzar a resolver la crisis económica y financiera en la que indiscutiblemente se encuentra la Argentina.

Con esa es la preocupación en mente, no parece conducente ni prioritario reemplazar políticas, organismos, rehacer los materiales y capacitaciones involucrando a organismos sin experiencia ni calificación, generando un dispendio de recursos públicos (Art. 537).

No hay crisis económica que justifique borrar a las mujeres de las políticas públicas, torcer el sistema electoral para quitarlas de los lugares de representación (porque ese es el impacto del sistema electoral de circunscripciones uninominales en la ley de paridad) ni que justifique avasallar nuestra dignidad y nuestros derechos.

Natalia Gherardi es directora ejecutiva de ELA

ELA – Equipo Latinoamericano de Justicia y Género es una organización de la sociedad civil apartidaria y feminista, creada en 2003 que trabaja para alcanzar una sociedad más justa y equitativa, promoviendo los derechos humanos de las mujeres y la igualdad de género a través del derecho y las políticas públicas. www.ela.org.ar @EquipoELA