ARA San Juan: Casación revisará el sobreseimiento de Macri, Arribas y Majdalani

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El sobreseimiento del expresidente Mauricio Macri en la causa que investiga el supuesto espionaje ilegal a los familiares de los tripulantes del submarino ARA San Juan, comenzará a analizarse en una audiencia el próximo 30 de agosto según lo dispuso la Cámara Federal de Casación Penal, informaron fuentes judiciales.

Fíjese audiencia para el día 30 de agosto del corriente año a las 10:00 horas”, dispuso Guillermo Yacobucci, juez de la sala segunda del tribunal de Casación en una resolución.

El magistrado aclaró que las partes que quieran hacer uso de la oralidad durante la audiencia deberán informarlo al tribunal durante los próximos tres días, a la vez que informó que también tienen la posibilidad de asentar sus posturas mediante breves notas que pueden presentar a través del sistema de gestión informática.

Antes de la feria judicial, la Cámara Federal de Casación Penal había aceptado al Centro de Estudio Legales y Sociales (CELS) y al abogado Alberto Binder como “amicus curiae” (amigo del tribunal).

La sala segunda del máximo tribunal penal del país debe revisar los sobreseimientos con los que fueron beneficiados el expresidente y quienes encabezaron la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) durante su gobierno: Gustavo Arribas y Silvia Majdalani.

Para este caso, el tribunal está formado por los jueces Ángela Ledesma, Mariano Borinsky y Yacobucci.

Los sobreseimientos de Macri, Arribas y Majdalani fueron dictados en julio del año pasado por la Cámara Federal porteña, cuando sostuvo que las maniobras investigadas -supuesto espionaje a familiares que reclamaban saber la verdad sobre el hundimiento del submarino- correspondían en realidad a tareas realizadas para garantizar la seguridad presidencial.

Aquel fallo de la Cámara Federal porteña fue apelado por las distintas querellas que intervienen en la causa, como también por la fiscalía.

En su momento, el fiscal José Luis Agüero Iturbe reclamó ante la Cámara Federal porteña que se declare la nulidad del fallo y remarcó: “Se trataba de personas que lo único que pedían era el esclarecimiento de los acontecimientos que rodearon los hechos concernientes a la pérdida de sus seres queridos. Considerar lo contrario no es más que revictimizar a las víctimas en contra de la normativa nacional”.

LC con información de agencia Télam