La Cámara Federal de Apelaciones porteña analiza si reabrirá la causa por la voladura del comedor de la Superintendencia de Seguridad Federal de la Policía Federal Argentina (PFA), sucedido el 2 de julio de 1976 por una bomba atribuída a la organización guerrillera Montoneros, informaron a elDiarioAR dos fuentes judiciales con acceso al expediente.
El avance de la causa se da en paralelo con el objetivo de la vicepresidenta Victoria Villarruel de reabrir las causas judiciales por atentados y secuestros adjudicados a Montoneros y el Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP), ocurridos en su mayoría entre 1969 y 1979, de acuerdo al Centro de Estudios Legales sobre el Terrorismo y sus Víctimas (Celtyv), que preside la funcionaria desde hace casi dos décadas.
El estudio del caso está a cargo de la Sala I: los tres jueces que la integran, Mariano Llorens, Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia debaten desde hace meses si declararán a este hecho como una grave violación a los derechos humanos y, por ende, imprescriptible.
Llorens tiene una postura clara sobre el caso: considera que es uno de los atentados terroristas más importantes de la historia del país, una lista que encabeza el atentado a la AMIA. La bomba detonada en el comedor de la Federal causó 24 fallecidos y al menos 60 heridos (algunos medios hablan de 23 muertos y más de 100 heridos), por lo que supera a las víctimas fatales del atentado a la embajada de Israel en 1992 (22 muertos y 242 heridos).
El caso
El 2 de julio de 1976, una bomba tipo vietnamita estalló en el comedor de la dependencia policial, ubicado en Moreno al 1400, a una cuadra del Departamento Central de Policía. Murieron tres oficiales de la Policía Federal, 20 suboficiales y una mujer civil. En el edificio trabajaban varias mujeres como empleadas administrativas, según informó La Nación. Montoneros se atribuyó el ataque horas después de la explosión en un comunicado en el que definió al atentado como “un hecho de guerra”, de acuerdo a lo publicado por dicho medio.
El responsable de colocar la bomba en el comedor habría sido José María Salgado, de 21 años, quien había cumplido el servicio militar en la Policía. Fue secuestrado y se encuentra desaparecido. Montoneros sostenía que allí funcionaba un centro clandestino de detención, lo cual luego se corroboró: se denominó Coordinación Federal.
El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) planteó en los últimos días en respuesta al objetivo de la Vicepresidenta: “Los delitos cometidos por las organizaciones armadas que no fueron juzgados en su momento, no pueden serlo ahora porque están prescriptos”. “Los únicos delitos que no prescriben son los de lesa humanidad o contra la humanidad. Crímenes de tal magnitud que la humanidad decidió exhibirlos, juzgarlos y no repetirlos, como los del nazismo o de la última dictadura”, sostuvo la ONG que representa a víctimas de los militares y el caso AMIA ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH)
Sin embargo, ninguno de los jueces del tribunal considera este caso como un expediente de lesa humanidad, ya que no hay intervención del Estado en el hecho, pero la clave está en si determinarán que se trata de una grave violación a los derechos humanos, una categoría utilizada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) para reconocer la imprescriptibilidad de ciertos crímenes y la responsabilidad del Estado para dar respuesta a las víctimas e investigar los hechos, afirmaron las fuentes consultadas.
Se trata de antecedentes de los últimos 20 años, como el caso de Walter Bulacio –que obtuvo una sentencia a favor en la Corte IDH en 2003– o el caso AMIA –por el que el organismo internacional condenó este año al Estado argentino–, que pueden cambiar por primera vez en casi dos décadas la posición de la Justicia sobre un caso atribuido a la guerrilla de los 70. Ninguno de estos casos que ahora están siendo estudiados por la Cámara Federal porteña son por delitos de lesa humanidad y sin embargo la Corte IDH los catalogó como casos de graves violaciones a los derechos humanos.
Bulacio y AMIA tienen, sin embargo, ciertas características especiales, como la participación de agentes de la Policía Federal en el primero y el encubrimiento del atentado por parte del Estado en el segundo caso.
Los casos Bulacio y AMIA son apenas dos de los antecedentes de la Corte IDH que están siendo analizados por la Cámara Federal porteña. En el caso AMIA, el tribunal internacional ratificó que el Estado argentino violó los derechos humanos de las víctimas y sus familiares y el derecho colectivo a la verdad, y ordenó que se comprometa con la investigación judicial y las medidas de reparación.
En el caso Bulacio, el tribunal internacional determinó que él como víctima y sus familiares vieron violados sus derechos humanos cuando el Estado argentino incumplió los artículos 8 y 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos, o Pacto de San José de Costa Rica, que garantizan a toda persona el derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, además de a la protección judicial.
El juez Llorens pidió copia del expediente judicial del atentado al comedor, tramitado en 1976, durante la dictadura militar, y se encontró con que ningún juez intervino en el caso. Sólo hallaron un sumario policial. En los años de plomo y picana, el Estado acudía a la clandestinidad: el secuestro, la tortura y la desaparición. Como consecuencia, las familias de las víctimas de la voladura del comedor de la Federal nunca tuvieron un juicio ni reparación económica. El Estado no intervino desde la legalidad. Por eso, los jueces debaten si la Justicia en democracia “debe dar una respuesta a las víctimas sin revivir la teoría de los dos demonios”, confío una fuente al tanto de las deliberaciones.
La causa
La causa ha pasado por distintas instancias desde 2003. Los familiares de las víctimas de la bomba del 2 de julio de 1976 y organismos que los acompañan como querellantes en los expedientes sostienen que el hecho no ha prescripto con diferentes argumentos legales. Sin embargo, en dos oportunidades la jueza María Servini determinó que el caso está prescripto y sobreseyó a los acusados en 2007 y 2013, entre ellos a Mario Firmenich y Horacio Verbitzky. Así también lo planteó la defensa oficial de los acusados y el fiscal Guillermo Marijuán. Fue ratificado por la Cámara Federal en una oportunidad y por la Cámara Federal de Casación.
Los querellantes volvieron a presentarse y pidieron la reapertura del expediente, el llamado a indagatoria de los acusados o la realización de un juicio por la verdad, con el argumento de que se trata de hechos de graves violaciones a los derechos humanos, en consonancia con la Corte IDH. Los Juicios por la Verdad fueron una herramienta a la que se recurrió en la década de 1990 para investigar y sacar a la luz los crímenes de la última dictadura cívico-militar mientras estaban vigentes las leyes de obediencia debida y punto final.
La jueza Servini considera que el caso es cosa juzgada. Los querellantes acudieron entonces a la Cámara Federal.
Los jueces Llorens, Bertuzzi y Bruglia por el momento rechazan la idea de un juicio por la verdad, explicaron a elDiarioAR dos fuentes con acceso directo a los debates dentro de la Cámara Federal porteña.
Hasta el momento, ninguno de los casos de crímenes atribuidos a la guerrilla planteados por familiares y ONGs, como el asesinato del sindicalista José Ignacio Rucci o los secuestros y asesinatos de los militares Argentino del Valle Larrabure y Jorge Ibarzabal, han sido declarados imprescriptibles. El argumento de la Justicia hasta el momento es que los responsables de dichos crímenes no contaron con la complicidad o participación del Estado.
Estos últimos tres casos también han sido planteados por los familiares de las víctimas ante el Poder Judicial buscando una equiparación con las causas de violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura cívico-militar. Todos han recibido fallos contrarios.
El caso de Larrabure incluso llegó hasta la Corte Suprema, donde aún está pendiente de resolución.
El estudio del caso de la bomba en el comedor de la Federal por parte de la Cámara Federal porteña plantea “características especiales”, como la cantidad de muertos y heridos, y la afectación a civiles de manera indiscriminada, qué sí permitirían un análisis bajo la categoría jurídica de graves violaciones a los derechos humanos, explicó a elDiarioAR una fuente al tanto del análisis que realizan los jueces.
Esta nota fue actualizada el 01/09/2024 a las 16:00.
ED/MG