Le costó, pero salió. Luego de un mes de demora y tras un frenesí de negociaciones que obligaron a Guillermo Francos a ir al Congreso más de una vez –primero como ministro del Interior, después como jefe de Gabinete–, finalmente el Gobierno tuvo en el Senado dictamen de mayoría para su ley Bases y el paquete fiscal, y ahora se encamina a la votación en el recinto, aunque con escenario incierto. Para conseguir el apoyo (en disidencia) de los bloques aliados de la UCR, el PRO y las fuerzas provinciales, los proyectos sufrieron algunas modificaciones clave con respecto a los que le dio media sanción Diputados. Si finalmente los textos son aprobados por la Cámara alta, deberán volver a la Cámara baja para ser ratificados.
Los cambios que destrabaron las iniciativas libertarias en las últimas horas tuvieron que ver con ciertos beneficios para las provincias patagónicas y también mineras: se subió el mínimo no imponible de Ganancias que pagarían los trabajadores petroleros y se aumentaron las regalías que se cobrarían a las explotaciones mineras. En los últimos días se habían conocido otras modificaciones sobre el listado de organismos a intervenir por parte del Ejecutivo –aunque no así sobre las empresas a privatizar–, más algunos detalles en la redacción de la reforma laboral y los alcances del polémico RIGI para las grandes inversiones.
Con todo, el Gobierno mantuvo el espíritu de sus leyes: una fuerte desregulación de la economía y la posibilidad de profundizar el achicamiento del Estado en todo sentido. Aquí, las claves para entender qué alcances tiene la ley Bases y el paquete fiscal libertario: los superpoderes de Milei para hacer y deshacer sobre la administración pública, las privatizaciones, la reforma laboral pública y privada, qué implica el RIGI y el blanqueo de capitales, cómo es la reforma previsional mileísta y qué pasará con el impuesto a las Ganancias y el monotributo.
Desregulación del Estado
La ley Bases declara por un año, a partir de su sanción, “la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética”. Esto significa que Javier Milei tendrá “superpoderes” para con sola firma poder gestionar en dichas materias sin necesidad de contar con el control del Congreso. El Presidente avanzará así en un plan de fuerte desregulación de todo el sistema económico y también de desguace del Estado.
El corazón de la desregulación está en el artículo 3, que le permite al Ejecutivo “la modificación o eliminación de las competencias, funciones o responsabilidades”, así como “la reorganización, modificación o transformación de su estructura jurídica, centralización, fusión, escisión, disolución total o parcial, o transferencia a las provincias” de un sinfín de organismos públicos. El Gobierno incluyó un párrafo en el que quedan excluidos de sufrir la motosierra mileísta las universidades nacionales y toda la estructura del Poder Judicial, el Poder Legislativo y del Ministerio Público.
También el texto contempla que el Ejecutivo “no podrá disponer la disolución” de unos 30 organismos estatales, pero nada dice de que sus funciones o competencias no puedan ser eliminadas o modificadas a criterio de Milei. Técnicamente pueden ser vaciados de contenido, presupuesto y personal. El listado fue un reclamo de las fuerzas opositoras aliadas, que se extendió más en el Senado: allí aparecen el CONICET, el Instituto Malbrán, la ANMAT, el INCAA, la Comisión de Actividades Espaciales y la de Energía Atómica, el INCUCAI, la UIF, el INTA y el INTI, el Banco Nacional de Datos Genéticos , la Administración de Parques Nacionales, el SENASA, el Servicio Meteorológico Nacional, el Centro Nacional de Alto Rendimiento Deportivo y hasta la Superintendencia de Seguros de la Nación, entre otros.
El proyecto de ley del Senado mantiene la potestad del Gobierno de “modificar, transformar, unificar, disolver o liquidar los fondos fiduciarios públicos”, lo que avala la intervención de los fideicomisos a los que ya echó mano Milei en su mega-DNU 70/23. Solo quedó excluido el fondo que administra los subsidios para el gas. La medida generó polémica porque también deshizo el Fonid, que significaba la transferencia de dinero a las provincias para complementar el pago de los sueldos docentes. Justamente ahora en Diputados hay una presión opositora para restituir ese fondo.
Privatizaciones
El capítulo II de la ley Bases versa sobre el proceso de privatización de un listado de empresas públicas que fue recortado bastante en las discusiones en Diputados y que en el Senado prácticamente no fue tocado, pese al reclamo de la UCR. Así están sujetas a privatización Aerolíneas Argentinas, Energía SA, la TV Pública y Radio Nacional, e Intercargo, la empresa de asistencia a los aviones en los aeropuertos. Además dispone que podrán ser privatizadas o concesionadas AySA, el Correo, el Belgrano Cargas y la Sociedad Operadora Ferroviaria (SOFSE) y la empresa Corredores Viales.
La ley habilita la privatización parcial de la estratégica Nucleoeléctrica Argentina, pero guarda para el Estado “el control o la participación mayoritaria en el capital social”. Lo mismo con el Complejo Carbonífero, Ferroviario, Portuario y Energético a cargo de Yacimientos Carboníferos Río Turbio.
Para cada una de las privatizaciones el proceso implica la participación de una Comisión Bicameral de Seguimiento de las Privatizaciones del Congreso, y de la Sigen y la Auditoría General de la Nación. Sí se extendió el plazo en que la AGN tenga que remitir al Congreso un informe sobre el proceso de privatización de cada una de las empresas: de 30 a 120 días.
Reforma laboral
En el Capítulo IV de la Reforma del Estado –específico sobre empleo público–, el Ejecutivo se otorga libres atribuciones para reorganizar la planta estatal, postura muy resistida por los gremios. Será esperable entonces que acelere la motosierra que ya recortó 14.000 contratos temporales. La ley Bases le permitirá a Milei avanzar sobre la planta permanente, como el descuento de horas por huelga y la posibilidad de aplicar una cesantía a partir de las 3 jornadas de ausentismo sin justificar (antes eran 5). Sí se modificó entre el texto de Diputados y el del Senado el veto que se hacía a la cuota solidaria y el pase a disponibilidad de aquellos trabajadores que se encuentren de licencia por enfermedad o accidente, por embarazo y por matrimonio.
La reforma laboral en el ámbito privado está contemplada en el título V que lleva el sugestivo nombre de “Modernización laboral”. La reforma libertaria legaliza la informalidad porque permite que una persona pueda contratar a otras tres como “trabajadores independientes”. El proyecto con media sanción en Diputados contemplaba hasta cinco.
La ley además extiende el período de prueba de tres a seis meses, con el agregado en el texto nuevo de que ahora cualquiera de las partes podrá extinguir la relación, sin expresión de causa y sin derecho a indemnización. También incorpora la figura de un fondo de cese laboral optativo, emulando el que rige en la UOCRA.
Un cambio que se incorporó a último momento fue que los bloqueos o toma de los establecimientos en una huelga se consideren causa de despido, aunque hubo un retoque sutil en la redacción: de “configurará” injuria laboral se pasó a “podrán configurar”. Un guiño para los sindicatos más combativos.
El RIGI y las grandes inversiones
El Régimen de Incentivo para las Grandes Inversiones (RIGI) es quizás la razón de ser de la ley Bases de Milei, porque está pensado para ofrecer al capital extranjero la explotación casi irrestricta en sectores clave como son la minería, petróleo y gas, agricultura, y tecnología. Bajo el título VII en el texto, el régimen contempla amplias exenciones impositivas –Ganancias, IVA, tributos aduaneros– durante 30 años para aquellas inversiones de entre U$S 200 millones y US$ 900 millones. Eso incluye la baja de impuestos o nulo gravamen para importar y exportar un amplio abanico de componentes, desde bienes de capital (como maquinaria, vehículos y tecnología) hasta sus repuestos, partes y componentes, sean estos nuevos o usados.
Por eso la crítica principal que recibió en el Senado es que no protege a la industria local y su cadena de valor. El más acérrimo en los cuestionamientos fue el radical Martín Lousteau, que calificó de “cosméticos” los cambios que se introdujeron al texto aprobado en Diputados. El oficialismo aceptó agregar que los inversores tienen que presentar un “plan de desarrollo de proveedores locales”, así como un estimado de “integración local” al empleo directo e indirecto que generará, pero no se especifica qué profundidad y alcance efectivo tiene que tener esa presentación.
Con el RIGI los inversores pueden tener acceso irrestricto al mercado libre de cambios y, si hay conflictos entre el Estado y las empresas, el ámbito de resolución serán los tribunales extranjeros, como el CIADI. Así el país entrega soberanía jurídica, y también tiene impacto para las provincias, ya que las jurisdicciones no pueden dictar normas propias sobre el RIGI (artículo 163). Por último, se le garantiza a las empresas el libre abastecimiento de insumos –como puede ser agua, gas o electricidad–, sin que el Estado pueda priorizar esos servicios para el consumo social en caso de una crisis –por ejemplo, una sequía–. Fueron estos los puntos que hasta el secretario de Energía, Eduardo Rodríguez Chirillo, admitió en el propio ámbito del Senado que tenían una redacción “poco feliz”.
El RIGI está atado a una amplia reforma energética que también incluye la ley Bases. Es el título VI, que versa sobre las inversiones en materia hidrocarburífera y de gas. Allí no solo se establece una serie de medidas para desregular el mercado energético, sino que apunta explícitamente a favorecer la renta empresarial por sobre el autoabastecimiento.
Reforma previsional
La ley Bases en su título VIII deroga la moratoria previsional que actualmente permite que las personas que no alcancen los 30 años de aportes puedan jubilarse accediendo a un plan de pago de cuotas de los años faltantes. La nueva ley contempla una Prestación de Retiro Proporcional pero extiende a 65 la edad mínima en esas condiciones, por lo que afectará sobre todo a las mujeres que se desempeñan en casas particulares o tareas de cuidado no remunerado, como las amas de casa. Se estima que serán perjudicadas unas 500.000 personas.
Impuesto al tabaco
En el Senado no se tocó una coma sobre el régimen impositivo a la industria al tabaco que se metió en la ley Bases casi por la ventana, durante la maratónica sesión en Diputados, luego de que el Gobierno decidiera retirarlo del texto original que había enviado al Congreso. Pese a la polémica que generó, el articulado en la Cámara alta quedó tal cuál y habrá que esperar a la discusión en el recinto para saber si el lobby empresarial finalmente se activa sobre los senadores.
La iniciativa apunta a homogeneizar el impuesto mínimo del 70% al 73% para todas las empresas del sector tabacalero, muy atravesado por la disputa entre los dos grandes jugadores, Massalin Particulares y Tabacalera Sarandí. Esta última, de Pablo Otero, recibió esta semana una orden de la Corte Suprema para que pague el impuesto mínimo, luego de una serie de amparos judiciales a su favor.
Restitución del impuesto a las Ganancias
El paquete fiscal de Milei restituye la cuarta categoría del impuesto a las Ganancias –el que tributan los trabajadores en relación de dependencia– que se había eliminado en septiembre de 2023 durante el gobierno de Alberto Fernández para favorecer la campaña electoral de Sergio Massa. El nuevo mínimo no imponible será de $ 1,8 millones brutos (el sueldo antes de los descuentos) para solteros y $ 2,2 para casados con 2 hijos.
Sin embargo el Gobierno cedió recursos para conseguir los votos de las provincias patagónicas: aceptó que para La Pampa, Río Negro, Neuquén, Chubut y Santa Cruz el mínimo no imponible será un 22% más: $2,2 millones para solteros, y $2,6 millones para casados con hijos. Técnicamente, habrá un aumento en los descuentos por conceptos como cargas de familia, entre otras medidas. A su vez, para Tierra del Fuego se mantiene la exención impositiva de la ley 19.640. Sí se incluyó la posibilidad de que se puedan deducir la totalidad de los intereses de los créditos hipotecarios.
Monotributo social
Unas de las críticas que recibió el paquete fiscal era que planteaba el fin del llamado monotributo social por la suba abrupta de su cuota. Finalmente se mantiene con un esquema en el que quien adhiera pagará $9.800 en carácter de jubilación y la obra social será optativa. Tendrá la posibilidad de no pagar el componente impositivo y podrá facturar hasta $3 millones.
Blanqueo de capitales
El blanqueo de capitales de Milei permite regularizar hasta US$ 100.000 sin necesidad de pagar ningún recargo. Sí se incorporó la imposibilidad de blanquear a hermanos y a quienes hayan sido funcionarios públicos desde 10 años a la actualidad. El texto original limitaba a los últimos 5 años. Los que ingresen ahora tampoco podrán exteriorizar capitales en futuros blanqueos hasta, al menos, 2038. Además para quienes ingresen al blanqueo sufrirán una suba del 20% en las alícuotas de Bienes Personales.
La UCR y hasta la senadora Guadalupe Tagliaferri cuestionaron la generosidad del régimen y que permitía blanquear a “testaferros”. Sí se eliminó la posibilidad de que las criptomonedas sean parte de los bienes que puedan ser regularizados.
Regalías mineras
En el artículo 112 del paquete fiscal, el penúltimo del texto, se establece que las provincias mineras podrán aumentar sus regalías del 3% actual al 5%. Fue la incorporación a última hora que le permitió al Gobierno contar con el aval de un puñado de senadores de esas provincias, a partir de la presión del senador de Santa Cruz José María Carambia.
MC/JJD