Se libera el cepo cambiario para personas y el dólar oficial podrá flotar de los $1.097 actuales hasta $1.400

Como parte del acuerdo para recibir un nuevo endeudamiento del Fondo Monetario Internacional (FMI), el Banco Central anunció este viernes que inicia la llamada Fase 3 del programa económico comenzado el 10 de diciembre de 2023, cuando asumió Javier Milei en la Casa Rosada. En esta nueva etapa, la cotización del dólar en el Mercado Libre de Cambios (MLC) u oficial podrá fluctuar dentro de una banda móvil entre $1.000 y $1.400, cuyos límites se ampliarán a un ritmo del 1% mensual. Es decir, se abandona el crawling peg o suba gradual del dólar oficial al 1% mensual.
Este viernes, la moneda norteamericana cotizó a $1.097 en el mercado oficial, con lo cual el lunes podría saltar hasta 27%. Un salto así impactaría en la inflación, que ya se recalentó en marzo al subir al 3,7%. En las plazas paralelas, el dólar blue cerró a 1.375, el MEP a 1.326 y el contado con liqui a 1.349.
Además, se eliminan las restricciones del cepo cambiarIo para las personas humanas, con lo cual se podrán adquirir dólares libremente como hasta 2019. Esto no rige para las empresas.
Por otro lado, se termina con el dólar blend para exportadores, que podían liquidar el 80% de sus ventas al exterior al dólar oficial y 20% al paralelo. Se permite la distribución de utilidades a accionistas del exterior a partir de los ejercicios financieros que comienzan en 2025 y se flexibilizan los plazos para el pago de operaciones de comercio exterior.

La entidad que preside Santiago Bausili sostiene que estas medidas le permitirán seguir avanzando en su objetivo prioritario de reducir la inflación. A su vez, espera que “la eliminación de restricciones cambiarias impulsará la actividad, el empleo, la inversión y la productividad de la economía argentina, con el refuerzo de la recuperación del ahorro doméstico y el crédito al sector privado en curso”. “Los avances en la política económica permiten aumentar la previsibilidad monetaria, la flexibilidad cambiaria y las reservas de libre disponibilidad que respaldan el programa económico. De esta manera, y junto a la liberación del cepo cambiario y un férreo compromiso fiscal, quedan sentadas las bases para establecer un equilibrio económico duradero”, augura el Banco Central. No dice nada de que la liberación del cepo puede recalentar aún más la inflación, que saltó al 3,7% en marzo.
“La consolidación del programa económico contará con el respaldo financiero de una nueva facilidad extendida de fondos (EFF) acordado con el FMI) por US$20.000 millones, de los cuales US$15.000 millones constituyen desembolsos de libre disponibilidad en 2025”, anunció el Central.
“Estos recursos líquidos servirán para fortalecer el balance del BCRA a través de la recompra de Letras Intransferibles por parte del Ministerio de Economía. Desembolsos adicionales acordados entre el Ministerio de Economía y otros organismos Internacionales del orden de US$3.500 millones complementarán esa transacción inicial. Por su parte, el BCRA trabajará con bancos internacionales en una nueva licitación que amplíe la facilidad de repo ejecutada en enero de 2025 en un monto de hasta US$2.000 millones. En conjunto, estos acuerdos tienen el potencial de contribuir a un aumento de US$20.600 millones en las reservas liquidas del BCRA durante 2025. Por último, el BCRA ha acordado una nueva extensión de 12 meses del tramo activado del swap de monedas con el Banco Central de China (PBOC) (aproximadamente US$5.000 millones).

El BCRA regulará el sistema de bandas cambiarias de la siguiente manera:
• Piso de la banda ($1.000 - 1% mensual): Cada vez que el tipo de cambio opere en el MLC en el valor inferior de la banda, el BCRA procederá a comprar dólares para defender el valor en la misma y, en el proceso, acumular reservas internacionales. La emisión de pesos resultante de las compras de divisas por parte del BCRA no será esterilizada, facilitando la remonetización económica que pueda resultar de aumentos en la demanda real de dinero.
• Techo de la banda ($1.400 + 1% mensual): Cada vez que el tipo de cambio opere en el MLC en el valor superior de la banda, el BCRA procederá a vender dólares para defender el valor en la misma y, en el proceso, eliminar pasivos monetarios. Las ventas de divisas por parte del BCRA permitirán absorber rápidamente sobrantes de liquidez que pueden resultar de reducciones en la demanda real de dinero.
• Dentro de la banda: Se promoverá la flotación libre del tipo de cambio entre los límites establecidos para el régimen. El BCRA podrá considerar la compra de dólares en función de sus objetivos macroeconómicos y de acumulación de reservas internacionales (RIN), así como la venta de dólares para morigerar volatilidad inusual. En ningún caso la intervención será esterilizada.
El directorio del BCRA aprobó hoy la Comunicación A 8226 que establece las siguientes modificaciones al régimen de acceso al MLC:
Para las Personas Humanas: Se levanta el cepo, eliminando el límite de US$200 de acceso al MLC, y se eliminan todas las restricciones de acceso al MLC vinculadas con asistencias gubernamentales recibidas durante la pandemia, subsidios, el empleo público y otros. Tanto las restricciones contenidas en la Comunicación A 7340 como la “restricción cruzada” dejarán de ser aplicables a personas humanas. Adicionalmente, en coordinación con el BCRA, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) eliminará la percepción impositiva existente a la adquisición de moneda extranjera en el MLC (permaneciendo solamente sobre el turismo y los pagos de tarjetas de crédito).
Para el pago de nuevas importaciones:
• Importaciones de bienes podrán pagarse a través del MLC a partir del registro de ingreso aduanero (previamente era 30 días).
• Importaciones de bienes por parte de empresas MiPyMEs podrán pagarse a través del MLC a partir del despacho del puerto de origen (previamente era 30 días a partir del registro de ingreso aduanero).
• Importaciones de servicios podrán pagarse a través del MLC a partir del momento de prestación del servicio (previamente era 30 días).
• Importaciones de bienes de capital podrán pagarse a través del MLC con un 30% de anticipo, 50% a partir del despacho del puerto de origen y 20% a partir del registro de ingreso aduanero (previamente era un 20% de anticipo y solamente para MiPyMEs).
• Importaciones de servicios entre empresas vinculadas podrán pagarse a través del MLC a partir de que se cumplan 90 días de la fecha de prestación del servicio (previamente era 180 días).
Complementando las flexibilizaciones mencionadas, y con el objetivo de acomodar los pagos de importaciones y deudas financieras que pudieran estar operando a través del mercado cambiario financiero (CCL), el BCRA eliminará por única vez la restricción de 90 días anteriores contenidos en la Comunicación A 7340 (la “restricción cruzada”), para permitir que las personas jurídicas puedan volver a operar en el MLC en forma eficiente.
Para las empresas, sumándose a la autorización a acceder al MLC, sin conformidad previa, para cancelar los intereses compensatorios devengados a partir del 1° de enero de 2025, por deudas financieras con sus compañías vinculadas aprobada por el directorio del BCRA el 19 de diciembre de 2024, queda autorizado el acceso al MLC para pagos de dividendos a accionistas no residentes correspondientes a las utilidades obtenidas en los balances cuyos ejercicios comiencen a partir del 1° de enero de 2025.
Complementando la flexibilización provista al acceso al MLC focalizada en los flujos, respecto a la potencial demanda residual para acceder al MLC vinculada a los stocks heredados de dividendos y servicios de deuda con entidades vinculadas, el BCRA está trabajando en el diseño de una nueva serie de Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (BOPREAL). Estos títulos podrán ser adquiridos en pesos, para afrontar obligaciones con el exterior relacionados con deudas o dividendos previos al 2025, y deudas comerciales con fecha previa al 12 de diciembre de 2023. Además, se eliminará el plazo mínimo de tenencia para operaciones de valores negociables (parking) aplicable a personas humanas.
AR/DTC
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