No es The Handmaid's Tale, la famosa novela de Margaret Atwood convertida en serie, con la actriz Elisabeth Moss en el papel de June Osborne, en que las mujeres fértiles, conocidas como “criadas”, son forzadas a gestar hijos para las élites en un régimen teocrático y totalitario, tratándolas como meros instrumentos reproductivos. Pero es algo muy parecido y real. Y pasó en la Argentina.
A pedido de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°12, encabezada por Alejandra Mángano, y con la colaboración de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex), se realizaron una serie de allanamientos en centros médicos, escribanías y estudios jurídicos en Buenos Aires y Santa Fe, con el objetivo de desarticular una red trasnacional dedicada a la explotación de mujeres mediante la subrogación de vientres, con la posterior comercialización de los bebés nacidos.
Según publicó Fiscales, el portal de noticias del Ministerio Público Fiscal, los procedimientos, ordenados por la jueza federal María Eugenia Capuchetti del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°5, fueron llevados a cabo el miércoles pasado por la Policía Federal Argentina (PFA), a través de sus divisiones de Trata de Personas y Ciberdelito.
La investigación, iniciada en enero, reveló que personas y empresas extranjeras involucradas ofrecían un “servicio” de subrogación de vientres a parejas que no podían concebir, con un costo aproximado de US$50.000. Según el dictamen de la fiscal Mángano, las empresas reclutaban mujeres vulnerables a través de redes sociales, ofreciéndoles US$10.000 por llevar adelante la gestación, sumando un adicional en caso de parto por cesárea.
Sin embargo, si el embarazo se interrumpía, los pagos se suspendían, dejando a las mujeres expuestas a las consecuencias físicas y emocionales del proceso sin compensación justa. El esquema, según la fiscalía, sometía a las gestantes a una explotación comparable a la reducción a la servidumbre, violando el artículo 145 bis del Código Penal.
El negocio incluía la inscripción de los bebés en registros civiles y su entrega a parejas, en muchos casos extranjeras, sin vínculo genético o cultural. Se identificaron 147 legajos de nacimientos por subrogación entre 2018 y 2023, de los cuales al menos 49 casos presentan irregularidades.
Los allanamientos simultáneos se realizaron en centros de fertilidad de Buenos Aires y Rosario, donde se buscó obtener historias clínicas y registros de pagos. También se allanaron escribanías y estudios jurídicos involucrados en la firma de consentimientos y la representación de las partes. La fiscalía continúa investigando la magnitud de esta red criminal que se aprovechaba de la vulnerabilidad de las mujeres gestantes para obtener cuantiosas ganancias.
Las calificaciones penales
El Ministerio Público Fiscal consideró que el caso encuadra dentro del figura penal contemplada en el artículo 145 bis del Código Penal (CP) para el delito de trata en tanto que las personas investigadas habrían desplegado con habitualidad “un negocio criminal dedicado a la captación de mujeres, muchas de ellas vulnerables y en condiciones de carencia económica, con la finalidad de ser sometidas a una explotación equiparable a la reducción a la servidumbre”, delito previsto en el artículo 140 del CP y en el inciso “a” del artículo 2 de la Ley 26.842 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas, mediante la práctica de gestación por sustitución, a cambio de una contraprestación económica y en algunos casos poniendo en riesgo su salud, todo ello con el propósito de obtener cuantiosas ganancias económicas.
También postuló que entra en juego esa figura penal en lo que respecta a la comercialización de los niños y las niñas en tanto este trato implica su reducción a una situación equivalente a la esclavitud (artículo 140 del CP).
Además, en el dictamen se señaló que la compra venta de seres humanos constituye un delito constitucional inserto en su artículo 15 donde los constituyentes previeron expresamente que “todo contrato de compra venta de personas es un crimen del que serán responsables los que lo celebrasen, y el escribano o funcionario que lo autorice”.
A estas hipótesis se agregaría, a su vez, la comisión de delitos contra la fe pública por hacer insertar en instrumentos públicos declaraciones falsas (artículo 293 del CP), lo que se materializa en los supuestos acuerdos entre la persona gestante y los comitentes presentados por los escribanos públicos ante el Registro Civil de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El inicio de la investigación
El caso se inició el 25 de enero del año en curso, a raíz de la presentación efectuada por la titular de la Dirección de Contencioso del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, ante la sala de sorteos de la Cámara Federal.
El Consulado de la República Argentina en la ciudad de Bonn de la República Federal de Alemania fue contactado por personal de la Dirección Provincial de Menores del Estado Federado de Sarre, que informó que una mujer alemana de 58 años se había presentado en el hospital de la localidad donde reside y solicitó la atención médica para una niña de tres meses nacida en Argentina, acreditando su filiación con una partida de nacimiento emitida por el Registro Civil de la Ciudad de Buenos Aires y un pasaporte argentino.
La funcionaria alemana advirtió que la niña se encontraba en pésimas condiciones de salud y que la mujer que la llevó a la guardia no se encontraba en condiciones de brindarle la atención necesaria, circunstancia por la cual dio aviso a la policía local y le quitó en forma provisoria la custodia de la bebé y la entregó al cuidado de una familia sustituta.
La investigación permitió determinar, por un lado, que el nacimiento de la menor fue inscripto en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de Ciudad Autónoma de Buenos Aires al amparo de la Disposición 122/DGRC/20.
También se estableció que el proceso de fertilización fue realizado en una institución médica privada ubicada en la Capital Federal esta ciudad, donde se llevó a cabo el tratamiento de gestación por sustitución y se identificó a la gestante.
“El suceso por el que se inició la causa no resulta ser aislado, por el contrario quedó al descubierto que se trataría de una mecánica empresarial, desarrollada a nivel nacional e internacional, específicamente dedicada a llevar a cabo tratamientos de ‘gestación por sustitución’”, remarcó Mángano en su dictamen.
JJD