Regularización de Activos

El Gobierno anunció que entraron US$18.000 millones en la primera etapa del blanqueo de capitales

elDiarioAR

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El Gobierno celebró este jueves el cierre de la primera etapa del blanqueo de capitales que propició desde el inicio de la gestión de Javier Milei y que reglamentó en julio pasado. “Hoy finaliza la primera etapa de regularización de activos. Han sido depositados US$18.000 millones solo en efectivo, lo que damos como un éxito rotundo”, aseguró el portavoz presidencial, Manuel Adorni, en su habitual conferencia de prensa.

El plazo de finalización de esta etapa inicial estaba pautado para el 30 de septiembre, pero finalmente fue postergada hasta la finalización de este mes.

Hasta este jueves a última hora los contribuyentes pueden ingresar el efectivo en la cuenta especial CERA. Previamente, debían realizar una manifestación de adhesión y luego completar el trámite realizando una declaración jurada, adjuntando la documentación de la operación, cuya fecha límite es el 30 de noviembre.

A partir del 1° de octubre quienes habían depositado sus dólares en septiembre podían optar por retirarlos, pero sin embargo la salida fue mínima, lo cual también alentó el aumento de los créditos al sector privado.

El blanqueo está dividido en tres etapas y en cada una de ellas se modifica la alícuota a pagar por los bienes regularizados. Durante cada etapa convive posibilidad de declarar dinero en efectivo y bienes.

En lo que respecta a bienes en efectivo la exteriorización hasta US$100.000 no tuvo ningún tipo de penalidad.

La etapa dos tiene como período para realizar la manifestación y pago adelantando del 1° de noviembre al 31 de enero, mientras que hasta el 28 de febrero de 2025 se podrá realizar la presentación de la declaración jurada y completar el pago.

La etapa tres va del 1° de febrero de 2025 al 31 de abril de 2025, con presentación de declaración y pago de la alícuota hasta el 31 de mayo.

Las alícuotas que se aplican son:

  • Etapa 1: 5%.
  • Etapa 2: 10%.
  • Etapa 3: 15%.

Si un contribuyente realiza adhesiones en más de una etapa, se tomó la última como etapa para el cálculo de alícuotas.

En la normativa que regularizó en julio pasado el blanqueo se indicaba que el “tapón fiscal establece que los sujetos que regularicen bienes que poseyeran al 31/12/2023, sumados a los que declaren en las respectivas declaraciones juradas de los ejercicios finalizados hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, tendrán los beneficios de liberación de los impuestos, por cualquier bien o tenencia que hubieren poseído con anterioridad al 31 de diciembre de 2023 y no lo hubieren declarado”.

¿Premio para evasores?

De acuerdo a la recopilación de testimonios en la nota de Alejandro Rebossio para elDiarioAR, varios expertos coincidieron en señalar que el perdón de los impuestos sin pena alguna que promovió el Gobierno y que aprobó el Congreso, con apoyo de la oposición dialoguista, constituye un premio a los evasores y sin ningún beneficio a los cumplidores, a diferencia de lo ocurrido en la amnistía tributaria de 2016/2017.

Alejandro Gaggero, investigador de la Universidad de San Martín e integrante del programa de justicia fiscal de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), señaló que es el octavo blanqueo desde el regreso de la democracia y ningún otro país hizo tantos en estos 41 años.

Además, el experto recordó que en general se recomienda que estos perdones sean excepcionales y sean acompañados por un mejoramiento del control para evitar la evasión a futuro. Tantos blanqueos llevan a pensar a los evasores que siempre habrá otra oportunidad de registrarse más adelante. Gaggero agrega que este sinceramiento ofreció además condiciones “excepcionalmente” favorables, porque permitió blanquear sin pagar nada, a diferencia de los del pasado.

Qué pasa con los cumplidores

Este jueves 31 de octubre también vence el plazo para que aquellos que no blanquearon y no optaron por el REIBP puedan pedir el ingreso al régimen de contribuyente cumplidor para el Impuesto a los Bienes Personales.

En ese caso, la alícuota cae 0,5 puntos. Por ejemplo, para alguien que tiene bienes del 2023 que está alcanzado por 0,75%, abonará por 0,25%. El que está en una categoría inferior, que tiene alícuota de 0,5% no abona directamente.

Para poder pedir esta rebaja el contribuyente tiene que haber presentado sus declaraciones juradas del 2020 en adelante y haber pagado todo, y no tener ninguna observación de parte de la AFIP.

Con información de agencias.

IG