El Gobierno de Javier Milei aceptó una serie de modificaciones fundamentales en relación al texto aprobado de la Ley Bases en la Cámara de Diputados.
El proyecto se quedó sin la derogación de la moratoria previsional y la creación la Prestación de Retiro Proporcional para aquellas personas que cumplieron 65 y que no completaron los 30 años de aportes necesarios para jubilarse.
A su vez, aplicó cambios sobre el Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI) y retiró de la lista de “privatizables” a Aerolíneas Argentinas, el Correo Argentino y Radio y Televisión Argentina (RTA).
Modificaciones en la Ley Bases
- Moratoria. Se mantendrá vigente la moratoria jubilatoria tal como rige desde el Gobierno de Alberto Fernández. Al final, la alteración al régimen actual fue dada de baja y en consecuencia, sigue el statu quo. Si se derogaba la moratoria anticipada implicaba que 9 de cada 10 mujeres no podía jubilarse a los 60 años y debería esperar hasta los 65 años para acceder a una PUAM, en caso de no contar con aportes.
- Empresas no “privatizables”. Del listado de empresas “sujetas a privatización”, sacaron a Aerolíneas Argentinas, el Correo Argentino y Radio y Televisión Argentina (RTA), que controla la TV Pública y Radio Nacional y sus 40 repetidoras en la Argentina. Por pedido de la oposición dialoguista del PRO, Hacemos Coalición Federal y la UCR en Diputados, el Gobierno incluyó en el texto que en el proceso de traspaso a manos privadas, intervendrá la Comisión Bicameral de Seguimiento de las Privatizaciones, integrada por diputados y senadores, con la colaboración de la Sindicatura General de la Nación (SIGEN). A su vez, la Auditoría General de la Nación (AGN) “deberá realizar un examen respecto del proceso de privatización de cada una de las empresas, evaluando el cumplimiento de los aspectos legales y financieros, una vez finalizado el mismo y dentro de un plazo de treinta días hábiles”.
- Modificaciones en el RIGI. La primera modificación apunta al artículo 165. ya no será para “cualquier sector”, sino para “foresto industria, infraestructura, minería, energía y tecnología” que cumplan con los requisitos previstos.En el artículo 196, se limita la obligación de liquidación en el mercado de cambios a las divisas que ingresen por exportaciones de productos que generen los proyectos. Luego, se modificó el artículo 205 para que las acciones, cuotas o participaciones sociales de los vehículos de proyecto único (VPU) adheridos al RIGI puedan ser parte de negocios jurídicos de garantía. En tanto, en el artículo 175, se propone “morigerar el procedimiento de aprobación de un VPU para evitar que, por cuestiones de estricto rigorismo formal, se rechacen proyectos o la administración incumpla plazos de por sí, muy exiguos”.
- Blanqueo de capitales. No se podrán blanquear criptomonedas en el exterior. Se estableció que los inmuebles a nombre de sociedades sólo se podrán blanquear si estaban declarados por la sociedad. Además, la prohibición de los funcionarios de adherir al blanqueo pasó de 5 a 10 años, entre otros cambios.
- Bienes Personales. Se estableció en la Ley Bases una suba del 20% en las alícuotas para quienes ingresen al blanqueo. Para los contribuyentes en general la alícuota será de 1,5% para 2023; 1,25% para 2024; 1% para 2025; 0,75% para 2026, y 0,25% para 2027 en adelante.
- Ganancias. Los senadores rechazaron los cambios al Impuesto a las Ganancias que estaban incluidos en el Paquete Fiscal. Pese a que la ley fue aprobada en general, el título quinto del texto no obtuvo el visto bueno de los legisladores en el tratamiento en particular. El restablecimiento del Impuesto a las Ganancias de la cuarta categoría para los trabajadores en relación de dependencia a niveles similares a los que regían el año pasado antes de la baja impulsada por el ex ministro de Economía, Sergio Massa, fue rechazada por 41 votos contra 31. Se trataba de uno de los puntos claves del paquete, que el Poder Ejecutivo necesitaba para recomponer los ingresos del fisco y dejar de depender de tributos de emergencia o distorsivos como el Impuesto PAIS para su objetivo de alcanzar y mantener el equilibrio fiscal. De no haber nuevos cambios en Diputados, quedará vigente el esquema que rige actualmente de Ganancias. Esa última reforma eximió del impuesto a 800.000 asalariados. La normativa elevó el piso del mínimo no imponible para trabajadores y jubilados que perciban 15 salarios mínimos vitales y móviles (SMVM), es decir, $3.514.725 de salario bruto. Además, estipuló que los contribuyentes tributan de acuerdo a la diferencia entre el haber y el mínimo establecido y las alícuotas van del 27% al 35%, según el nivel de ingresos.
NB