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Programa Jóvenes y MiPYMES: capacitación para desocupados de 18 a 24 años y beneficios financieros para empresas que los contrate

elDiarioAR

5 de mayo de 2021 14:42 h

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El Programa Jóvenes y Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Programa Jóvenes y MiPyMEs), lanzado en conjunto por los ministerios de Trabajo y de Desarrollo Productivo, tiene como fin potenciar la creación de nuevas fuentes de producción y de trabajo.

Mediante la Resolución Conjunta 4/21, publicada en el Boletín Oficial, el Programa pretende “aunar los esfuerzos, logística, recursos y circuitos” de los Programas de Formación Profesional y de Promoción del Empleo del Ministerio de Trabajo con las herramientas de promoción y financiamiento a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas del Ministerio de Desarrollo Productivo.

Serán beneficiarios y beneficiarias del Programa Jóvenes y MiPyMEs las personas de entre 18 y 24 años de edad, inclusive, que se encuentren desempleadas y tengan estudios secundarios completos.

Las y los jóvenes que participen podrán participar en Cursos de Orientación e Inducción a la Incorporación a Empresas ofrecidos por las Oficinas de Empleo; a encuentros de Intermediación Laboral, por medio de Municipios, las Agencias Territoriales, la Red de Oficinas de Empleo y los dispositivos territoriales gestionados por el Ministerio de Desarrollo Productivo; postularse a las Acciones de Entrenamiento para el Trabajo -aunque luego de cumplir con el Curso de Orientación e Inducción a la Incorporación a Empresas-; y buscar su inserción laboral en las empresas participantes, a través del Programa de Inserción Laboral.

En tanto, podrán participar todas las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que se encuentren alcanzadas por los términos previstos en la Resolución 220/19 de la ex SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.

Las empresas que participen y deseen formar, entrenar o contratar a trabajadoras y trabajadores jóvenes en el lugar de empleo, podrán acceder a las siguientes prestaciones:

a) Servicio de Intermediación Laboral articulado con el Municipio correspondiente al domicilio de las y los jóvenes y al establecimiento de la/s empresa/s;

b) Aporte no reembolsable por cada empresa que haya contratado en relación de dependencia a un/a joven inscripto/a en el Programa;

c) En el caso de la contratación de beneficiarios, las empresas participantes podrán obtener una bonificación de tasa adicional por parte del Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP) sobre las líneas de financiamiento que soliciten en las entidades financieras autorizadas.

d) La bonificación dependerá de la cantidad de empleadas y empleados que tenga la empresa y la cantidad de contrataciones de beneficiarios.

El entrenamiento para el trabajo contemplado en el Programa Jóvenes y MiPyMEs tendrán una carga horaria mínima de cuatro horas diarias o veinte horas semanales.

Será la Secretaría de Empleo del Ministerio de Trabajo el que determinará el monto de las ayudas económicas, aunque antes consultará con la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores del Ministerio de Desarrollo Productivo.

GT