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OPINIÓN

Priorizar la vida de las personas electrodependientes

La energía eléctrica es una cuestión de vida o muerte para los electrodependientes.

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La situación de las personas electrodependientes, ya de por sí muy complicada, se ha agravado en la Argentina en los últimos meses por las decisiones del Gobierno que vulneran los derechos establecidos en la Ley N°27.351, que entró en vigencia en 2017. Esta normativa garantiza el suministro permanente y gratuito de energía eléctrica a las personas electrodependientes.

Sin embargo, el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) modificó en junio de este año la reglamentación para la provisión de la Fuente Alternativa de Energía para quienes están inscriptos en el Registro de Electrodependientes, cuya condición les garantizaba una respuesta de manera urgente de las distribuidoras eléctricas ante cortes de energía. Estos cambios implican que las distribuidoras tengan un período más largo de tiempo para atender las denuncias por falta de electricidad. Así se pone en riesgo el derecho a la vida de las personas que, por cuestiones de salud, tienen una dependencia del suministro de energía eléctrica. También se modificó el tope de ingresos de quienes podían acceder a solicitar ese financiamiento. La anterior reglamentación establecía que tenían derecho quienes no superaran tres canastas básicas y media. Con los cambios establecidos, el tope es una Canasta Básica Total.

En Chile, tres personas electrodependientes fallecieron a raíz de los masivos cortes de luz ocurridos a inicios de agosto. Es decir: estamos ante una cuestión de vida o muerte. 

Se pueden establecer debates acerca de muchos temas en los que el Estado puede intervenir o no. Pero en este caso, no se puede poner en duda que las personas electrodependientes necesitan de un Estado presente que garantice su derecho a la salud y a una mejor calidad de vida.

Desde mi rol como presidente de la Comisión de Discapacidad de la Cámara de Diputados, impulsé la realización de distintas reuniones informativas para que la voz de las personas electrodependientes y sus familiares sean escuchadas en el Congreso. En las últimas semanas logramos dictamen por amplia mayoría para introducir modificaciones a la Ley 27.351, con el objetivo de garantizar la gratuidad de las tarifas del servicio eléctrico para las personas electrodependientes.

Las reformas que proponemos introducen aclaraciones para que no haya ningún tipo de dudas acerca de los derechos que deben garantizarse desde el Estado. Se establece que son personas electrodependientes quienes por cuestiones de salud requieren de un suministro eléctrico constante y en niveles de tensión adecuados para poder alimentar el equipamiento médico, utilizado de forma permanente o de forma intermitente, prescripto por un médico matriculado en la Argentina.

También considera equipos médicos en el contexto de esta ley a aquellos dispositivos que cuenten o no con batería externa y dependan para su funcionamiento o carga del suministro eléctrico cuya ausencia, interrupción o mal funcionamiento implican un riesgo, para la vida o para la salud, como equipos relacionados al soporte de la ventilación invasiva y los de ventilación no invasiva; la diálisis peritoneal automatizada domiciliaria; la bomba de infusión continúa, de alimentación enteral o parental; y el concentrador de oxígeno.

Nuestro dictamen define que la empresa y/o ente distribuidor de energía eléctrica deberá entregar al titular del servicio o de uno de sus convivientes que se encuentre registrado como electrodependiente por cuestiones de salud, previa solicitud, una fuente alternativa de energía u otro equipamiento adecuado sin cargo, para asegurar la energía eléctrica necesaria para satisfacer sus necesidades. 

Como señala la fundamentación del proyecto de ley impulsado por el diputado Carlos Castagneto, esta normativa no representa erogaciones extras para el Estado, porque estarán a cargo de la empresa y/o ente distribuidor de energía eléctrica todos los costos asociados para el pleno funcionamiento, provisión, reposición, custodia, instalación, operatividad, y mantenimiento, incluidas las obras de adecuación de las instalaciones eléctricas domiciliarias estrictamente necesarias, solicitadas para su funcionamiento.

Se trata, en definitiva, de priorizar el derecho a la vida de las personas electrodependientes.

Daniel Arroyo es presidente de la Comisión de Discapacidad en la Cámara de Diputados de la Nación.

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