Últimos informes sobre el caso AMIA

Mientras se espera el inicio del juicio por la denuncia del fiscal Nisman a propósito del memorando de entendimiento con Irán y se impuso el juicio en ausencia a los acusados por el atentado, el fiscal general Pablo Ouviña, encargado del análisis de los archivos de documentación desclasificada de la SIDE, continúa su trabajo, en cumplimiento de la condena dictada el año pasado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Allí se ordenó que el Estado argentino debe aún “iniciar, continuar, impulsar y/o reabrir” las investigaciones para establecer la verdad de lo ocurrido e individualizar, juzgar y sancionar a los responsables; que “el Estado garantizará la implementación del área específica de análisis de la totalidad del acervo documental de inteligencia desclasificado en el seno de la UFI AMIA”; y en concreto que “esta área deberá velar por mantener una comunicación constante con las víctimas y los querellantes, por lo que debe emitir informes de gestión semestrales que deberán, además, ser de conocimiento público”.
Difundieron así que concretaron ya tres informes temáticos: uno sobre el cuestionado accionar de la SIDE antes del atentado; otro, con el trabajo posterior de la inteligencia sobre uno de los acusados, el imán iraní Mohsen Rabbani, quien estuviera a cargo de la mezquita At Tahuid en Buenos Aires; y un último informe, sobre el intento de la inteligencia en involucrar a unos libaneses en el caso, distintos de los que hoy son acusados. Y a requerimiento de las víctimas y familiares de víctimas agrupadas en Memoria Activa, se anticipa el trabajo para otros dos informes, uno sobre Salman el Reda y el otro sobre la Triple Frontera, en línea con cuanto ya publiqué en “30 Días. La trama del atentado a la AMIA”.
Allí, la crónica de aquellos primeros treinta días de julio de 1994, reseña con detalle la actividad estatal desplegada antes del atentado, a propósito de las alertas recibidas sobre la posibilidad de un nuevo ataque por parte de aquellos que ya habían atentado contra la embajada de Israel en Buenos Aires, en 1992. También devela la operación de inteligencia desplegada luego del segundo atentado, para acusar a unos funcionarios iraníes sobre los que pesó orden de captura internacional por una década, en consonancia con la versión unificada por las autoridades ya desde el primer día, que señalaba la responsabilidad en el caso del gobierno de la República Islámica de Irán y la del Hezbolá libanés, como su brazo ejecutor, con la asistencia de una conexión local.
El Estado argentino ya ha sido condenado por no haber adoptado medidas para prevenir el atentado en AMIA, así como por no haber cumplido con su deber de investigar, durante los 30 años que pasaron, ni el propio atentado, ni su posterior encubrimiento, en el que además intervinieron las propias agencias de gobierno. Se utilizó el aparato estatal para encubrir y obstaculizar la investigación: “Ha sido la propia actuación estatal la que ha impedido a las víctimas y a sus familiares conocer la verdad de los hechos a través de la investigación y el proceso penal”, sentenció la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Ya en aquellos “30 Días”, sobre agosto de 1994, hace ya más de 30 años, un cable de la embajada de Estados Unidos en Argentina advirtió la situación, “dolorosamente evidente, ya a seis semanas” del atentado: “Las autoridades argentinas parecen perdidas en producir pruebas fuertes para vincular a cualquier persona o grupo con los bombardeos… en 1992 fracasaron
totalmente y en 1994 sus esfuerzos están claramente fracasados“. Para ese tiempo, según el último informe del fiscal Ouviña y en el marco de una llamada ”pista paraguaya“, se desplegaron las actividades de la inteligencia con destino a presentar la participación de libaneses del Hezbolá en el atentado contra la AMIA y contra la embajada israelí.
Ese tercer informe fiscal da cuenta así que con motivo de la detención en Paraguay de seis ciudadanos de origen libanés, distintos a los que hoy resultan acusados, la inteligencia se interesó en vincularlos con Hezbolá y con los atentados cometidos en Buenos Aires. La indicación de esa relación provino de los servicios colaterales de Estados Unidos e Israel, y los funcionarios de inteligencia argentinos se instalaron entonces en Paraguay, con el objetivo de realizar tareas sobre los detenidos y gestiones para concretar su extradición a nuestro país.
Se conformó un grupo de trabajo, a cargo de funcionarios de la SIDE, con personal diplomático y de inteligencia militar, y las tareas llevadas adelante combinaron presiones a funcionarios judiciales y estatales, con la ayuda de esos servicios colaterales, así como interrogatorios a los detenidos por parte de personal de SIDE y de la Central de Reunión de Inteligencia Militar.
Estas gestiones estuvieron destinadas tanto a extraer información respecto de los vínculos de esos libaneses en la Triple Frontera, como a inducir a que se inculparan entre ellos, aun sin haber podido corroborar su participación o el involucramiento en el atentado a la AMIA, y a pesar de que la información recibida lo contradecía.
Ya trasladados a Buenos Aires, los libaneses fueron alojados en Campo de Mayo, donde los servicios de inteligencia los vigilaron, incluso grabando sus conversaciones, y los interrogaron nuevamente. Se pudo verificar un fuerte incremento operativo tanto del personal como de los móviles afectados, radiocomunicaciones, fotografías, video-filmaciones, grabaciones de audio, visores nocturnos. Entre las anotaciones de los interrogadores, se informa la sugerencia de prolongar la incomunicación de un detenido para lograr “quebrarlo” y para obtener la confesión que esperaban de otro.
Fueron encontrados los cuestionarios realizados por la SIDE para interrogar a los libaneses durante su estadía en Campo de Mayo, y resúmenes de las respuestas en los interrogatorios. Fue encontrada también una caja con casetes de grabaciones ambientales en los calabozos, identificados con los nombres de las personas detenidas, el número de celda y de micrófono. El audio original es mayormente en portugués, y también se encontraron transcripciones de esos casetes, manuscritas en inglés, y algunas traducidas al español, que sintetizan las conversaciones de los detenidos sobre sus situaciones procesales, el trato que recibieron y los interrogatorios a los que fueron sometidos.
La documentación encontrada refiere también una serie de líneas telefónicas intervenidas por entonces, que incluye los teléfonos del abogado de uno de los detenidos y de quien oficiara como traductor, aclarando que las intervenciones estaban sin soporte judicial y en estado permanente de reunión. Otros documentos dan cuenta del trabajo de la SIDE en el análisis de la repercusión del caso en la prensa, su probable evolución en la opinión pública, y el desarrollo de “acciones comunicacionales”, orientadas a reforzar sospechas sobre la implicancia de los detenidos en los atentados y a generar expectativas sobre la evolución de las investigaciones relacionadas con los ataques en Buenos Aires.
Finalmente, el informe fiscal da cuenta de las gestiones de la inteligencia, concretadas con indebida autorización judicial, con destino a obtener de otro detenido, una vez más Carlos Telleldín, y mediante otro pago ilegal, una declaración que sostuviese el falso involucramiento
de esos libaneses en el atentado a la AMIA, como luego se haría con las brigadas policiales que fueron sometidas a juicio y liberadas varios años después de toda responsabilidad en el caso.
Se aporta la identificación de los intervinientes, sus cargos, santo y seña, y los distintos documentos en respaldo. Y toda esta “maniobra” de la inteligencia ilustrada por el último informe fiscal, se enmarca en la ya condenada actividad irregular del Estado “destinada a obtener un responsable, más allá de lo realmente acontecido”. Por aquella decisión tomada en aquel tiempo de cumplir, de cualquier modo y sin límites legales, con los señalamientos de aquella versión unificada desde el primer día, según se la reseña también en “30 Días”, y que orientó la actuación de las agencias estatales en “construir una hipótesis incriminatoria, pretendiendo atender, de ese modo, las lógicas demandas de la sociedad, a la vez que satisfacer oscuros intereses de gobernantes inescrupulosos”, según se sentenció ya en el caso.
En los términos de la reciente condena de la Corte Interamericana, el Estado argentino es responsable de determinar la identidad de los autores materiales e intelectuales de los hechos y todas las autoridades estatales están obligadas a colaborar en la recaudación de la prueba, evitando omisiones, siguiendo líneas lógicas de investigación, absteniéndose de actos que impliquen la obstrucción para la marcha del proceso investigativo y sin poder ampararse en argumentos como el secreto de Estado o la confidencialidad de la información, que en realidad sean pretexto para impedir la investigación.
Además el Estado argentino debe proseguir los procesos pendientes en contra de los responsables del encubrimiento del atentado, con el fin de aplicar las sanciones correspondientes. Ese encubrimiento, se sabe, no se limitó a la construcción de una falsa “conexión local” por la que ya han sido sometidas a juicio las autoridades judiciales, policiales y de inteligencia de entonces; y la investigación debe incluir el armado de las operaciones que también han quedado expuestas, sea para acusar falsamente a los “diplomáticos” iraníes que estuvieron diez años con pedido de captura internacional, o a los ciudadanos libaneses de los que se ocupa ahora el último informe fiscal.
La tragedia del caso AMIA lleva ya más de 30 años y nuestro país está obligado a remover todos los obstáculos que mantienen este caso en la impunidad total.
Alejandro Rúa es autor de “30 Días. La trama del atentado a la AMIA”, de Editorial Planeta.
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