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Índice de Percepción de la Corrupción

Transparencia Internacional señala limitaciones al acceso a la información en Argentina

En septiembre pasado, Milei modificó algunos aspectos de la Ley de Acceso a la Información Pública.

elDiarioAR

11 de febrero de 2025 10:54 h

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La organización Transparencia Internacional advirtió este martes, en su informe anual sobre el Índice de Percepción de la Corrupción, que durante el último año en Argentina se ha limitado el acceso a la información pública.

“En Argentina, un nuevo decreto redefinió los conceptos de información pública y privada, limitando el acceso de la ciudadanía, mientras que la cantidad y calidad de las respuestas del Poder Ejecutivo a las solicitudes de acceso a la información han disminuido”, afirmó Luciana Torchiaro, asesora regional para las Américas de Transparencia Internacional, al analizar los resultados del informe global desde una perspectiva regional.

El Índice de Percepción de la Corrupción de 2024 coloca a Argentina en el puesto 98 entre un total de 180 países y territorios, según las percepciones sobre el nivel de corrupción en el sector público.

En una escala en la que cero equivale a mucha corrupción y cien a muy baja corrupción, el informe le asigna a Argentina 37 puntos, al igual que a Etiopía, Indonesia, Lesoto y Marruecos.

En el caso de Argentina, no hubo cambios ni de posición ni de puntuación respecto al índice de 2023.

En septiembre pasado, Milei modificó algunos aspectos de la Ley de Acceso a la Información Pública, aprobada en 2016, estableciendo una serie de restricciones al acceso a la información pública.

El decreto fue muy cuestionado por especialistas y organizaciones de la sociedad civil. Por caso, de acuerdo a la recopilación que hizo Chequeado en septiembre pasado, la organización Poder Ciudadano, que dirige Pablo Secchi, señaló en un comunicado que “ningún decreto puede restringir el acceso a la información pública más allá de lo que lo hace la Ley sancionada democráticamente por el Congreso de la Nación”.

Y agregó: “Nos preocupa el reciente decreto del Presidente de la Nación que, en lugar de impulsar el derecho de acceso a la información pública, pareciera limitarlo, por ejemplo: modificando la definición de qué es información pública; modificando qué es un documento público; aumentando los criterios de excepción para el acceso a la información”.

Por su parte, el Foro de Periodismo Argentino (FOPEA) señaló que “debe presumirse como regla que toda la información que existe en poder de órganos públicos puede y debe ser divulgada” y que “son los ciudadanos los dueños de la información pública y no el Estado, por lo que el permitir su conocimiento no es una concesión discrecional de los gobiernos sino un imperativo normado”.

Consultado por Chequeado, Ramiro Álvarez Ugarte, abogado e investigador del Centro de Estudios en Libertad de Expresión y Acceso a la Información (CELE) de la Universidad de Palermo, señaló: “El problema que tiene el decreto es que reglamenta todo de manera restrictiva. Es el caso de la legitimación activa, por ejemplo, donde impone requisitos que la ley no prevé, más allá de que los cambios puedan ser razonables. Lo mismo hace con algunas excepciones, donde clarifica algunos contenidos de la ley”

El especialista agregó: “Las definiciones sobre ‘información pública’ y ‘documento’ son los puntos más problemáticos. El decreto lo que hace es tomar la definición de la ley y establecer por reglamentación una definición que es mucho más restrictiva que lo que la ley establece. Ahí está el problema principal: lo que está haciendo es alterar el espíritu de la norma, en violación de los artículos 28 y 14 de la Constitución”.

Y concluye: “El decreto reglamentario puede reglamentar la ejecución de una ley pero no puede alterar su significado. En el artículo 3 del decreto lo que está haciendo es restringir el alcance a 2 conceptos esenciales, como ‘información pública’ y ‘documentos’, que el legislador definió de manera amplia y el Poder Ejecutivo lo define de manera restrictiva”.

Con información de EFE y Chequeado.

IG

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