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INFORME

Por el vacío legal y el tipo de cambio favorable, Argentina ya es destino para la “maternidad subrogada”

En el último año nacieron un promedio de 6 bebés por mes en los centros de salud porteños por este método.

Laura Guarinoni

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En la sala de espera son tres. El número desentona en ese lugar de colores neutros y cuadros de tulipanes en donde solo se ven parejas esperando a ser atendidas por el obstetra. María se toca la panza de casi treinta siete semanas y dice que se siente “pesada”. A su lado están Paula y Borja, le dan ánimo. “Ya falta poquito, son las últimas semanas”, le dice Paula y le alcanza un vaso de agua que saca del dispenser ubicado a su lado. La pareja llegó hace dos días a la Argentina para presenciar el parto de su primera hija, a quien lleva María en la panza. Tras pasar por varios intentos de embarazo, los médicos encontraron que Paula tenía un problema en el útero que no le permite gestar, y luego de pensarlo mucho ambos decidieron que sea otra mujer la que lo haga por ella. Por medio de una agencia llegaron a una clínica de fertilidad en Buenos Aires en donde les presentaron a María y desde entonces mantuvieron comunicaciones periódicas. En persona sólo se vieron dos veces.

“En España la gestación subrogada es una práctica ilegal. Decidimos venir a hacerla en Buenos Aires porque una vez que nazca la bebe podemos anotarla fácilmente como nuestra y volvernos en pocas semanas a España con la partida que diga que somos los padres”, explica Borja a elDiarioAR.  

El “turismo reproductivo” en nuestro país, en particular a la Ciudad de Buenos Aires, se encuentra en ascenso en los últimos años. Son cada vez más las agencias internacionales que ofrecen a la capital como un destino “amigable” para quienes buscan ser padres a través de la técnica de gestación por sustitución. No solo viajan parejas de España, sino que también de Francia, Portugal, Italia y Alemania, en donde esa práctica está prohibida. También de países de Latinoamérica como Chile, Perú o Ecuador, cuyos habitantes se ven favorecidos por el cambio u optan por la buena calidad de las clínicas de fertilidad argentinas, líderes en la región.

En España la gestación subrogada es una práctica ilegal. Decidimos venir a hacerla en Buenos Aires porque una vez que nazca la bebe podemos anotarla fácilmente como nuestra y volvernos en pocas semanas a España con la partida que diga que somos los padres

Borja Padre por subrogación

Entre 2018 y 2021 hubo un total de 36 inscripciones de niños gestados por subrogación de vientre en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se desconoce el número oficial de los bebés anotados el año pasado y en lo que va este año. Las estimaciones particulares muestran un fuerte incremento. Un documento que reúne información sobre la gestación por sustitución en el país, elaborado por el estudio de abogacía Nuñez Martinez, que asesora a agencias y personas sobre el tema, asegura que en 2022,  hasta el mes de agosto, se inscribieron en la Ciudad 49 nacimientos. Los registros incrementaron un 26 por ciento respecto al año anterior y serían cerca de 6 por mes. No solo se trata de niños con padres extranjeros, sino que también locales. 

Permitido pero no regulado

“Todo lo que no está prohibido, está permitido”. Este principio de legalidad acuñado por el jurista Hans Kelsen y contemplado en el artículo 19 de la Constitución Nacional (“Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe”), se aplica al caso de la gestación por sustitución en Argentina. La práctica no está prohibida, por tanto, está permitida y se lleva a cabo. El problema es que no está regulada, no existe ley alguna que lo haga.  

No solo viajan parejas de España, sino que también de Francia, Portugal, Italia y Alemania, en donde esa práctica está prohibida. También de países de Latinoamérica favorecidos por el cambio

En la reforma del Código Civil y Comercial de la Nación de 2015 se reconoció una nueva fuente de filiación o parentesco ligada a las Técnicas de Reproducción Humana Asistida que incluye a la “voluntad procreacional”, la decisión de llevar a cabo el proyecto de paternidad o maternidad. Sin embargo, la gestación continúa teniendo un lugar central. En el artículo 562 se establece que los niños nacidos por dichas técnicas “son hijos de quien dio a luz y de quién prestó el consentimiento previo libre e informado (voluntad procreacional)”. Se sostiene entonces el principio del derecho romano “madre cierta es”, es decir, que la maternidad le sigue al parto o madre es quien pare.

Según explicó a este medio Natalia de la Torre, abogada especialista en TRHA e investigadora en la materia, “la figura de la gestación por sustitución pone en crisis al Código Civil y Comercial, hace que entre en tensión porque involucra la gestación de un tercero. Si, por ejemplo, yo nací sin útero, hago un acuerdo en el que decido que mi hermana geste para mí y expreso mi voluntad procreacional, si me atengo a lo que dice la ley el niño que nazca puede ser considerado hijo de mi hermana porque ella lo daría a luz, incluso aunque cuente con mi material genético”. 

Ésta tensión legal hace que varias parejas que optan por la subrogación acudan a la justicia. Algunas lo hacen con el hecho consumado -cuando el embarazo está en curso o el niño ya nació- y otras antes de realizar el tratamiento. Piden que se anote a los niños nacidos por vientre subrogado como hijos de quienes tienen la “voluntad procreacional” y no de quien los llevó en el vientre. 

Desde el 2010 hay en el país 77 casos que han pasado por la justicia y 86 sentencias, la mayoría que avalaron la maternidad/paternidad a través de la gestación por sustitución. Solo cuatro familias aún no tienen una respuesta definitiva de la justicia. Los cuatro casos tienen en común que la filiación de los niños nacidos fueron solicitadas por parejas de hombres y en el ámbito de la justicia nacional de familia, en la Ciudad de Buenos Aires. Se encuentran a la espera de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación tome una decisión. 

Ciudad “surrogacy friendly”

“Elegimos Buenos Aires porque es una ciudad 'surrogacy friendly'. En un principio íbamos a viajar a Canadá para hacer la gestación, pero teníamos que pagar más y además encontramos que aquí el proceso de inscripción es mucho más fácil para los extranjeros. Solo debemos presentar los consentimientos firmados por los tres en el registro civil, previamente protocolizados, y en pocos días nos entregan la partida de nacimiento”, explicó Paula.

La Ciudad de Buenos Aires es el único territorio del país en donde las subrogaciones hoy no se judicializan. En 2017 la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso, Administrativo y Tributario porteña hizo lugar a una medida cautelar en el marco de un amparo colectivo presentado por el Defensor del Pueblo de la Ciudad, la Federación Argentina LGBT (F.A.L.G.B.T) y una pareja, cuyas siglas son D.R. y G.S. Se ordenó al registro civil porteño a que inscriba “provisoriamente” a los nacidos por Técnicas de Reproducción Humana Asistida (TRHA) de alta complejidad realizadas a través de la gestación por sustitución, “conforme el consentimiento previo, libre e informado expresado con voluntad procreacional, sin emplazar como progenitora a la persona gestante que expresamente manifestó de manera fehaciente no tener voluntad procreacional”. 

El Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas de la Ciudad sacó ese mismo año la disposición 93, que luego fue reformada por las disposiciones 103 y 122, esta última que continúa hoy vigente. Todas habilitan las inscripciones “provisorias” de los nacidos por gestación por sustitución sin necesidad de una autorización judicial. Si bien las dos primeras aclaraban que el tratamiento debía realizarse en el país, la última (de 2020) no lo especifica y amplía la posibilidad de inscribir en la Ciudad a los niños gestados por subrogación en otros países que nazcan en el territorio porteño. 

Mariano Cordeiro, quien firmó las primeras disposiciones por que era entonces el Director General del Registro Civil de la Ciudad, explicó: “El establecimiento de un nuevo Código Civil y Comercial dejó anacrónicos los reglamentos del Registro Civil. Había una enorme cantidad de situaciones de hecho que quedaban sin una cobertura normativa. La subrogación de vientres era una de éstas. Con la cautelar la forma de registrar a los nacidos cambió, seguimos los lineamientos de la justicia y  comenzamos a inscribir en términos provisorios”.

El cambio que hubo en la registración de los nacidos por subrogación en la Ciudad a partir de 2017 hizo que aumenten  exponencialmente las inscripciones en ese territorio. De la Torre aseguró que “a partir de esta cautelar y las disposiciones que le sucedieron algunos centros de fertilidad empiezan a ofrecer programas en los que detallan la facilidad de registro que tiene CABA,  ya que no hay que hacer ningún control en instancia judicial”. 

Además, muchas parejas que residen en las provincias optan por viajar a la capital a hacer el proceso de subrogación. Según reveló de la Torre en todo 2023 sólo se iniciaron dos procesos judiciales en todo el país para obtener la autorización de iniciar un proceso de subrogación de vientres. “Cada vez se presentan menos casos de autorizaciones o de pedidos de reconocimiento en la justicia y eso no quiere decir que no se hacen gestaciones, sino que están viniendo a CABA a hacer estos procedimientos”, dijo la letrada.

Están viniendo empresas de afuera a colocar filiales en Argentina. Hay en internet una gran cantidad de páginas de agencias que ofrecen a extranjeros venir a realizar la gestación a la Argentina porque la inscripción es más fácil

Natalia de la Torre abogada

Pero se calcula que las parejas que vienen del exterior son más. La abogada Marisa Herrera, especialista en derechos de familia y quien participó en la redacción del nuevo Código Civil, señaló que la Ciudad de Buenos Aires se fue transformando en los últimos años en un destino de turismo reproductivo. “Empezamos a advertir que cada vez se promociona más al país por ser un lugar en donde la subrogación de vientres no está regulada, su figura no está contemplada en el Código Civil”, afirmó y reveló que el número de niños que se anotaron de manera provisoria en el Registro Civil de CABA desde 2017 casi triplicó los 77 casos que hasta ahora se judicializaron en todo el país. 

De la Torre acotó: “Están viniendo empresas de afuera a colocar filiales en Argentina. Hay en internet una gran cantidad de páginas de agencias que ofrecen a extranjeros venir a realizar la gestación a la Argentina porque la inscripción es más fácil”.

Comercio reproductivo

El paquete que contrataron Paula y Borja a la agencia española de gestación subrogada incluye: los gastos de una Fecundación In Vitro (FIV) con óvulos de una donante, las transferencias de embriones, intentos ilimitados hasta “nacimiento del bebé”, compensación de la donante y la gestante, asesoramiento legal y la firma del contrato con la gestante ante un escribano. Además, cubre el parto del bebé en un hospital privado y la consulta con un pediatra a la salida de la clínica. Si bien no estaban contemplados ni los aéreos, ni la estadía en Buenos Aires, la empresa les ofrece organizar “servicios turísticos para hacer más amena y relajada la estadía” en el país mientras esperan el nacimiento de su hija. Los precios arrancan en los 57.000 euros y pueden llegar hasta los 75.000.

La mayoría de las agencias locales y extranjeras brindan los servicios de asesoramiento legal, la búsqueda de la gestante e incluyen el tratamiento de reproducción asistida con óvulos propios o de donante por debajo de los costos que se encuentran en los países donde la opción de subrogar es legal. Inclusive garantizan que los padres no tengan que viajar hasta el momento del parto e incluyen un servicio para que envíen las muestras de semen para hacer la fertilización. Muchas agencias tienen un convenio previo con alguna clínica de fertilidad de la Ciudad con la que trabajan de forma exclusiva, unas pocas le dan la posibilidad a la pareja a que busque la clínica que más le guste. 

Herrera alertó que “se está empezando a generar un negocio que involucra una posible explotación de las mujeres en situaciones de vulnerabilidad debido al nulo control Estatal”. Mientras que en algunos países, como Uruguay o Brasil, la legislación obliga que la gestante sea familiar directa de alguno de los padres para que se trate de una acción altruista -inclusive aclaran sus leyes que no pueden recibir dinero a cambio-, quienes siguen el tema advierten que la falta de control en Argentina puede generar un comercio de los cuerpos de las gestantes. 

Se está empezando a generar un negocio que involucra una posible explotación de las mujeres en situaciones de vulnerabilidad debido al nulo control Estatal

Marisa Herrera abogada, especialista en Derecho de Familia

“En aquellos casos que pasan por la justicia se evalúa la motivación de la gestante para hacer el procedimiento. Hace poco en Córdoba una jueza rechazó un pedido de autorización judicial por considerar que no estaban dadas las condiciones para hacer el procedimiento porque había una gran asimetría económica, de conocimiento, de herramientas, entre quien se presentaba para gestar y un matrimonio con voluntad procreacional. Puede haber muchos casos similares en la Ciudad que desconocemos porque no pasan por la justicia”, señaló de la Torre.

María (quien prefirió no revelar su verdadero nombre) contó a este medio que el dinero que recibe mensualmente por gestar para Paula y Borja la ayuda a mantener a sus tres hijos que viven en Corrientes con la abuela, pero aseguró que no es el principal motivo por el que lo hace. “Llegué a la clínica por una señora con la que trabajaba. Ella había tenido muchos problemas para tener hijos. Yo trabajaba en su casa y vi cómo sufrió. Cuando me enteré que podía ayudar a alguien más dije ¿por qué no?. Hoy estoy feliz de llevar a la bebé de ellos”, dijo. Sin embargo, aseguró que su familia no sabe que está embarazada: “No le dije a mis nenes porque no va a ser su hermanita. Solo saben que estoy bien y trabajo para una pareja de extranjeros”.

“La discusión más  grande sobre la subrogación de vientre tiene que ver con las condiciones en que la gestante presta el consentimiento. Es importante evaluar si hay una asimetría que está impactando en esa decisión o no. El gran temor es que mujeres pobres terminen gestando para  personas que tienen un mejor poder adquisitivo, por necesidad económica. Por esto es necesario una regulación”, opinó de la torre.

Proyectos legislativos 

En Argentina existe un antecedente normativo de la gestación por sustitución que quedó trunco. La figura fue incluida en el anteproyecto que presentó la comisión redactora del Código Civil y Comercial de la Nación en 2015.  Allí se plantearon los requisitos para llevarla a cabo. Entre éstos estaban: que alguno de los progenitores tuviera una imposibilidad de concebir, que al menos uno de ellos aportará sus gametos (óvulos y/o esperma), que la gestante no aportara su material genético, que ésta hubiera dado a luz a al menos a un hijo propio y que no recibiera retribución a cambio. Planteaba, además, que hubiera un consentimiento previo, informado y libre de todas las partes intervinientes y una autorización judicial previa a la transferencia embrionaria. Sin embargo, por encerrar “dilemas éticos y jurídicos de gran envergadura” que ameritaban “un debate más profundo”, la gestación por sustitución fue descartada del proyecto del Código que se votó en el Congreso.

Después del 2015 se presentaron 19  proyectos de ley en el Congreso que buscaban regular la subrogación de vientres. Hoy solo tres tienen estado parlamentario, que finaliza con el cambio de año. Dos de ellos -uno presentado por la diputada cordobesa del Frente de Todos Gabriela Estévez y otro por la senadora de la misma fuerza, Anabel Fernández Sagasti- siguen el modelo de judicialización y los requisitos planteados en el anteproyecto del Código. Un tercer proyecto, introducido en Diputados por el mendocino de la UCR, Julio Cobos, tiene como novedad la propuesta de la confección de un “Registro Nacional de Gestantes por Sustitución”. 

Herrera -que participó en la redacción de los proyectos de las legisladoras oficialistas- se mostró disconforme con la iniciativa de Cobos porque “se basa un acuerdo entre privados que depende de la oferta y la demanda” y alertó que realizar un registro puede transformarse en “un sistema de reclutamiento de mujeres gestantes”.

Todos los proyectos exigen que las personas solicitantes tengan al menos cinco años de residencia en el país, para evitar el arribo de extranjeros que tengan como único  fin la gestación por sustitución.

En caso de que los proyectos se presenten nuevamente el año que viene, un cambio de gobierno y la nueva composición del Congreso, en que los libertarios amplían la cantidad de representantes, podría dificultar su debate. Herrera explicó: “Si bien las votaciones de estos temas de familia tienen que ver con el perfil de cada senador y cada diputado, que haya un gobierno que apoye el debate siempre ayuda. Por lo general estos siempre se dan en el marco de un gobierno progresista”. 

LG/MG

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