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Ante Rafecas

Atentado a la AMIA: la Fiscalía pidió que se juzgue en ausencia a los iraníes acusados y con pedido de captura internacional

El atentado a la AMIA ocurrió el 18 de julio de 1994, cuando un coche bomba explotó frente a la sede de la institución.

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El fiscal a cargo de la investigación del atentado a la AMIA, Sebastián Basso, pidió que se juzgue en ausencia a diez ciudadanos iraníes con pedido de captura internacional y rebeldes de la Justicia argentina.

Lo hizo en un dictamen entregado al juez federal Daniel Rafecas, quien subroga el Juzgado Federal 6 donde tramita la causa, informaron fuentes judiciales.

Basso requirió el juzgamiento de Alí Fallahijan, Alí Akbar Velayati, Mohsen Rezai, Ahmad Vahidi, Hadi Soleimanpour, Mohsen Rabbani, Ahmad Reza Asghari, Salman Raouf Salman, Abdallah Salman y Hussein Mounir Mouzannar.

En todos los casos, nunca se presentaron ante las autoridades judiciales argentinas.

El dictamen fiscal se sumó a una presentación en ese mismo sentido hecha el mes pasado por familiares de las víctimas del atentado terrorista del 18 de julio de 1994 que causó 85 muertes, lesiones gravísimas, graves y leves en perjuicio de al menos 151 víctimas y numerosos daños materiales, en la sede de la mutual judía de Pasteur 633 del barrio porteño de Once.

El pedido se basa en la reciente sanción de la ley 27784 de juicio en ausencia. La fiscalía entiende que puede aplicarse al caso porque el atentado contra la sede de la AMIA ha sido declarado en reiteradas instancias judiciales como un crimen de lesa humanidad. Todos esos imputados fueron declarados rebeldes y tienen conocimiento de la existencia del proceso en su contra, pero nunca se han presentado ni acatado los requerimientos de las autoridades judiciales argentinas. Respecto de ellos se han solicitado capturas internacionales y sus correspondientes extradiciones a fin de lograr su comparecencia en el país, sin que hasta el momento se hayan obtenido resultados positivos. Por lo cual, se cumplen los requisitos para la aplicación de esta herramienta procesal en el caso, explican desde Fiscales.gob.ar.

El pedido de Basso es en línea con los dictámenes emitidos por la UFI AMIA el 25 de octubre de 2006 y el 20 de mayo de 2009, oportunidades en las que la UFI AMIA había argumentado que el atentado fue ejecutado por la división armada y clandestina de la organización de origen libanés Hezbollah, con autorización, directivas y financiamiento de quienes por entonces se encontraban a cargo del gobierno de la República Islámica de Irán y de la representación diplomática de ese país en la Argentina.

En el escrito, el fiscal Basso marcó que el nuevo procedimiento especial de juicio en ausencia —previsto en el artículo 431 ter, inciso a, del Código Procesal Penal de la Nación, incorporado por Ley 27.784— puede ser aplicado en la causa, ya que el atentado contra la sede de la AMIA ha sido declarado en reiteradas instancias judiciales como un crimen de lesa humanidad y, como tal, susceptible de ser encuadrado bajo el artículo 7° del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, aprobado por ley 25.390 e implementado por ley 26.200, uno de los supuestos previstos para la aplicación del nuevo instituto.

Con información de NA.

IG

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