Economía del conocimiento: Se conoció el listado de actividades que recibirán beneficios impositivos
El Ministerio de Desarrollo Productivo anunció las actividades beneficiadas por la ley de Economía del Conocimiento, aprobada en 2019 y reglamentada el 22 de diciembre pasado. Por medio de la Resolución 4/2021, publicada en el Boletín Oficial, estableció que serán el desarrollo de software y servicios informáticos y digitales, la producción y posproducción audiovisual, la biotecnología, los servicios geológicos y relacionados con la energía y comunicaciones, la prestación de servicios profesionales de exportación, la nanotecnología y la nanociencia, la industria satelital y aeroespacial y la ingeniería para la industria nuclear.
La resolución estipuló, además, que las zonas que tendrán un beneficio adicional de 10% sobre las contribuciones patronales son las provincias de San Juan, Tucumán, Catamarca, La Rioja, Entre Ríos, Jujuy, Corrientes, Salta, Misiones, Chaco, Santiago del Estero y Formosa.
Las tres categorías del concepto de Investigación y Desarrollo (I+D) serán: Investigación básica (generar un nuevo conocimiento principalmente abstracto sin una finalidad previa), Investigación aplicada (generar un nuevo conocimiento, producto, servicio u obra intelectual con una finalidad previa o destino) e Investigación experimental (fabricación o puesta a punto de un prototipo o piloto, modelo original de un conocimiento, producto o servicio u obra intelectual que incluye todas las características).
Con información de agencias
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