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Escalas

Oficializan el aumento para el personal doméstico en julio y agosto: cómo queda el nuevo salario

Nuevos aumentos de salario para el trabajo doméstico.

elDiarioAR

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La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CTCP) oficializó el incremento del 13% en promedio para el personal doméstico, correspondiente a julio y agosto, luego de tres semanas de que se haya acordado la suba.

La actualización salarial para las remuneraciones horarias y mensuales mínimas del personal que realiza tareas domésticas fijada para los meses de julio y agosto fue homologada este martes mediante la Resolución 1/2024, publicada en el Boletín Oficial.

El aumento se repartirá en dos tramos, por lo que los sueldos del personal doméstico tendrán una suba del 8,5% en julio y del 4% en agosto. Los que cobran de manera mensual, percibirán la recomposición salarial de julio sobre la base de los haberes pagados en mayo y la de agosto respecto a los sueldos abonados en julio.

Además, el texto oficial estipula que la suba acordada incluye una cláusula de revisión el 18 de septiembre de 2024. De esta manera, las representaciones sectoriales de trabajadores, empleadores y de los Ministerios y Secretarías integrantes de la CTCP se volverán a juntar el próximo mes para evaluar una nueva actualización.

El último incremento había sido acordado en mayo, cuando se definió un aumento paritario del 18% dividido también en dos tramos: 11% en abril y 7% en mayo. En el caso de los trabajadores que cobran por mes, el último ajuste lo recibieron a principios de junio.

Cómo quedan los salarios con la suba del 8,5% en julio

  • Supervisores con retiro: $3.038 la hora y $379.070 el mes trabajado.
  • Supervisores sin retiro: $3.328 la hora y $422.242 el mes.
  • Personal para tareas específicas con retiro: $2.876 la hora y $352.177 el mes.
  • Personal para tareas específicas sin retiro: $3.154 la hora y $392.034 el mes.
  • Caseros: $2.717 la hora y $343.606 el mes.
  • Asistencia y cuidado de personas con retiro: $2.717 la hora y $343.606 el mes.
  • Asistencia y cuidado de personas sin retiro: $3.038 la hora y $382.912 el mes.
  • Personal para tareas generales con retiro: $2.519 la hora y $309.001 el mes.
  • Personal para tareas generales sin retiro: $2.717 la hora y $343.606 el mes.

  Cómo quedan los salarios con la suba del 4% en agosto

  •   Supervisores con retiro: $3.160 la hora y $394.233 el mes trabajado.
  • Supervisores sin retiro: $3.461 la hora y $439.131 el mes.
  • Personal para tareas específicas con retiro: $2.992 la hora y $366.265 el mes.
  • Personal para tareas específicas sin retiro: $3.280 la hora y $407.715 el mes.
  • Caseros: $2.826 la hora y $357.350 el mes.
  • Asistencia y cuidado de personas con retiro: $2.826 la hora y $357.350 el mes.
  • Asistencia y cuidado de personas sin retiro: $3.160 la hora y $398.229 el mes.
  • Personal para tareas generales con retiro: $2.620 la hora y $321.361 el mes.
  • Personal para tareas generales sin retiro: $2.826 la hora y $357.350 el mes.

Comisión Nacional de Trabaj...

¿Cómo y dónde te pagan la remuneración?

En días hábiles, en tu lugar de trabajo y durante las horas que prestás servicios.

  • Si cobrás por mes, dentro de los cuatro primeros días hábiles del mes siguiente.
  • Si cobrás por día o por horas, al finalizar cada jornada o cada semana, según lo convenido.

¿Cómo calculás tu salario?

A continuación te presentamos el criterio para calcular tu remuneración si trabajás en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).

Si trabajás fuera de la CABA, consultá la remuneración que te corresponde a la autoridad administrativa de trabajo de la provincia.

  • Los valores de las remuneraciones mensuales reguladas corresponden a una jornada de trabajo de 48 horas semanales.
  • Si trabajás menos de 24 horas semanales, debés tener en cuenta el valor hora de la categoría que te corresponde y multiplicarlo por la cantidad de horas que trabajás.
  • Si trabajás más de 24 y menos de 48 horas semanales, tenés que hacer una regla de tres con el valor mensual de la escala.

Antigüedad

Las empleadoras y los empleadores deberán abonar un adicional del 1% por año sobre los salarios mensuales para el personal doméstico. Esta liquidación es generalizada y abarca a todas las relaciones laborales vigentes. El concepto estará incluido como un nuevo ítem en los recibos de sueldo para facilitar su identificación.

Se deberá calcular el 1% por cada año trabajado y consignarlo en el ítem “Antigüedad”. El sistema emitirá el recibo final con todos los conceptos declarados.

A los fines del cálculo, se deberá considerar la antigüedad desde el 1° de septiembre de 2020 y se calculará sin efecto retroactivo.

Con información de agencias.

IG

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