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Juicio oral
Después de siete años

Condenaron a 9 años de prisión al conductor de la lancha que mató al hijo de Federico Storani

El dirigente radical Federico Storani, padre de la víctima, se mostró conmovido tras la decision judicial. Lo abraza su hija Luisina, hermana del joven fallecido.

elDiarioAR

17 de noviembre de 2023 15:49 h

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El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) Nº 1 de San Isidro condenó hoy a 9 años de prisión a Pablo Torres Lacal por el delito de “homicidio simple con dolo eventual” a raíz de la muerte de Manuel Storani, hijo del dirigente radical Federico Storani, y otras dos personas más en un choque de lanchas ocurrido hace siete años en el delta del partido bonaerense de Tigre.

Según informaron los magistrados en su veredicto condenatorio, el imputado no quedará detenido hoy sino que permanecerá en libertad hasta que quede firme el fallo en el Tribunal de Casación de la Provincia de Buenos Aires.

La decisión del Tribunal se sustentó a partir de que las pruebas recogidas mostraron que “la conducta asumida por Torres Lacal traspasara el ámbito de la imprudencia, para convertirse en un hecho doloso”, sostuvo el fallo.

Los magistrados tomaron en consideración que el imputado conducía una lancha deportiva en horas de la noche y en un río que por sus características topográficas y geográficas presentaba escasa o casi nula visibilidad, a la vez que lo hacía a excesiva velocidad y sin respetar la debida vigilancia y la velocidad de seguridad que exige el Reglamento Internacional para Prevenir Abordajes.

En la colisión con la embarcación MAD II se produjo la muerte de María de los Ángeles Bruzzone, Manuel Storani y Francisco Javier Gotti.

Desde el mediodía, amigos y familiares de Manuel empapelaron la entrada del tribunal a la espera de la sentencia con fotos de las víctimas y carteles que decían “Más de 7 años esperando Justicia x Ángeles y Manu”.

Los jueces concluyeron que Torres Lacal, de 55 años, “administró un riesgo sumamente amplio con su accionar, en plena conciencia y conocimiento de sus actos, y habiendo sido advertido, momentos antes, de un posible desenlace como el que finalmente ocurrió, por un empleado de la estación de servicio donde previamente el acusado había concurrido a cargar combustible a altísima velocidad”.

Para finalizar su fallo, los magistrados trajeron a colación la cita del prestigioso doctrinario Rolf Herzberg para justificar su decisión: “Respecto del dolo, no se trata de que el autor haya tomado en serio un peligro que ha reconocido, sino de que haya reconocido un peligro que debe ser tomado en serio”, explicaron los jueces Alberto Ortolani, Sebastián Hipólito Urquijo y Gonzalo Aquino en la resolución.

El proceso de juicio oral comenzó el 2 de octubre pasado, siete años y medio después del hecho. En la audiencia de los alegatos, realizada el 9 de octubre, el fiscal Diego Callegari había pedido una pena de 12 años de prisión de cumplimiento efectivo por el “triple homicidio simple con dolo eventual”, mientras que la defensa -compuesta por los abogados Maximiliano Rusconi y Gabriel Palmieri- había solicitado la absolución del imputado al considerar que “no hay una sola prueba directa”.

El hecho por el que se juzgó a Torres Lacal ocurrió el 31 de marzo de 2016 cuando Manuel Storani, de 14 años, viajaba junto a su madre y otras cuatro personas en una lancha que -cerca de las 23- fue violentamente embestida por otra embarcación conducida por el imputado “que venía a velocidad máxima y haciendo zigzag”, según testigos.

Como consecuencia del choque en el Canal Vinculación, a unos 200 metros de la intersección con el Río Luján, murieron Francisco Javier Gotti, quien viajaba en la lancha conducida por Torres Lacal; Bruzzone mientras era trasladada al centro de salud de la zona, y Manuel, cuyo cuerpo fue encontrado en el Río Luján tres días después.

MM con información de Agencia Télam

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